La justicia federal acaba de poner en la mira a uno de los empresarios más activos del mercado argentino de bebidas sin alcohol. Orlando Canido, propietario de la marca Manaos, fue procesado por evasión tributaria tras una investigación que detectó presuntos incumplimientos en el pago de impuestos que rondan los 805 millones de pesos en distintos ejercicios fiscales. La medida, dictada por el Juzgado Federal N° 3 de Morón, genera un punto de inflexión en el sector de bebidas gaseosas y saborizadas del país, donde este empresario ha venido realizando movimientos de compra y expansión en los últimos tiempos.
Lo que comenzó como un procedimiento administrativo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) escaló hacia dimensiones judicales significativas. La resolución incluye medidas preventivas contundentes: un embargo de 250 millones de pesos sobre los bienes personales de Canido y otro monto idéntico sobre su firma Refres Now S.A., la estructura empresarial desde la cual operan las actividades comerciales de la marca Manaos. La decisión judicial mantiene la libertad provisional del empresario durante el transcurso del proceso, pero inmoviliza su patrimonio como garantía ante los presuntos adeudos con el fisco nacional. Simultáneamente, su hermano Norberto Canido también quedó involucrado en la causa como co-imputado.
Los números que sustentan la acusación
El detalle de la denuncia inicial revela un patrón de incumplimientos tributarios que se extiende a lo largo de varios años. Para el periodo 2016, ARCA detectó evasión en Impuesto a las Ganancias por 721 millones de pesos, en IVA por 148 millones y en Impuestos Internos por 37 millones. Al año siguiente, 2017, los montos aumentaron: Ganancias alcanzó los 242 millones, IVA llegó a 92 millones e Impuestos Internos sumó 16 millones. Para 2018, Ganancias trepó a 295 millones e IVA a 142 millones, mientras que Impuestos Internos se ubicó en 16 millones. En 2020, el último año incluido en la acusación ampliada, se detectaron evasiones por 132 millones en Ganancias, 91 millones en IVA y 14 millones en Impuestos Internos.
Sin embargo, una resolución judicial posterior decretó el sobreseimiento de los periodos 2017 y 2018 aplicando una norma más favorable al imputado. La actualización del régimen penal tributario elevó los montos mínimos de punibilidad, lo que generó que la acción penal prescribiera para esos años. Este aspecto subraya cómo las modificaciones legislativas pueden incidir en procesos judiciales en marcha, permitiendo que ciertos ejercicios queden fuera del alcance de la persecución penal aunque mantengan su deuda tributaria administrativa.
La maniobra del préstamo millonario y los distribuidores fantasma
El núcleo de la investigación se centra en lo que ARCA calificó como una "simulación de pasivo". Según los registros que analizó el fisco, Canido presentó declaraciones juradas que mostraban un aporte de 650 millones de pesos proveniente de su accionista mayoritario, supuestamente en carácter de préstamo. El dinero, según alegó el empresario, fue aportado en efectivo por Lorenzo Pizzo, un tercero. No obstante, la investigación tributaria determinó que Pizzo carecía de la capacidad económica suficiente para realizar una transferencia de tal magnitud en enero de 2020, momento en el cual se registró oficialmente el movimiento. Para ARCA, esto configuraba un incremento patrimonial no justificado y una ausencia total de documentación que respaldara los flujos de dinero.
Pero hay más. El organismo recaudador denunció la emisión de tickets de venta fraudulentos dirigidos a 80 supuestos distribuidores mayoristas, de los cuales la mitad figuraba en las listas de contribuyentes "no confiables" mantidas por ARCA en 2021 y 2022. Refres Now S.A., según la acusación, habría registrado operaciones de venta a estos distribuidores por cifras superiores a los 10.000 millones de pesos, ingresos cuya trazabilidad resultó imposible de reconstruir. El organismo enfatizó que la empresa carecía de la infraestructura física y de recursos humanos necesarios para respaldar operaciones de semejante envergadura. Específicamente, ARCA observó que la dotación de personal vinculado en relación de dependencia era insuficiente para ejecutar el volumen de transacciones reportado. Los recibos emitidos por estas operaciones, además, presentaban deficiencias formales graves que despertaron sospechas sobre su autenticidad.
Contexto de expansión empresarial en el sector
Resulta pertinente enmarcar estos procedimientos judiciales dentro de la trayectoria reciente de Canido como empresario. Hace aproximadamente un año, en julio de 2024, ejecutó una compra de gran envergadura al desembolsar 74 millones de dólares para adquirir las marcas Cunnington y Neuss, marcas que estaban bajo el control de la firma Productos de Agua (Proea). Esta operación posicionó a Manaos como un jugador más consolidado en el mercado de bebidas sin alcohol, ampliando su portafolio de productos y su capacidad de distribución. Posteriormente, Canido manifestó públicamente su interés en continuar con una estrategia de compras, apuntando específicamente a incorporar Pureza de las Sierras, una marca de aguas de mesa y saborizadas con presencia significativa en el mercado nacional.
Fue durante una entrevista en un programa de streaming cuando Canido reveló un detalle que generó atención mediática: mencionó que la adquisición de Cunnington, hasta entonces su competidor directo en el segmento de gaseosas, se concretó íntegramente en efectivo, de contado. Esa declaración adquiere una carga diferente cuando se la considera a la luz de las investigaciones fiscales que detectaron un flujo de movimientos en efectivo sin documentación adecuada y la presencia de distribuidores fantasma. Manaos, según se estableció en los autos, no opera con venta directa al público consumidor, sino que funciona exclusivamente a través de canales mayoristas, lo que concentra aún más el peso de las transacciones en ese circuito intermedio donde se ubicaron los distribuidores cuestionados.
Las implicancias de este procesamiento trascienden la dimensión personal del empresario. La decisión judicial coloca nuevamente bajo escrutinio público los mecanismos de control fiscal sobre empresas de mediano y gran tamaño en Argentina, particularmente en sectores donde el efectivo circula de manera significativa. Los procedimientos que utilizó ARCA para rastrear operaciones, identificar inconsistencias y determinar incapacidades económicas de terceros constituyen antecedentes relevantes para otros organismos de control. A su vez, la presencia de distribuidores "no confiables" en las bases de datos fiscales abre interrogantes sobre la coordinación entre dependencias estatales en la identificación de esquemas fraudulentos.
Por otro lado, el embargo preventivo de 500 millones de pesos en conjunto (250 sobre el empresario y 250 sobre su firma) funciona como un mecanismo cautelar que busca garantizar el resguardo de potenciales deudas tributarias, aunque estos montos embargados no necesariamente coinciden con el total de la acusación. La libertad provisional decretada simultáneamente con el embargo refleja un criterio judicial que pondera la presunción de inocencia sin descartar la gravedad de los hechos imputados ni el riesgo de disipación patrimonial. El proceso seguirá su curso en los tribunales federales, donde se evaluarán las pruebas periciales, la documentación que presente la defensa y los dictámenes de expertos contables. La resolución final determinará no solo si hubo evasión fiscal configurada en los términos de la ley penal tributaria, sino también las consecuencias restitutivas y sancionatorias que correspondan.



