Mientras transcurren los primeros meses del ciclo legislativo, en los despachos del Poder Ejecutivo toma forma un proyecto de envergadura que busca rediseñar los cimientos sobre los que se asienta el sistema judicial nacional. No se trata de ajustes cosméticos o de cambios administrativos menores: la iniciativa en carpeta apunta a reconfigurar quién decide qué en materia de designación y remoción de magistrados, cuántos tribunales funcionarán en el futuro y, de modo crucial, cómo se distribuirán recursos presupuestarios de magnitud considerable entre la Nación, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias. La cuestión reviste importancia porque marca un antes y un después en el equilibrio de poder entre los órganos políticos y la Corte Suprema de Justicia, institución que durante décadas ejerció una influencia determinante en las decisiones vinculadas al funcionamiento interno de la justicia federal.
El dilema de la composición y la influencia
En el centro de la estrategia reformista se sitúa el Consejo de la Magistratura, organismo nacido con la reforma constitucional de 1994 cuyo propósito es seleccionar y, en su caso, sancionar a los jueces federales y nacionales. Desde su creación, este cuerpo estuvo integrado por representantes de múltiples sectores: magistrados, profesionales del derecho, legisladores, académicos y un delegado del Ejecutivo. La composición original contemplaba veinte miembros, y el presidente de la Corte ejercía su presidencia de forma automática. Esa estructura permaneció vigente hasta 2006, cuando el Congreso sancionó una nueva ley que redujo el número de consejeros a trece e introdujo un desequilibrio a favor del sector político, merma que suscitó cuestionamientos durante años.
El año 2021 marcó un hito decisivo cuando la Corte Suprema declaró inconstitucional la composición que regía desde 2006. Los magistrados argumentaron que el "equilibrio entre los estamentos" —requisito establecido en la Constitución Nacional— había sido vulnerado. Como consecuencia, ordenaron el retorno a la estructura de veinte integrantes que establecía la ley anterior e impusieron un plazo de ciento veinte días al Congreso para sancionar una nueva normativa que respetara ese equilibrio. Cuando el plazo venció sin que el legislativo actuara, la Corte dispuso el regimen automático de la integración previa y, de manera transitoria, su presidente asumió la presidencia del Consejo, situación que no ocurría desde la reforma de 2006 y que generó considerable fricción política.
Ahora bien, la propuesta que circula en los pasillos ejecutivos no busca simplemente cumplir con el mandato de la Corte, sino reformularlo de manera sustancial. El Gobierno planea reducir nuevamente la cantidad de miembros del Consejo, aunque esta vez mediante una ley que se presente como respuesto a las objeciones de constitucionalidad. La novedad gravitante es que la iniciativa contempla la exclusión de la Corte Suprema de este órgano de decisiones. Con ello, el presidente de ese tribunal perdería tanto su participación en votaciones como su capacidad de influencia sobre designaciones, remociones y cuestiones disciplinarias de magistrados. Además, se reduciría proporcionalmente la representación de todos los estamentos: jueces, abogados, académicos y político-legisladores. En esencia, lo que se procura es limitar la injerencia histórica que la Corte mantuvo en el funcionamiento administrativo y de selección de jueces.
El nudo presupuestario y la negociación federal
Detrás de estas modificaciones estructura se esconde una negociación de índole presupuestaria que explica gran parte de los movimientos en el tablero político. Simultáneamente, el Gobierno contempla cerrar tribunales de primera instancia en Comodoro Py, la sede tradicional de la justicia federal en Buenos Aires. Actualmente existen doce juzgados federales en esa ubicación, herederos de la reforma que impulsara Carlos Menem en los noventa para alterar composiciones judiciales según sus necesidades políticas. La propuesta actual busca reducir ese número a ocho juzgados. Análogamente, se procura disminuir los integrantes de la Cámara Federal de Casación Penal, el tribunal penal más relevante por debajo de la Corte, de trece a nueve magistrados.
Estas reducciones de estructuras generan ahorros presupuestarios significativos. El presupuesto asignado a la justicia nacional ordinaria con sede en Buenos Aires asciende a 633.120 millones de pesos, cifra que representa aproximadamente el 29,6% del presupuesto total del Poder Judicial Nacional. Los fondos que se liberen por la eliminación de cargos vacantes y la reducción de estructuras constituyen lo que los asesores gubernamentales denominan "una masa importante de dinero" susceptible de ser redistribuida. La Administración evalúa compensar a los gobernadores provinciales mediante el traspaso de parte de esos recursos fiscales, a cambio de que apoyen las iniciativas legislativas en el Congreso. Sin embargo, los mandatarios provinciales plantean una demanda aún más ambiciosa: pretenden que se les reconozcan no solo los fondos derivados de los ahorros por eliminación de cargos, sino la totalidad del presupuesto correspondiente al traspaso de la justicia nacional ordinaria a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Esta disputa subraya una realidad fundamental de la administración de justicia en Argentina: la cuestión de quién financia operativamente los tribunales es indisociable de quién ejerce jurisdicción. Tras la sentencia conocida como fallo Levinas, surgió la posibilidad cierta de transferir competencias de justicia nacional a la Ciudad Autónoma. Los 633.000 millones de pesos anuales en juego explican por qué la negociación sobre "quién paga" resulta tan intensa como la lucha por "quién se queda con las competencias". El presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, expresó públicamente en una sesión plenaria del Consejo que "el traspaso es cuestión de los poderes políticos", es decir, que la decisión última recae sobre aquella institución que asume el costo fiscal. Esta perspectiva refleja cómo las reformas judiciales en democracia no pueden divorciarse de sus implicancias presupuestarias.
La geometría de poder en la Cámara Penal
En el plano específico de la Cámara Federal de Casación Penal, los cambios proyectados adquieren contornos más concretos. El tribunal alberga actualmente cuatro vacantes y su composición incluye a magistrados cuyas trayectorias se entrelazan con la política gubernamental. Recientemente se renovó la gestión de Carlos Mahiques, camarista que es hijo del ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques, renovación que se extenderá por cinco años más. La propuesta de reducir la Cámara a nueve integrantes fue comunicada durante una visita del ministro Mahiques el 23 de marzo pasado, cuando se reunió con los jueces del tribunal.
La consecuencia de limitar el número de camaristas a nueve es doble. Por un lado, no se completarían las vacantes existentes, pese a que ya existe un concurso avanzado con candidatos en ternas finalistas: Gabriela López Iñiguez, jueza de un tribunal oral federal; José Michilini, juez; y Leonel Gómez Barbella, fiscal. La nueva conformación estaría integrada por Diego Barroetaveña, Guillermo Yacobucci, Javier Carbajo, Carlos Alberto Mahiques, Ángela Ledesma (cuyo mandato vence a fin de año por límite etario), Mariano Borinsky, Gustavo Hornos, Alejandro Slokar y Daniel Petrone. Por otro lado, se eliminarían las subrogancias, mecanismo mediante el cual los magistrados intervienen en causas que exceden su sala de origen, lo que les otorga márgenes de decisión amplificados. Con un tribunal más compacto, cada juez operaría dentro de su ámbito de competencia específico, circunstancia que podría modificar dinámicas de resolución en casos sensibles.
En el plano de los juzgados federales ubicados en Comodoro Py, el panorama es igualmente complejo. Cuatro de los doce juzgados se encuentran vacantes. El concurso más avanzado corresponde al juzgado federal número 12, vacío desde 2019, cuando Sergio Torres, propuesto por la gobernadora María Eugenia Vidal, dejó el cargo para asumir como ministro de la Suprema Corte bonaerense. En ese concurso, Diego Arce, secretario del juez Ariel Lijo, ocupa el primer lugar en el orden de mérito. Adicionalmente, el juez federal Daniel Rafecas, del juzgado 3, manifestó su intención de dejar el cargo tras dos décadas como juez de instrucción, para trasladarse a la Cámara Nacional de Casación Penal con el propósito de "concluir su carrera como camarista".
Implicancias políticas e institucionales
La magnitud de los cambios proyectados trasciende lo meramente técnico-administrativo. La expulsión de la Corte Suprema del Consejo de la Magistratura importaría una pérdida de poder político institucional de considerable relevancia. El presidente de ese tribunal dejaría de "levantar la mano y votar" en decisiones sobre erogación presupuestaria, remoción o castigo disciplinario de magistrados, y selección de candidatos a cargos judiciales. Esta transformación representa un quiebre respecto al sistema que rigió durante casi tres décadas, en el que la Corte ejerció una influencia determinante en la configuración de la judicatura federal. Simultáneamente, la reducción de estructuras (juzgados federales, integrantes de la Cámara de Casación) modifica el esquema de poder horizontal entre magistrados, ampliando en ciertos sentidos el margen de decisión individual de cada juez al eliminar mecanismos de participación extendida como las subrogancias.
Estos movimientos solo podrán concretarse mediante la presentación de proyectos de ley específicos que todavía se elaboran en los despachos de asesores del Poder Ejecutivo. El éxito de la iniciativa dependerá de la capacidad de negociación con los gobernadores provinciales, cuyo apoyo legislativo es menester para alcanzar las mayorías requeridas. Los términos de esa negociación giran en torno a compensaciones presupuestarias y al alcance del traspaso de competencias judiciales hacia la Ciudad Autónoma.
Proyecciones y debates abiertos
Las consecuencias de una reforma de esta envergadura pueden contemplarse desde ópticas divergentes. Quienes la apoyan argumentarían que una Corte menos involucrada en gestiones administrativas podría concentrar sus energías en su función jurisdiccional de máxima instancia, potencialmente mejorando la calidad de sus resoluciones. Asimismo, una justicia federal menos fragmentada en términos de estructuras podría agilizar trámites y reducir complejidades burocráticas. Para ciertos analistas, la menor intervención de la Corte en designaciones judiciales también disminuiría la posibilidad de que ese tribunal influya en composiciones futuras a fin de preservar sus propias preferencias ideológicas o institucionales. Por otra parte, quienes expresan reservas señalan que la exclusión de la Corte de procesos de selección de jueces podría concentrar poder en manos de actores políticos, históricamente proclives a instrumentalizar la justicia según ciclos electorales o intereses de corto plazo. Además, la reducción de magistrados en tribunales especializados como la Cámara de Casación Penal afectaría la capacidad de procesamiento de causas en el fuero penal, particularmente en un país donde la litigiosidad ha mostrado tendencias crecientes. La redistribución presupuestaria entre niveles de gobierno constituye, por su parte, un factor de potencial conflictividad federal que trasciende la mera cuestión técnica: provincias y Ciudad Autónoma compiten por recursos mientras el sistema nacional de justicia requiere de presupuesto estable para mantener su operatividad.



