Después de más de diez años de inmovilización en cajas de seguridad y cuentas bancarias, una suma superior a cinco millones de dólares perteneciente a Florencia Kirchner finalmente tiene luz verde para ser incorporada al proceso de recupero de activos en la investigación por Vialidad. El Banco Galicia comunicó formalmente a los tribunales federales la disponibilidad de esos recursos, un dato que había generado incertidumbre y reclamos continuos desde los despachos judiciales. La noticia reviste importancia porque se suma a un engranaje mucho más complejo: un decomiso que ya supera los $684.000 millones y que representa la última etapa de ejecución de una condena dictada en 2022. Este movimiento judicial tiene implicancias que trascienden lo puramente administrativo, poniendo en tensión no solo la capacidad del sistema para hacer efectivas sus decisiones, sino también cuestiones vinculadas a la propiedad, la responsabilidad y los mecanismos de reparación en procesos penales de envergadura.
El origen del congelamiento y sus particularidades
Los fondos que ahora cobran protagonismo fueron originariamente incautados en el año 2016 bajo orden del juez Julian Ercolini durante la instrucción de otra causa distinta: Hotesur-Los Sauces, un expediente que investiga presunto lavado de dinero y en el cual Cristina Kirchner y su hijo Máximo figuran como principales imputados. La composición de esos activos es heterogénea: incluye 4.664.000 dólares hallados en una caja de seguridad, más otros fondos depositados en dos cajas de ahorro que suman 1.032.144 dólares y 53.280 pesos. Florencia Kirchner, sin embargo, fue sobreseída en ese procedimiento y no será juzgada en esa causa. Aun así, la magistratura optó por mantener los dineros bajo embargo, argumentando que la procedencia de esos fondos seguía siendo materia de sospecha y merecía protección cautelar.
La permanencia prolongada de estos recursos en estado de congelamiento obedece a una complejidad procesal que va más allá de lo evidente. Cuando se inició el proceso de decomiso en Vialidad, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola visualizaron la oportunidad de sumar estos dólares al segundo bloque de bienes cuyo destino está bajo análisis del Tribunal Oral Federal 2. Sin embargo, subsiste una tensión latente: el Tribunal Oral Federal 5, órgano que lleva adelante Hotesur-Los Sauces, podría interponer objeciones al traslado de esos fondos hacia otro expediente, considerando que podrían resultar de utilidad para su propio proceso investigativo. Este solapamiento de causas y la competencia sobre los mismos activos ilustra una característica del sistema penal argentino: la concurrencia de múltiples investigaciones sobre los mismos sujetos, donde los bienes pueden ser relevantes para distintas líneas de indagación simultáneamente.
El esquema de decomiso y sus alcances
El decomiso en Vialidad estructura su operatoria en dos etapas diferenciadas. La primera incluye un conjunto de 111 inmuebles: 84 vinculados al empresario Lázaro Báez, 19 de Máximo y Florencia Kirchner, y uno perteneciente a la expresidenta. El Tribunal Oral Federal 2 ya ordenó formalmente la incautación de este lote, decisión que fue confirmada por la Cámara Federal de Casación. No obstante, las defensas elevaron planteos ante la Corte Suprema de Justicia, tribunal que aún debe resolver cuestiones puntuales sobre la ejecución concreta de algunos de esos bienes. La Corte ya ratificó el monto total que debe recuperarse: $684.990 millones, aunque existe conciencia en los tribunales de que esa cifra podría requerir actualización nuevamente debido a la dinámica inflacionaria que caracteriza la economía argentina.
La segunda fase del decomiso, aún bajo análisis y en la cual cobran relevancia los dólares de Florencia Kirchner, incorpora un conjunto más amplio de bienes. Además de los cinco millones de dólares, incluye 13 inmuebles de la familia Kirchner y otros 128 inmuebles asociados a sociedades vinculadas a Lázaro Báez. Los fiscales Luciani y Mola presentaron ante el TOF 2 un listado detallado de estos bienes como potenciales sujetos de decomiso, argumentando que su incautación sería necesaria para aproximarse al monto total ordenado por la sentencia. Este segundo bloque aún no ha recibido las mismas ratificaciones que el primero, por lo que permanece en una etapa de deliberación y análisis probatorio.
Complejidades institucionales en la ejecución
Más allá de lo evidente de la incautación, existe un aspecto institucional que complica el panorama. En simultáneo con el lanzamiento del proceso de decomiso, la Corte Suprema dictó una acordada que establece un procedimiento específico para los bienes incautados: estos deben ser puestos primero a disposición del propio tribunal para que determine si alguno podría ser destinado al funcionamiento del Poder Judicial. Solo si el tribunal carece de interés en utilizar esos activos se consulta al Consejo de la Magistratura. Recién después, y si ambas instancias declinan, el tribunal puede proceder con la ejecución normal del decomiso. Este mecanismo refleja una decisión política del máximo tribunal: reconocer que el sistema judicial tiene necesidades infraestructurales y que los bienes recuperados de procesos penales podrían destinarse a satisfacerlas. En el caso de los 111 inmuebles del primer bloque, la Corte aún debe pronunciarse sobre si alguno reúne condiciones para ser incorporado al patrimonio del Poder Judicial.
La confirmación de disponibilidad de los dólares de Florencia Kirchner, entonces, representa un paso más en un proceso que combina elementos administrativos, penales y constitucionales. El Banco Galicia, tras las reiteradas solicitudes de los tribunales, finalmente evacuó la incertidumbre mediante un informe que certifica que esos fondos pueden ser movilizados. No se trata de un dato menor: durante años, la demora en obtener respuesta de la entidad bancaria había generado inquietud en los despachos judiciales, limitando su capacidad de avanzar sobre este aspecto del decomiso. Ahora, con la confirmación en mano, el TOF 2 puede proceder a la evaluación definitiva de si incorporar esos dólares al segundo bloque de bienes pasibles de incautación.
Contexto histórico y precedentes
La magnitud del decomiso ordenado en Vialidad no tiene precedentes recientes en la historia procesal argentina. Cuando la sentencia fue dictada en 2022, fijó un monto inicial de $84.835 millones. Con las actualizaciones inflacionarias aplicadas posteriormente, esa cifra se multiplicó más de ocho veces, alcanzando los $684.990 millones. Esto refleja tanto la escala de la condena como la aceleración inflacionaria que atravesó la economía nacional durante ese período. El procedimiento adoptado por los tribunales fue el siguiente: primero, intimó a los condenados a depositar voluntariamente el dinero en un plazo de diez días hábiles. Como ninguno de ellos realizó el pago, el tribunal procedió ejecutivamente sobre sus bienes, argumentando que estos provenían de los delitos investigados o fueron transferidos utilizando fondos ilícitos. Este mecanismo es conocido como "decomiso de bienes de terceros", una figura más agresiva que el decomiso convencional porque no se limita a los activos del condenado sino que puede extenderse a aquellos que fueron transferidos a otros sujetos, como en el caso de Máximo y Florencia Kirchner.
Próximos pasos y escenarios abiertos
La ejecución del decomiso es, técnicamente, lo último que resta de la condena por Vialidad. Sin embargo, dista de ser un trámite mecánico. Existen múltiples frentes abiertos en la Corte Suprema, donde se ventilan cuestiones sobre la constitucionalidad de aspectos específicos de la condena, la validez de los procedimientos seguidos y la legalidad de incorporar bienes de terceros no condenados. Cada resolución que dicte el máximo tribunal puede modificar el alcance y las modalidades del decomiso. Además, la superposición con Hotesur-Los Sauces introduce una variable adicional: si el TOF 5 considera que los dólares de Florencia Kirchner son relevantes para su investigación, podría solicitar que permanezcan cautelados en su expediente, creando un conflicto competencial que probablemente deba ser resuelto por instancias superiores. El Tribunal Oral Federal 2 también debe resolver si destinar alguno de los inmuebles del primer bloque al Poder Judicial, lo cual implicaría reducir la cantidad de bienes disponibles para el proceso de ejecución del decomiso.
La confirmación de disponibilidad de los dólares de Florencia Kirchner marca un punto de inflexión en este proceso multifacético. Los tribunales cuentan ahora con certeza sobre la existencia y accesibilidad de esos recursos, lo que permite avanzar en la deliberación sobre su incorporación al decomiso. Sin embargo, la materialización de esa incautación enfrenta varios obstáculos: la posible oposición del TOF 5, los pronunciamientos pendientes de la Corte Suprema sobre cuestiones de fondo, y la aplicación de los protocolos de disponibilidad para el Poder Judicial. Todo esto ocurre en un contexto donde la inflación continúa erosionando el valor de los activos fijos y donde la economía atraviesa ciclos de volatilidad que afectan la evaluación de bienes. Los próximos meses resultarán decisivos para definir si este segundo bloque de bienes finalmente se suma al decomiso o si los obstáculos procedimentales prevalecen, modificando el resultado final de este complejo entramado de decisiones judiciales.



