La pretensión de reformular las condiciones contractuales bajo las cuales AySA opera en el área metropolitana y el conurbano bonaerense acaba de recibir un freno judicial de envergadura. Un tribunal de La Plata confirmó esta semana una medida cautelar que paraliza cualquier modificación en los compromisos que la empresa tiene respecto al suministro de agua potable, el tratamiento de efluentes cloacales y la protección del entorno, mientras se resuelve en instancias superiores si es válido que esas obligaciones se flexibilicen. La decisión, además, reenvía el litigio hacia los juzgados federales, quitándolo de la órbita provincial. Lo que está en juego es nada menos que la viabilidad práctica de traspasar a un operador privado el 90% de las acciones de una empresa que hoy es mayoritariamente estatal, en el marco de una reforma estructural que el gobierno nacional impulsa desde hace varios meses.

El origen del conflicto: un nuevo contrato con menores garantías

El epicentro de esta disputa se ubica en un cambio de convenio previsto para mayo de 2026, instrumento que habilitaría la entrada de un nuevo concesionario privado bajo condiciones regulatorias más laxas que las vigentes. Según denunció ante los tribunales el Defensor del Pueblo bonaerense Guido Lorenzino, ese nuevo contrato reduce deliberadamente los estándares ambientales, sanitarios y de protección al usuario en la prestación del servicio en los 26 municipios donde AySA tiene cobertura. La iniciativa forma parte de un plan más ambicioso: la transferencia de manos públicas a privadas de la mayoría accionaria de una empresa que actualmente es controlada por el Estado nacional en aproximadamente el 90% de su capital. Este proceso fue habilitado por la Ley Bases sancionada recientemente y complementado por el Decreto 494, que autorizó los trámites para ejecutar la privatización.

La denuncia de Lorenzino llegó a la justicia contencioso-administrativa provincial, donde el Juzgado N° 2 de La Plata acogió el reclamo mediante una medida precautoria. Ese fallo inicial ordenó a AySA abstenerse de realizar cualquier acción que implicara modificar, reducir, limitar, alterar, suspender o disminuir sus obligaciones vinculadas al acceso al agua potable, a la preservación de la salud pública, al mantenimiento de un ambiente sano y a la prestación adecuada del servicio público esencial de agua y cloacas. La orden permanecería vigente hasta tanto se llevara a cabo una evaluación integral de los aspectos ambientales, sanitarios e institucionales en cuestión.

El camino judicial: confirmación en La Plata y derivación a la justicia federal

Contra esa cautelar, AySA interpuso un recurso de apelación, rechazado inicialmente. Posteriormente, la empresa intentó un planteo de reposición que también fue desestimado. El caso llegó entonces ante la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata, integrada por los jueces Pablo Muñoz, Gerónimo Arias y María Ventura Martínez. Esa instancia, en un fallo que resolvió la apelación, confirmó de manera íntegra la medida cautelar, es decir, mantuvo el congelamiento de cualquier cambio que implique un debilitamiento de las obligaciones de AySA mientras el litigio se dilucida en el fondo.

Paralelamente, el tribunal bonaerense confirmó que la causa debe transitar por la justicia federal y no por la provincial. Según argumentó la Cámara, la discusión de fondo requiere la interpretación y aplicación del marco regulatorio nacional del servicio de agua. Además, consideró que el carácter de AySA como empresa con participación estatal mayoritaria —bajo control del Estado nacional— la coloca bajo competencia federal. El Defensor del Pueblo había apelado esta decisión anterior de enviar el expediente a lo federal, pero los jueces rechazaron ese planteo. Así, la causa quedó en transporte hacia los juzgados federales de La Plata, específicamente hacia una sala de la Cámara Federal que aún debe designar a los magistrados que intervendrán en el caso.

En su fundamentación, los jueces de la Cámara bonaerense recurrieron a argumentos que trascienden lo meramente contractual. Invocaron el derecho humano al agua, reconocido en documentos internacionales de derechos humanos, así como el principio precautorio y preventivo en materia ambiental, que establece que ante la incertidumbre sobre las consecuencias ambientales de una medida, debe optarse por la alternativa que genere menor daño potencial. Los magistrados también citaron la doctrina "in dubio pro natura", empleada por la Corte Suprema argentina, conforme la cual en caso de duda sobre el impacto ambiental de una acción, prevalece la opción menos perjudicial para la naturaleza. Sobre esta base, el tribunal consideró que el eventual perjuicio derivado de un debilitamiento de las garantías del servicio sería de muy difícil o imposible reparación posterior, lo que justificaba mantener la medida cautelar mientras durara el litigio.

El cronograma y los interesados en la compra

Mientras se desplegaba este proceso judicial, el gobierno nacional había establecido calendarios para avanzar con el procedimiento licitatorio de privatización. Inicialmente, la apertura de propuestas estaba prevista para hace algunos meses, pero fue postergada hasta el 15 de septiembre, fecha que marca tanto el cierre de ofertas como la apertura de las mismas, momento en que se revelaría la identidad de los interesados en adquirir el 90% de las acciones. Las autoridades nacionales proyectaban recaudar 450 millones de dólares de la operación. Sin embargo, el fallo judicial frena la posibilidad de que el nuevo operador, una vez adjudicado, comience a operar bajo estándares menores a los actuales, al menos hasta que se resuelva la cuestión de fondo en sede federal.

La competencia por quedarse con AySA había generado especulaciones sobre los posibles oferentes. Entre los actores locales surgían dos nombres como más sólidos: por un lado, Mauricio Filiberti, empresario que controla Transclor, una empresa que desde 2009 es proveedora monopólica de insumos químicos para AySA, quien trabajaba en una propuesta junto con Rowing, constructora vinculada a Walter Román, además de tener vínculos con Daniel Vila y José Luis Manzano en otros negocios de infraestructura; por otro lado, el Grupo Roggio, con experiencia en la operación de Aguas Cordobesas. También se mencionaba a JCR, constructora del empresario Juan Carlos Relats, fallecido años atrás. Circulaban rumores sobre el eventual interés de los hermanos Neuss, círculo cercano al asesor presidencial Santiago Caputo, aunque sin confirmación definitiva de participación activa. La brasileña Sabesp, operadora en San Pablo, aparecía como una incógnita respecto a su real nivel de interés en competir en Argentina.

Un elemento adicional de conflictividad emergió cuando el intendente de Esteban Echeverría, Fernando Gray, solicitó al gobernador Axel Kicillof que la empresa provincial ABSA (Aguas Bonaerenses) participara en la licitación buscando hacerse con ese 90% de AySA. Gray incluso presentó un amparo judicial que resultó clave para que el gobierno nacional postergara la apertura de sobres. No obstante, existe un obstáculo: las bases de la licitación prohíben que empresas bajo control estatal presenten ofertas, lo que dejaría a ABSA fuera de competencia de manera automática.

Implicancias y perspectivas sobre el devenir del proceso

El fallo de los jueces bonaerenses no anula formalmente el proceso de privatización de AySA. Sin embargo, congela de manera práctica una de sus piezas centrales: la implementación de un nuevo contrato de concesión que rebaje el piso de garantías actuales. Esta congelación permanecerá en vigor mientras la justicia federal no resuelva en el fondo si es constitucional y conveniente permitir esa reducción de estándares en servicios públicos esenciales. En otras palabras, queda vedada la posibilidad de que el futuro operador privado preste el servicio de agua y cloacas con menores exigencias regulatorias que las hoy vigentes, al menos hasta que se cierre el debate jurisdiccional.

Desde múltiples perspectivas, este panorama presenta implicancias significativas. Quienes apoyan la privatización podrían argumentar que la judicialización demora procesos que consideran necesarios para modernizar la infraestructura y mejorar la eficiencia del servicio. Por el contrario, quienes expresan preocupaciones sobre la transferencia de servicios públicos esenciales a manos privadas ven en esta medida una protección de derechos fundamentales y del entorno. Los interesados en participar en la licitación enfrentan una situación de incertidumbre regulatoria que podría afectar la viabilidad financiera de sus propuestas. El gobierno nacional, por su parte, se encuentra ante una tensión entre sus objetivos de privatización y las decisiones judiciales que las condicionan. La provincia de Buenos Aires observa cómo sus tribunales han enviado la causa a la justicia federal, trasladando así parte de la responsabilidad de definir el futuro de un servicio de vital importancia para decenas de municipios bonaerenses a magistrados con jurisdicción nacional. El resultado final dependerá de cómo resuelva la justicia federal esta compleja cuestión que toca aspectos de derechos humanos, regulación ambiental, gestión estatal y participación privada en servicios públicos.