La trama judicial que envolvió a la familia del ministro de Economía durante años encontró un punto final institucional esta semana, cuando un magistrado federal resolvió archivar las acusaciones sin que mediara sentencia condenatoria. El sobreseimiento de Flavio, Hugo y Rosana Caputo —propietarios de la empresa Caputo Hermanos— marca el cierre de una investigación que atravesó los debates políticos argentinos desde el 2022, alimentada por la hipótesis de que recursos familiares habían financiado de manera encubierta a Revolución Federal, la agrupación procesada por incitar a la violencia colectiva. Lo que cambia con esta resolución no es solo el destino procesal de tres ciudadanos, sino también la manera en que se cierra un capítulo de confrontación entre sectores políticos que utilizaron el aparato judicial como escenario de disputa.
El trasfondo de la investigación
Durante aproximadamente dos años, fiscales y querellantes trabajaron sobre una hipótesis ambiciosa: que los Caputo habían disimulado transferencias de dinero hacia Revolución Federal mediante contratos comerciales ficticios. El punto de partida fue la relación previa entre Rosana Caputo y Gastón Morel, referente del grupo de activistas antikirchneristas. Los investigadores sospechaban que trabajos supuestamente realizados por este individuo —específicamente tareas en la construcción del edificio Espacio Añelo y la fabricación de muebles— funcionaban como cobertura para canalizar fondos hacia actividades políticas. Esta línea de investigación se entrelazó con el atentado contra Cristina Fernández de Kirchner ocurrido en 2022, generando una narrativa que buscaba conectar múltiples puntos: el grupo de presión, sus financiadores, y el acto violento que impactó la agenda nacional.
El kirchnerismo sostuvo que dos participantes de Revolución Federal, Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, habían concurrido a marchas organizadas por la agrupación apenas catorce días antes del tiroteo contra la expresidenta. Además, se registró la presencia de dos miembros del grupo —Gastón Guerra y Sosa— en el departamento de Ximena de Tezanos Pinto, vecina de Kirchner en Recoleta, tres o cuatro jornadas previa al incidente. Sin embargo, la autoridad judicial mantendría ambas líneas de investigación por caminos separados, sin que la una probara la otra.
Las evidencias que decantaron el fallo
El juez Marcelo Martínez de Giorgi fundamentó su resolución sobre una base documental exhaustiva. Remitos, facturas, transferencias bancarias, informes de la AFIP y de entidades crediticias comprobaron que la obra del edificio Espacio Añelo se ejecutó materialmente, que los muebles se fabricaron según especificaciones, se entregaron y se instalaron en el sitio. No se trató de documentación apócrifa, sino de registros que establecían un ciclo comercial coherente: búsqueda de proveedores, elaboración de presupuestos, confección de facturas y efectuización de pagos. Para un investigador escéptico, ese flujo podría parecer demasiado pulido; para un magistrado evaluando indicios, representaba la materialidad de una transacción económica genuina.
El análisis de precios fungió también como elemento decisivo. El Cuerpo de Peritos Contadores no identificó sobrecostos relevantes en lo que Caputo Hermanos pagó a Morel. La dificultad técnica radicaba en que los artículos facturados eran productos confeccionados a medida, parámetro incomparable con precios de mercado para artículos estandarizados. Esa brecha metodológica —la imposibilidad de equiparar lo particular con lo masivo— disolvió la tesis de que los valores facturados ocultaban un sobreprecio diseñado para transferir recursos adicionales. Desde la óptica pericial, el precio pagado guardaba coherencia con la naturaleza de los trabajos contratados.
Un aspecto temporal también pesó: la relación entre Rosana Caputo y Morel precedía la fundación formal de Revolución Federal en mayo de 2022. Si el vínculo comercial surgió antes de que la agrupación existiera institucionalmente, la hipótesis de que la familia utilizaba pagos para financiar activismo político perdía sustento cronológico. ¿Cómo financiar algo que aún no existía? El magistrado consideró esta inconsecuencia como un debilitamiento significativo de la acusación. Adicionalmente, no emergieron evidencias de que los Caputo conocieran la militancia política de Morel al instante de contratarlo, ni de que los desembolsos estuvieran subordinados a su participación en actos de presión contra el kirchnerismo.
La recalificación del grupo y sus implicancias
Un giro procesal menor pero relevante ocurrió en la cámara revisora: Revolución Federal fue reclasificada bajo el artículo 212 del Código Penal —incitación a la violencia colectiva— en lugar del 213 bis, que tipifica asociación ilícita. Esta mutación legal no era cosmética. La asociación ilícita exige pruebas de una estructura organizada, con jerarquía, roles definidos y un proyecto criminal articulado. La incitación a la violencia, en cambio, penaliza el acto de instigar conductas violentas sin necesariamente requerir esa sofisticación organizacional. Al bajar la categoría delictiva, se simplificaba lo que habría sido necesario probar para demostrar un financiamiento deliberado de una organización. Si el grupo ni siquiera llegaba a la definición de asociación ilícita, ¿qué sentido tenía sostener que tres hermanos burgaleses lo estaban financiando operativamente?
El fiscal Gerardo Pollicita había solicitado llevar a juicio oral a cinco integrantes de Revolución Federal, incluyendo a Morel y Leonardo Sosa, por sus amenazas y actos violentos documentados. Las penas que enfrentan oscilan entre tres y ocho años de encarcelamiento. Sin embargo, la causa contra los Caputo no avanzó a ese estadio, quedando trunca en la fase investigativa mediante un sobreseimiento por inexistencia del hecho.
Las reacciones y la lectura política del fallo
Apenas conocido el resultado, el ministro de Economía utilizó sus canales de comunicación directa para expresar su posición. Caracterizó la investigación como una "persecución ridícula", cuantificando los recursos públicos invertidos en ella: dinero de contribuyentes canalizado a través del Archivo General de la República, la Inspección General de Justicia, y fuerzas de seguridad. Su crítica no se limitó al poder judicial, sino que se extendió hacia sectores mediáticos, a los que acusó de complicidad en la construcción de una narrativa perjudicial. Apuntó también hacia la oposición actual, caracterizando su estrategia como el uso del aparato estatal para "hacer daño" con fines de obtención de rédito político. Según su lectura, cuando la coalición opositora accedía a facultades ejecutivas, transformaba instituciones en herramientas de venganza contra adversarios.
Difundió asimismo los argumentos centrales del fallo, permitiendo que la ciudadanía accediera directamente a la fundamentación judicial sin mediaciones. Este gesto —compartir el documento íntegro— respondía a una estrategia de transparencia o de control narrativo, según se interprete. Lo cierto es que la resolución judicial brindaba municiones para una lectura que presentaba la investigación como una operación fallida de sectores derrotados en comicios, empecinados en utilizar juzgados para revisar resultados electorales.
Interrogantes y perspectivas abiertas
La conclusión del caso deja en suspenso varias interrogantes que trascienden el plano estrictamente legal. ¿Fueron los pagos genuinamente comerciales o existió una sofisticación en su arquitectura que las pericias no alcanzaron a detectar? ¿La recalificación de Revolución Federal respondió a limitaciones probatorias o a una evaluación jurídica correcta de su estructura? ¿El sobreseimiento representa justicia o la consecuencia inevitable de una investigación basada en hipótesis débiles desde su origen? Estas preguntas admiten respuestas divergentes según la óptica desde la cual se las formule.
La resolución del magistrado Martínez de Giorgi cierra una investigación pero abre reflexiones sobre cómo operan los sistemas de acusación penal cuando están atravesados por tensiones políticas. Independientemente de los juicios que se emitan sobre el resultado, permanece documentado que fueron invertidos recursos públicos significativos en perseguir una hipótesis que la justicia consideró carente de sustentación probatoria suficiente. La causa contra Revolución Federal por incitación a la violencia proseguirá su curso, con potenciales condenas para miembros del grupo por sus actos verificables. Pero la rama que buscaba conectar a la familia del ministro con el financiamiento de esa agrupación se ha cerrado, sin que la historia política argentina haya resuelto aún si se trató de un error investigativo o de la esquiva manifestación de una operación bien disimulada.


