La Corte Suprema de Justicia selló definitivamente una causa que expone los meandros de la malversación estatal en la Patagonia austral. El fallo que acaba de dictarse deja sin recursos legales a un empresario que alguna vez estuvo en la cúpula de la industria nacional y lo condena a cumplir cuatro años de cárcel por la sustracción de recursos públicos. El caso representa uno de los episodios judiciales más complejos vinculados a la administración de Yacimientos Carboníferos Río Turbio, una empresa estatal que concentra historias de irregularidades, cambios de gobierno y decisiones políticas controvertidas que marcaron la política provincial durante más de una década.
Juan Carlos Lascurain, quien presidió la Unión Industrial Argentina entre 2008 y 2010, es ahora procesado penalmente por haber participado en la desviación de 50 millones de pesos —valuados a precios de 2015— que debían destinarse a la construcción de un acceso vial hacia las instalaciones de extracción de carbón en Río Turbio. El máximo tribunal confirmó su sentencia junto con la del asesor Juan Marcelo Vargas, otro de los implicados en la trama. La Fiscalía, tras conocer esta resolución, inmediatamente requirió que ambos fueran capturados para ingresar al sistema penitenciario federal y cumplimentar sus penas. Este movimiento marca un hito procesal: ya no hay apelaciones posibles, ya no hay recursos extraordinarios disponibles. La maquinaria judicial llegó a su destino.
El desvío que cambió de gobierno
El núcleo del conflicto se remonta a finales de 2015, un momento de transición política en el país. Los fondos en cuestión fueron extraídos de las arcas de Yacimientos Carboníferos Río Turbio y de los Servicios Ferroportuarios operados en Punta Loyola y Río Gallegos. El destino declarado: la construcción de 7 kilómetros de una vía de acceso conocida como "Avenida de los Mineros", un trazado que debería conectar Río Turbio con la localidad de 28 de Noviembre. Tres cheques fueron librados con esta finalidad: dos de ellos el 30 de noviembre de 2015 y uno más el 9 de diciembre del mismo año, justo en el momento en que cambiaba la administración nacional. Esos fondos fueron canalizados hacia Fainser S.A., una constructora cuyo titular era precisamente Lascurain. La ruta nunca se construyó. Los millones desaparecieron de la vista pública y quedaron como interrogante durante años.
Cuando se llevó a cabo el juicio oral en 2019 ante el Tribunal Oral Federal 7, los magistrados dieron por acreditado que la sustracción había sido deliberada. En esa instancia se investigaron los roles de Atanacio Pérez Osuna, quien se desempeñaba como intendente de Río Turbio en ese entonces, Miguel Ángel Larregina en su carácter de coordinador de Yacimientos Carboníferos, el asesor Vargas, el también ya fallecido intendente municipal Horacio Matías Mazú, y por supuesto Lascurain. Los jueces condenaron a todos ellos bajo la tipificación de peculado, una figura que describe el delito de funcionarios o particulares que se apropian indebidamente de recursos del Estado. Las penas fueron uniformes: cuatro años de prisión. El tribunal también ordenó la restitución de los fondos más sus intereses acumulados.
Las defensas y los giros procesales
Durante los alegatos, Lascurain reconoció ante los magistrados que había percibido el anticipo de los fondos desviados, pero argumentó que los recursos fueron gastados en rubros vinculados a la obra: contratación de personal y tareas preparatorias del proyecto constructivo. Su narrativa intentaba despegar la responsabilidad penal al presentar el dinero como un adelanto legítimo que se invirtió en actividades previas. Por su parte, Pérez Osuna esgrimió una defensa política: aseguró que existía una voluntad política deliberada del gobierno de turno de no ejecutar la obra vial. Esta afirmación abrió un interrogante sobre quién realmente ordenaba estas maniobras y si había órdenes que descendían desde la administración nacional. Tales circunstancias, sin embargo, no lograron convencer al tribunal.
En 2023, la Cámara Federal de Casación Penal evaluó nuevamente los elementos probatorios y los argumentos presentados. Los magistrados Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques confirmaron las condenas para Lascurain, Pérez Osuna, Vargas y Mazú, pero sorprendentemente revocaron la de Larregina, quien fue absuelto en esa instancia. Las defensas de Lascurain y Vargas no se resignaron y presentaron recursos extraordinarios en queja ante la Corte Suprema, esperando que el máximo tribunal reviera el criterio. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron esos recursos. Larregina, por su parte, vio confirmada su absolución tras la intervención de la Fiscalía, que también había impugnado esa decisión sin éxito.
Vale destacar que Atanacio Pérez Osuna ya cumple reclusión desde 2021, cuando la Corte Suprema ratificó su condena en otra oportunidad anterior, aunque por razones formales diferentes relacionadas con defectos en la presentación de escritos. Ahora, con la última sentencia firme, tanto Lascurain como Vargas deberán ingresar al sistema carcelario federal para ejecutar sus penas de cuatro años. El tribunal original había previsto, en su sentencia, que todos los imputados serían privados de libertad una vez que sus condenas ganaran firmeza. Ese momento ha llegado.
Un expediente más amplio sin resolver
Cabe señalar que este juicio representa solo una fracción de la maraña de irregularidades investigadas en torno a la administración de Yacimientos Carboníferos. Existe un segundo proceso, de envergadura mayor, que aún no se ha llevado a cabo en forma oral. En esa causa se investiga un desvío de fondos que alcanzaría al menos 264 millones de pesos, también destinados a realizar tareas en la mina de carbón ubicada en Río Turbio. Los imputados en ese expediente incluyen al exministro de Planificación Julio De Vido, quien fuera una figura central en la política nacional durante el gobierno que precedió al de 2015. De Vido perdió sus fueros legislativos en 2017 y fue detenido como consecuencia de esa investigación. Una primera fase de ese expediente ya fue elevada a juicio, pero el debate oral aún no ha comenzado. En paralelo, se continúan analizando otros aspectos de la gestión de la empresa estatal.
El caso que cierra ahora tiene características que lo distinguen: fue el primer juicio oral que se llevó adelante específicamente por irregularidades en Yacimientos Carboníferos Río Turbio, y movilizó a operadores del sistema judicial provincial y federal durante años. Las ramificaciones políticas también fueron significativas. La constructora Fainser, encargada de ejecutar la obra que nunca se concretó, estaba presidida por Romina Mercado, sobrina de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner e hija de la luego gobernadora Alicia Kirchner. Estos vínculos familiares y políticos añadieron complejidad al análisis público del expediente, aunque en términos puramente legales, la responsabilidad penal fue atribuida según lo que los magistrados consideraron pruebas de peculado.
A partir de ahora, las posibilidades procesales para Lascurain y Vargas se reducen a acciones de naturaleza extraordinaria o a solicitudes de indultos, medidas que escapan del ámbito judicial tradicional. La confirmación de la Corte Suprema cierra el ciclo de apelaciones ordinarias. El empresario que en otro tiempo presidió la principal cámara industrial del país deberá ingresar a un establecimiento penitenciario federal para cumplir una condena por malversación de fondos públicos. Esta conclusión judicial abre varios interrogantes sobre los patrones de comportamiento en la administración de empresas estatales, los mecanismos de control interno y las estructuras de decisión política que permitieron que recursos millonarios fueran desviados sin que existieran obstáculos administrativos o financieros suficientes para impedirlo. Queda pendiente la resolución del caso De Vido y sus coautores, que involucra montos aún mayores y la participación de funcionarios de jerarquía superior. Los tiempos de la justicia penal continúan su marcha, lenta pero sostenida.



