El conflicto entre el Estado nacional y las universidades públicas alcanzó ayer un punto de inflexión cuando la Corte Suprema recibió formalmente la causa que nuclea a 59 instituciones académicas en su reclamo por el incumplimiento de una ley de financiamiento. Lo que comenzó como un reclamo corporativo de los rectores se transformó en un pulso institucional donde está en juego la vigencia de normas dictadas por el Congreso y la capacidad del Poder Judicial para hacerlas cumplir. La situación es compleja: mientras el tribunal de mayor jerarquía del país analiza el caso, otras dos instancias judiciales aguardan decisiones que podrían cambiar radicalmente el escenario.

La Universidad de Buenos Aires y sus pares de todo el territorio nacional viven una incertidumbre que se extiende ya por varios meses. En el escritorio del juez Martín Cormick reposa una medida cautelar que ordena al Ejecutivo cumplir con la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario, pero que actualmente se encuentra congelada. Esa cautelar fue originalmente dictada en primera instancia y luego ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, lo que en teoría debería significar que la orden tiene fuerza para ejecutarse. Sin embargo, el recurso extraordinario presentado por el Gobierno ante la Corte paralizó su implementación. Los rectores universitarios elevaron ayer una petición formal solicitando que el tribunal supremo se pronuncie "a la mayor brevedad posible", una expresión que refleja la ansiedad de instituciones que ven pasar los meses sin poder aplicar lo que la ley prevé.

Un laberinto procesal con múltiples frentes abiertos

El expediente se desdobla en realidad en varias líneas de análisis simultáneas, lo que demuestra la complejidad del caso. Cormick aún tiene pendiente pronunciarse sobre el fondo del amparo, es decir, si ordena definitivamente al Poder Ejecutivo cumplir con la ley. Lo que ha resuelto hasta el presente es apenas la medida cautelar, una decisión provisional que busca evitar daños irreparables mientras se tramita el proceso principal. La Cámara, por su parte, recibió un planteo de las universidades para que revise la decisión de Cormick de suspender la cautelar. Y la Corte Suprema, ya con el expediente en sus manos, debe definir si mantiene o revoca esa medida cautelar que el Gobierno impugna.

El argumento jurídico que esgrimen los abogados de las universidades resulta particularmente interesante. Citan el artículo 258 del Código Civil y Comercial, una norma que establece un principio claro: cuando una sentencia de apelación confirma lo decidido en primera instancia, el condenado puede solicitar su ejecución incluso mientras existe un recurso extraordinario pendiente ante la Corte, siempre que ofrezca una fianza para responder si el fallo fuera revocado. Pablo Manili, abogado constitucionalista que representa al Consejo Interuniversitario Nacional, sostiene que esta norma es "categórica" y que por lo tanto la Cámara debe otorgar luz verde para que la cautelar entre en vigencia de inmediato. Según esta interpretación, no habría razón para esperar a que la Corte resuelva: la ley procesal permitiría que se ejecute la medida mientras el tribunal supremo analiza el caso. Si esta tesis prospera en la Cámara, la cautelar podría comenzar a implementarse en cualquier momento sin que la Corte deba haber tomado una decisión definitiva.

La estrategia gubernamental y sus consecuencias políticas

Los voceros de las universidades no ocultan su malestar por lo que consideran una estrategia deliberada de dilación. Señalan que el Gobierno ha recusado a todos los jueces intervinientes en la causa, incluyendo a los tres ministros de la Corte Suprema que deberán examinar esas recusaciones antes siquiera de abordar el fondo del asunto. Este procedimiento agrega capas adicionales a un trámite que ya resulta extenso. La ironía que subrayan los rectores es notable: jamás en la historia institucional argentina un gobierno se había litigado contra las universidades con el propósito explícito de eludir el cumplimiento de una ley sancionada por el Congreso Nacional. Más aún, una ley que tras ser vetada por el Ejecutivo fue nuevamente aprobada por ambas cámaras legislativas, lo que en teoría le otorga una legitimidad reforzada. El Gobierno finalmente la promulgó en octubre pasado, pero dejó constancia de que no la aplicaría hasta que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento específicas.

La Ley de Financiamiento Universitario fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025, tras lo cual recibió un veto presidencial. Ambas cámaras legislativas la reafirmaron, y el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla el pasado mes de octubre, en el último día de su plazo legal. No obstante, desde entonces permanece letra muerta en términos prácticos. La norma contempla actualizaciones salariales para docentes y no docentes a partir de 2023, así como recomposiciones en las becas estudiantiles. El proceso judicial se inició el 29 de octubre de 2025, cuando el Consejo Interuniversitario Nacional presentó la acción de amparo contra el Estado Nacional. El juez Cormick ordenó el cumplimiento inmediato de los artículos 5 y 6 de la ley el 23 de diciembre, apenas dos meses después. El Gobierno apeló inmediatamente, el 29 de diciembre. La Cámara confirmó todo en marzo de 2026, pero el recurso extraordinario del Gobierno paralizó nuevamente el proceso.

La velocidad con que la Corte Suprema le dio entrada formal al expediente, emitiendo una breve resolución que dice simplemente "Autos", fue interpretada por algunos observadores como un signo positivo. Esa expresión resumida, que significa básicamente "llamamiento de autos para despacho", indica que el tribunal recibió la causa y está siendo analizada por los ministros. Sin embargo, especialistas en procedimiento constitucional advirtieron que esta formalidad no necesariamente anticipa una resolución próxima. Es el trámite administrativo rutinario que sigue toda causa que ingresa a ese tribunal, no una señal de celeridad en la deliberación. Las universidades celebraron el gesto, pero la realidad es que no hay fecha estimada para que los magistrados se pronuncien.

Implicancias amplias y perspectivas en disputa

Lo que ocurra en los próximos meses tendrá alcances que trascienden el sector universitario. En primer lugar, dirá algo importante sobre el poder de los jueces para hacer cumplir decisiones legislativas cuando el Ejecutivo se resiste a implementarlas. En segundo lugar, establecerá un precedente sobre las obligaciones fiscales del Estado respecto de instituciones educativas de carácter público. En tercero, relevará si la herramienta de la recusación masiva puede ser utilizada como mecanismo de dilación procesal sin consecuencias. Algunos analistas sugieren que una sentencia favorable a las universidades reforzaría el principio de que ningún poder puede simplemente ignorar una ley sancionada y promulgada, incluso si el Ejecutivo desaprueba su contenido. Otros advierten que obligar gastos al Estado sin que exista claridad sobre el financiamiento podría generar tensiones presupuestarias. Lo cierto es que el debate ya trascendió los pasillos judiciales y es parte de una conversación más amplia sobre la distribución de poder entre los poderes del Estado y sobre las prioridades de gasto público en un contexto de restricciones económicas.