El contribuyente argentino enfrenta un enemigo invisible en los últimos años: no se trata del funcionario público que revisa su declaración jurada con lupa de desconfianza, sino de matrices de riesgo que operan en silencio, en servidores que nadie le permite inspeccionar. Mientras el país debatía durante años cómo garantizar la presunción de inocencia en materia fiscal —un principio que parecía obvio pero nunca estuvo explícitamente protegido—, la tecnología avanzaba para crear nuevas formas de sospecha: sistemas de scoring automático, algoritmos que disparan investigaciones sin que el ciudadano comprenda por qué fue seleccionado. Esta semana, un documento de alcance global llegó para recordarle a la Argentina que el problema no es local ni marginal: es la encrucijada del siglo XXI. La encíclica Magnifica humanitas del Papa León XIV dedicada por primera vez a los riesgos de la inteligencia artificial menciona, casi de paso, la tributación. Que lo haga importa porque coloca el debate fiscal argentino en una perspectiva de dignidad humana que trasciende los expedientes de la AFIP.

El principio que tardó demasiado en llegar

Hace menos de un año, Argentina sancionó la ley 27.799, bautizada popularmente como la ley de "inocencia fiscal". El Poder Ejecutivo la fundamentó cuando la presentó ante el Congreso con un mensaje que parecía revolucionario: el contribuyente ya no sería tratado como un presunto evasor, sino como un ciudadano que actúa de buena fe hasta que se demuestre lo contrario. Por supuesto, esto no debería haber sido una novedad en 2025. Cualquier régimen que se precie de democrático presume la inocencia de sus ciudadanos. Pero en la Argentina tributaria, esa presunción estaba ausente. La Administración Federal de Ingresos Públicos operaba desde una lógica defensiva: cada contribuyente era un potencial incumplidor que debía probarse a sí mismo. La nueva normativa cambió formalmente los términos del juego: la denuncia penal tributaria no puede fundarse exclusivamente en presunciones ni en meras diferencias de criterio interpretativo. Es decir, para que exista delito fiscal debe haber un acto comprobado, no una suposición del funcionario sobre lo que pudo haber pretendido el ciudadano.

La Corte Suprema de Justicia reforzó esa tendencia hace apenas unas semanas. En el fallo "Courel" del 1 de julio de 2025, aunque la mayoría resolvió por cuestiones procedimentales, la disidencia de dos de los tres ministros —Rosenkrantz y Lorenzetti— fue contundente: una sentencia penal firme genera cosa juzgada sobre los hechos materiales y no puede ser ignorada por el fisco. Traducido al lenguaje cotidiano: si un tribunal penal absuelve a un contribuyente por delito fiscal, la administración tributaria no puede simultáneamente perseguirlo por la misma conducta en la vía administrativa, basándose en una interpretación diferente. Se trata de evitar el escándalo jurídico de sentencias contradictorias, donde el mismo acto es considerado legal en un fuero e ilegal en otro. El beneficio no es solo del contribuyente, sino también de la propia Administración, que gana legitimidad cuando respeta los fallos de los tribunales.

La nueva amenaza: cuando el algoritmo presume

Pero mientras Argentina celebraba estos avances en garantías procesales, una transformación silenciosa estaba en marcha. La inteligencia artificial, presentada como la solución para modernizar la administración tributaria, traía consigo un problema inesperado: la automatización de la sospecha. El fisco argentino no solo se vale de criterios de funcionarios cuando decide a quién fiscalizar. Desde hace años opera con matrices de riesgo construidas sobre bases de datos que alimentan algoritmos, sistemas de puntuación automática de contribuyentes, protocolos de auditoría disparados por máquinas. El ciudadano no sabe cuáles son los criterios que lo hicieron caer en la red de inspección. No puede acceder a los datos que alimentan esa máquina. No puede rebatir la lógica de un algoritmo porque, en la mayoría de los casos, ni siquiera sabe exactamente qué algoritmo lo seleccionó.

Es aquí donde la encíclica pontificia, emanada de Roma pero resonando en Buenos Aires, toca el nervio expuesto. León XIV no es un especialista en tributación argentina. Sin embargo, en su reflexión sobre cómo debe gobernarse la inteligencia artificial en sociedades democráticas, señala algo que los abogados tributarios locales vienen gritando desde hace tiempo sin ser escuchados: confiar a un algoritmo el poder de definir quién es digno de confianza y quién no, sin que alguien asuma responsabilidad por esa decisión, crea una forma nueva de arbitrariedad. Es peor que el capricho de un funcionario, porque al menos el funcionario puede ser cuestionado, demandado, juzgado. El algoritmo viste su decisión de objetividad científica. Dice: "Los datos hablan". Y ante esa pretendida neutralidad, es casi imposible protestar. El contribuyente puede argumentar que la norma es injusta, que su interpretación es errónea. Pero ¿cómo cuestiona la lógica matemática de una máquina que no explica sus pasos?

El Papa propone en el parágrafo 162 de su encíclica que los sistemas fiscales alivien la carga sobre los más débiles y demanden más a quienes poseen mayores recursos. No es una propuesta de redistribución revolucionaria, sino un recordatorio de un principio tributario clásico: la progresividad del impuesto según capacidad contributiva. Pero advierte también que las decisiones sobre acceso al crédito, empleo, servicios públicos y reputación no pueden ser confiadas enteramente a sistemas automatizados sin supervisión humana. En el contexto argentino, esto se traduce en una verdad incómoda: una administración tributaria que dependa de algoritmos opacos para seleccionar a quién fiscalizar está, sin proponérselo, creando un régimen de discriminación sistemática que escapa al control democrático.

Las garantías que la Constitución ya prescribía

Lo que sorprende, y a la vez tranquiliza, es que todo lo que la encíclica reclama en materia de transparencia algorítmica, acceso equitativo a datos y mecanismos de apelación ya debería estar garantizado por la Constitución Nacional Argentina. El artículo 18 de la Carta Magna protege el debido proceso adjetivo, la tutela judicial efectiva, el derecho a una decisión motivada que sea susceptible de impugnación. Estos no son principios nuevos ni fruto del ingenio papal. Son los pilares sobre los que se construyó el Estado de derecho hace más de un siglo y medio. Lo novedoso es que la tecnología los está erosionando sin que muchos se den cuenta. Un algoritmo que no revela sus criterios viola el derecho a obtener una decisión motivada. Un sistema de scoring que no puede ser cuestionado viola el derecho de defensa. Una fiscalización automática que selecciona contribuyentes sin transparencia viola la garantía de debido proceso.

La cuestión de fondo que plantea la encíclica, usando palabras que Van podría haber extraído de nuestros propios debates constitucionales, es que la dignidad de la persona no depende de lo que produce o genera, ni puede reducirse a un perfil estadístico. El contribuyente no es un dato más en una base de información que debe optimizarse. Es un ciudadano que merece ser tratado como tal. Esto no significa que la administración tributaria deba ser ingenua o ineficiente. Significa que cuando existe poder punitivo del Estado —y el poder tributario es definitivamente punitivo cuando implica sanciones, multas, embargos— la última palabra debe estar en manos de una persona responsable, no de una caja negra. Esa es la "reserva de humanidad" que León XIV reclama y que la Constitución argentina ya ordena.

Tres poderes en busca de un rumbo común

Lo interesante es que los tres poderes de la República Argentina parecen estar alineándose, aunque de modo errático, en la dirección correcta. El Poder Ejecutivo presentó un proyecto legislativo que reconoce la presunción de inocencia fiscal. El Poder Legislativo lo convirtió en ley. La Corte Suprema, aunque con matices y disidencias, ha señalado que las sentencias contradictorias entre fueros diferentes no pueden coexistir. Ahora falta el paso más importante: el diseño efectivo de una administración tributaria que use la tecnología sin que la tecnología use al contribuyente.

La administración tributaria argentina, inevitablemente, será cada vez más algorítmica. No tiene sentido resistir a ello ni pretender que los sistemas tributarios del futuro operarán con criterios decimonónicos. La pregunta real es de diseño institucional: ¿Se construirá sobre la base de la sospecha permanente, sofisticada por máquinas, o sobre la presunción de buena fe, verificada por procedimientos transparentes? La ley de Bases 27.742 sancionada hace poco reivindicó la "confianza legítima" en la Administración como un principio central. Una administración tributaria que opera mediante algoritmos opacos destruye esa confianza. Una que opera con transparencia, responsabilidad y derecho legítimo a cuestionar sus pretensiones, la fortalece. Los datos pueden ayudar a medir con más precisión la capacidad contributiva real de cada ciudadano. Pero solo si esos datos se manejan dentro de las garantías que la Constitución ya prescribía hace 138 años.

Perspectivas abiertas: qué viene después

El futuro de la tributación en Argentina dependerá de cómo resuelva esta tensión. Por un lado, existen ventajas genuinas en los sistemas automatizados: pueden ser más rápidos, menos propensos a favoritismos personales, más consistentes en la aplicación de normas. Una máquina no se cansa, no tiene preferencias políticas, no acepta coimas. Por otro lado, si se implementan sin regulación adecuada, pueden perpetuar sesgos estadísticos, discriminar a grupos específicos de contribuyentes, crear patrones de fiscalización que parecen neutrales pero que en realidad expresan prejuicios codificados. Algunos considerarán que el énfasis en transparencia algorítmica ralentiza la administración y reduce su eficiencia. Otros argumentarán que sin esas garantías, la eficiencia es solo opresión bien organizada. Lo cierto es que el debate ya está abierto, legitimado ahora por una encíclica papal que le da gravedad institucional, y los tres poderes argentinos tendrán que definir si avanzan hacia un modelo de tributación del siglo XXI que respeta derechos fundamentales o si permiten que la tecnología reemplace garantías que costó siglos conquistar.