La estrategia defensiva en torno al caso de la criptomoneda $LIBRA acaba de tomar un giro radical. Mauricio Novelli, el lobista cuyo nombre aparece vinculado a los orígenes del proyecto, presentó ante la Justicia un documento de envergadura considerable mediante el cual busca que se expulse del expediente criminal a los cinco inversores que actúan como querellantes. El argumento central de su postura es contundente: sostiene que transcurridos más de quince meses de investigación, no existe evidencia alguna de que se haya cometido una estafa, ni que estas personas hayan sido engañadas o víctimas de fraude alguno. De lograrse este objetivo, la pesquisa perdería impulso significativo, ya que los querellantes funcionan actualmente como actores clave en la definición de su rumbo.
A través de un escrito de 46 páginas firmado por su abogado Daniel Rubinovich, Novelli caracteriza lo sucedido como una situación donde se intenta convertir retroactivamente "una pérdida especulativa en una maniobra defraudatoria". Su posición sostiene que la investigación jamás logró identificar "una sola afirmación objetivamente falsa" que pudiera atribuírsele a él, a Hayden Davis, a Manuel Terrones Godoyo ni al presidente Javier Milei, entre otros investigados. Este planteo constituye lo que se denomina técnicamente una "excepción de falta de acción": un mecanismo procesal que busca demostrar que los hechos investigados no configuran delito alguno desde el punto de vista legal.
El rol de Milei en el lanzamiento: ¿política o fraude?
Un apartado sustancial de la presentación se dedica a deslindar responsabilidades respecto del presidente Javier Milei. La defensa enfatiza que cuando Milei publicó un mensaje junto con el código alfanumérico necesario para adquirir la "memecoin" en su cuenta de la red X, tal acción revistió un carácter esencialmente político y no constituyó recomendación de inversión alguna ni incluyó promesa de rentabilidad. Según la argumentación de Rubinovich, existe una distinción fundamental entre que una publicación genere "atención pública o impacto político" y que constituya efectivamente "una maniobra engañosa jurídicamente apta para provocar una disposición patrimonial". La defensa subraya que los querellantes nunca explicaron qué representación patrimonial falsa habría generado en ellos aquella publicación ni de qué modo habría determinado su comportamiento posterior. Esta línea argumentativa busca demostrar que la confusión entre ambos planos —el político y el penal— constituye un error metodológico fundamental en la construcción de la acusación.
Los números del colapso: quién ganó y quién perdió
Los hechos detrás de la investigación son inequívocos en términos de movimiento de capital. Aproximadamente 74.000 personas compraron la moneda digital. Nueve cuentas identificadas como fundadoras retiraron en conjunto cerca de 286 millones de dólares. Aquellos que lograron vender en el momento oportuno se llevaron alrededor de 100 millones de dólares. El resto —la inmensa mayoría— vio cómo su inversión se desvanecía. La hipótesis que la Fiscalía persigue es que se trató de lo que en la jerga cripto se conoce como "rug pull": un esquema donde se infla artificialmente el precio de un token para luego provocar su derrumbe, generando ganancias masivas para los desarrolladores y pérdidas totales para los compradores tardíos. Sin embargo, Novelli rechaza frontalmente esta caracterización y sostiene que el proyecto nunca fue abandonado sino que continuó operativo, que existieron iniciativas posteriores vinculadas al token, incluyendo la creación de un fideicomiso para canalizar fondos, y que sus impulsores son personas identificables y no anónimas.
La defensa argumenta además que una caída abrupta en la cotización de un activo no transforma por sí sola una inversión fallida en un delito penal. Según esta óptica, tales fluctuaciones drásticas son consustanciales a mercados caracterizados por especulación extrema. El razonamiento que subyace a este planteo es que los que ingresan a estos espacios financieros lo hacen asumiendo riesgos que la ley reconoce como inherentes a la actividad, no como víctimas de engaño previo. Novelli resalta que todos los querellantes eran operadores con experiencia en criptomonedas: Alan Vega realizó seis operaciones diferentes; Juan Marchetto invirtió cerca de 950 dólares mediante plataformas especializadas; Braian Quintero afirmó tener conocimientos sobre criptoacivos desde 2016; y Matías Paris operaba habitualmente en secciones de alta volatilidad. Este nivel de sofisticación, según la defensa, vuelve menos creíble la hipótesis de que hayan sido víctimas de inducción al error.
El desplazamiento estratégico de los cargos
Un aspecto que la defensa subraya con particular énfasis es que varios querellantes han modificado sus acusaciones originales. Marchetto, por ejemplo, pidió en marzo que se citara a indagatoria exclusivamente bajo la figura de delitos vinculados a negociaciones incompatibles, es decir, conductas relacionadas con el funcionamiento de la administración pública. Este desplazamiento resulta significativo porque la ley procesal penal exige que los querellantes sean "particulares ofendidos" por el delito que impulsan. Si la pesquisa deviene en investigación de corrupción administrativa, entonces ya no existe víctima patrimonial directa en los términos que la ley requiere. Novelli argumenta que este cambio de enfoque elimina precisamente el presupuesto que originariamente justificaba la intervención de estos inversores como damnificados. Martín Romeo, quien se presentó como vocero de más de 200 inversores ante la comisión investigadora de la Cámara de Diputados, es uno de los cinco querellantes cuya exclusión se solicita.
La historia procesal de este caso presenta ironías considerables. Fue el propio Novelli quien hace más de un año pidió que los inversores no fueran aceptados como querellantes. Ese planteo fue rechazado en tres oportunidades: por el tribunal de primera instancia, por la cámara de apelaciones y finalmente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dejando firme la participación de Romeo, Marchetto y otros en calidad de querellantes. Esto significa que tienen acceso irrestricto al expediente, pueden solicitar que se practiquen pruebas específicas, pueden pedir la indagatoria de investigados y tienen capacidad para cuestionar el desempeño del fiscal federal Eduardo Taiano, quien encabeza la pesquisa. Ahora, Novelli argumenta que la aceptación inicial de la Cámara Federal en esa etapa temprana "jamás implicó una validación definitiva" y que, tras más de quince meses de investigación, la hipótesis de estafa no encontró sustento probatorio.
La estructura argumentativa de la defensa se sostiene sobre una conceptualización específica de qué es una "memecoin" y qué régimen legal le corresponde. Novelli enfatiza que $LIBRA es un activo no regulado, descentralizado y de extrema volatilidad. En consecuencia, según esta lectura, no rigen los principios de protección propios de los mercados financieros tradicionales donde existe confianza institucional, sino el de "autorresponsabilidad" de quien decide ingresar a espacios de riesgo exponencial. Desde esta perspectiva, los elementos típicos de la estafa penal —engaño, error, disposición patrimonial y perjuicio causalmente vinculados— nunca se configuraron. La defensa sostiene que en todo el expediente no aparece ninguno de estos requisitos básicos que la ley exige para establecer responsabilidad penal por fraude.
Las consecuencias de una eventual exclusión
Si el juez federal a cargo de la investigación, Marcelo Martínez de Giorgi, acoge el planteo de Novelli, el panorama de la causa experimentaría transformaciones sustanciales. Los inversores perderían inmediatamente su estatus de querellantes y, con ello, desaparecerían su capacidad de proponer medidas de prueba, de insistir en citaciones a indagatoria, de incidir en el curso de la pesquisa y de cuestionar las decisiones del fiscal. Este resultado implicaría que la investigación pasaría a depender únicamente de la iniciativa del Ministerio Público. El juez Martínez de Giorgi deberá correr traslado al fiscal Taiano para que se expida sobre el planteo antes de resolverlo. Las perspectivas sobre esta cuestión son dispares. Algunos consideran que la exclusión de los querellantes debilitaría una investigación que ya enfrenta desafíos conceptuales sobre qué significa fraude en el contexto de activos no regulados. Otros argumentan que la presencia de querellantes puede influir indebidamente en una investigación que debería estar guiada únicamente por criterios de legalidad penal. Lo cierto es que las decisiones que adopte la Justicia sobre quién puede participar activamente en esta causa y bajo qué estatus determinarán en buena medida qué tipo de delito se investigará finalmente y cuál será el alcance de la responsabilidad penal que pueda establecerse.



