Un giro significativo en la causa que involucra al dirigente sindical ha generado una estrategia defensiva centrada en desacreditar testimonios clave. Durante una audiencia celebrada recientemente, emergieron inconsistencias que, según la perspectiva de la defensa, debilitarían la posición de los acusadores. Lo que comenzó como un incidente en el barrio porteño de Belgrano ha derivado en una batalla por la credibilidad de quienes declararon ante la justicia, donde cada detalle —desde horarios hasta firmas— se ha convertido en munición legal.

El letrado defensor Miguel Molina fue contundente en sus declaraciones a la prensa al abordar el testimonio del oficial Matías Ríos, quien había sido presentado como un potencial testigo de cargo. Molina argumentó que existe una desconexión sustancial entre lo manifestado por el policía y el conjunto de evidencia que reposa en el expediente judicial. Su crítica se enfocó en cuestionar la validez de un acta que, según la versión del uniformado, habría contenido manifestaciones de Candela Arizaga, una influencer que también forma parte del caso. El documento en cuestión presenta un primer inconveniente: una discrepancia temporal que resultaría difícil de explicar en los términos convencionales de la administración judicial.

La batalla de los horarios y las firmas cuestionadas

Uno de los puntos que la defensa utilizó como palanca fue la aparente contradicción en los registros horarios del acta mencionada. De acuerdo con lo expuesto por el abogado, el documento figura formalmente con una anotación de las 5.30, pero durante los testimonios en audiencia emergió información que sugiere que habría sido elaborado recién a las 7.30, es decir, dos horas después. Esta divergencia no es un detalle menor en contextos judiciales, donde la precisión temporal resulta fundamental para establecer la secuencia de los eventos y la confiabilidad de los registros.

Pero la cuestión de los horarios no fue la única anomalía identificada por Molina. El acta llevaba las firmas de dos testigos presenciales, pero aquí surge otro problema metodológico: durante la audiencia se evidenció que estas personas no se encontraban en realidad en el sitio donde sucedieron los hechos, ubicado en una esquina del barrio mencionado. Si los supuestos testigos de la confección del acta no estaban presentes en el lugar, la pregunta inevitable es ¿cómo podrían haber sido testigos de algo que no presenciaron? Este razonamiento forma parte de la estrategia defensiva que apunta a demostrar que los fundamentos de cierta acusación carecerían de solidez probatoria.

La defensa llevó aún más lejos su cuestionamiento cuando abordó la autoría del contenido del documento. El policía Ríos reconoció, durante su comparecencia, que no había sido él quien escribió efectivamente el acta, sino que un tercero había realizado esa tarea. Sin embargo, la identidad de esa persona no fue aclarada durante el procedimiento. Para Molina, esto representa un vacío procesal de consideración: un documento que pretende registrar declaraciones relevantes carece de claridad respecto a quién fue responsable de su redacción, lo cual introduce un factor de incertidumbre sobre la fidelidad del registro respecto a lo que eventualmente fue dicho.

Ratificaciones tardías y explicaciones insuficientes

Otro aspecto que resultó inquietante para la defensa fue la ausencia de ratificación previa de estos dichos por parte del oficial. Cuando el letrado cuestionó por qué Ríos no había confirmado anteriormente estas manifestaciones durante la investigación, el responder fue que no lo había hecho porque "no quería ser reiterativo". Esta respuesta generó escepticismo en la defensa, que interpretó la falta de ratificación como un factor que relativizaría la importancia que el oficial mismo parecería atribuir a sus propias observaciones. En el contexto de una causa penal, la tardía introducción de testificales o la falta de énfasis previo en ciertos detalles puede ser interpretada de múltiples maneras por los actores jurídicos.

Molina fue enfático al sostener que "es un testigo particular, la prueba en pleno va para un lado y Ríos va para otro". Esta expresión resume la tesis defensiva: mientras que el conjunto de la evidencia apuntaría en una dirección, el testimonio del policía se desviaba hacia una narrativa alternativa que no encontraría respaldo en los demás elementos de investigación incorporados al expediente. El abogado señaló específicamente que la prueba integrada hasta ese momento, particularmente los testimonios de las funcionarias que entrevistaron a la influencer —tanto agentes policiales como personal especializado en cuestiones de género— contradecirían sustancialmente lo manifestado por Ríos. Estos profesionales, en su contacto directo con la joven, habrían recogido versiones que diferirían de la narrativa sostenida por el uniformado.

Es importante notar que Molina se cuidó de no formular acusaciones directas de falsedad. "No digo que Ríos sea mentiroso, sino que se contrapone con la prueba", aclaró en sus declaraciones a los comunicadores. Esta precisión lingüística no es casual: en materia penal, la acusación de falso testimonio conlleva consecuencias legales graves, y la defensa optó por enmarcar su crítica dentro de los parámetros de inconsistencia probatoria en lugar de cuestionar directamente la integridad moral del testigo. Al mismo tiempo, sostuvo que la prueba reunida hasta entonces respaldaría tanto la versión ofrecida por el sindicalista como la de la influencer, colocando el testimonio de Ríos como la excepción problemática en un expediente que, desde la óptica defensiva, mostraría coherencia interna en otras direcciones.

Las implicancias de estos cuestionamientos se extienden más allá del caso específico. Si la defensa logra consolidar su tesis de que existe una desconexión fundamental entre el relato de Ríos y el resto de la evidencia, podría afectarse significativamente el peso probatorio asignado a su declaración en el resultado final de la causa. Por el contrario, si otros actores del sistema judicial consideran que estas objeciones no resultan suficientes para desacreditar al testigo, el impacto de su testimonio podría mantenerse o incluso fortalecerse. Lo cierto es que la batalla por la credibilidad testimonial ha adquirido un protagonismo central en esta investigación, evidenciando cómo en los procesos penales contemporáneos, la consistencia de los registros y la coherencia entre múltiples fuentes de prueba se han convertido en argumentos tan determinantes como los hechos mismos.