Mientras en el resto del continente políticos fueron a prisión, empresarios perdieron sus negocios y funcionarios vieron desmoronarse sus carreras, en Argentina el escándalo de Odebrecht sigue siendo un expediente en movimiento sin resoluciones firmes. La constructora brasileña que confesó ante la justicia estadounidense haber derramado 788 millones de dólares en sobornos a lo largo de doce países diferentes, mantiene en estas tierras un estatus peculiar: acusada, investigada, pero nunca definitivamente condenada. Lo que sucede ahora en los tribunales porteños es más que un trámite procesal. Es una carrera contra el reloj donde la prescripción amenaza con cerrar puertas y borrar la posibilidad de castigo, mientras jueces toman decisiones que pueden significar que las acciones delictivas queden o no en la impunidad.

Los números hablan por sí solos sobre la magnitud de lo que Odebrecht reconoció en diciembre de 2016 ante el Departamento de Justicia de Estados Unidos. De esos casi 800 millones de dólares distribuidos como coimas en América Latina y África, aproximadamente 735 millones correspondieron a diez naciones latinoamericanas. La Argentina, en ese contexto global de corrupción sistémica, recibió una parte importante de esa lluvia de dinero ilícito: 35 millones de dólares entre 2007 y 2014. Ese volumen de recursos desviados hacia funcionarios públicos, empresarios y directivos de empresas estatales ocurrió durante gobiernos nacionales que otorgaban contratos para obras de infraestructura crítica del país. Plantas potabilizadoras, ampliaciones de gasoductos, proyectos ferroviarios: toda la arquitectura de inversión pública se cruzó con los pagos clandestinos de la constructora brasileña.

El contraste internacional que expone la singularidad argentina

El contexto comparativo es perturbador. En Brasil, donde el escándalo de Lava Jato sacudió la política desde 2014, expresidentes fueron condenados, aunque posteriormente algunos fallos fueron anulados. En Perú, cuatro expresidentes enfrentaron investigaciones serias. En Ecuador, un exvicepresidente cumplió condena. En Panamá, Colombia y Venezuela, el efecto dominó de revelaciones generó procesos penales que avanzaron a velocidades diversas pero siempre con movimiento. En Paraguay, Uruguay y otros países, hubo procesamiento de funcionarios. Argentina, donde Odebrecht pagó dinero en cantidades significativas, permanece en una zona gris: con causas abiertas pero sin sentencias condenatorias ejecutoriadas.

Los expedientes en territorio argentino se ramificaron en múltiples direcciones. Existe una causa relacionada con la construcción de dos plantas potabilizadoras en asociación con AySA que se encuentra en etapa de juicio oral, aproximándose a la emisión de un veredicto. Hay otro expediente vinculado al soterramiento del ferrocarril Sarmiento que permanece estancado en el juzgado de Marcelo Martínez de Giorgi desde 2018, hace más de ocho años, con indagados que aguardan procesamiento mientras el fiscal Franco Picardi reclama avances. Y luego están los casos de los gasoductos: obras de ampliación de la red nacional adjudicadas durante el gobierno de Néstor Kirchner con Julio De Vido como ministro de Planificación Federal. En esta última rama, el martes 23 de abril habrá sentencia en el Tribunal Oral Criminal Federal 2, que dirá si De Vido, acusado de negociaciones incompatibles con su función pública, resulta condenado o absuelto. Pero existe paralelamente otro expediente sobre los mismos gasoductos que enfrenta el peligro de que la acción penal prescriba.

El laberinto procesal de los gasoductos y la batalla por la prescripción

La investigación que hoy preocupa a la jueza María Eugenia Capuchetti arrancó hace casi dos décadas, en 2007, cuando llegó a la justicia federal una denuncia sobre irregularidades en la licitación y ejecución de obras de expansión de gasoductos. Se trataba de contratos para ampliar las redes de TGS (Transportadora de Gas del Sur) y TGN (Transportadora de Gas del Norte), donde Odebrecht habría pagado aproximadamente 25 millones de dólares a funcionarios para asegurar su adjudicación. En diciembre de 2019, el juez Daniel Rafecas bifurcó la investigación en dos caminos. Uno seguía como causa madre, enfocado en las negociaciones incompatibles que ahora será resuelta. El otro, dirigido específicamente hacia los sobornos presuntamente pagados, fue acumulando imputados: De Vido, Daniel Cameron (exsecretario de Energía), Julio Bragulat (que fue gerente general de Cammesa), Luis Beuret y Marcio Faria Da Silva (ambos exejecutivos de Odebrecht), Cristian Folgar, Bautista Marcheschi, y la propia constructora Norberto Odebrecht SA.

El drama penal ahora se centra en una cuestión que parece técnica pero que define todo: la prescripción. El delito investigado es cohecho, con máxima pena de seis años, y los últimos hechos se sitúan alrededor de 2014. Desde entonces, aproximadamente una década ha transcurrido. El problema es que el artículo 67 del Código Penal suspende el plazo de prescripción cuando uno de los imputados es o fue funcionario. La lógica legislativa detrás de esto es que un funcionario posee herramientas institucionales, contactos y poder que le permitirían obstaculizar la investigación o su propio enjuiciamiento. De Vido fue ministro hasta 2015 y luego diputado nacional hasta 2017. Bragulat ocupó la gerencia de Cammesa hasta 2020. En ambos casos, la fiscalía y la propia Capuchetti han sostenido en múltiples resoluciones que sus funciones activaban el mecanismo de suspensión, lo que significa que el plazo de prescripción no corría.

Pero entonces ingresó un tercer elemento: Cristian Folgar. En 2022, este imputado entró a la planta temporaria de la Cámara de Diputados como personal técnico y administrativo en el despacho de la entonces diputada Margarita Stolbizer. Permaneció en ese cargo hasta diciembre de 2025. En mayo pasado, la Sala II de la Cámara Federal dictó una decisión que casi pasa desapercibida: dos ejecutivos de Odebrecht, Beuret y Faria Da Silva, fueron sobreseídos por prescripción de la acción penal. Los jueces Roberto Boico y Eduardo Farah firmaron esa resolución, con el voto en contra de Martín Irurzun. Tres semanas después, la misma sala revocó el decreto mediante el cual Capuchetti había citado a Faria Da Silva a prestar declaración. El juez Boico, sin embargo, estableció una condición: antes de resolver definitivamente si la acción había prescripto, era necesario conocer con precisión qué función desempeñaba Folgar en el Congreso. ¿Tenía poder de decisión? ¿Acceso a información relevante? ¿Sus tareas guardaban relación con esta investigación?

El 11 de marzo de 2026, la propia Cámara de Diputados remitió un informe, firmado por Stolbizer, que detallaba las funciones de Folgar: trabajó como asesor en áreas de producción, infraestructura, energía, economía, presupuesto y hacienda. La defensa argumentó que se trataba de un asesor técnico sectorial sin poder decisorio, sin acceso al Poder Judicial ni al Ministerio Público, en rubros que nada tenían que ver con la investigación de sobornos en gasoductos. Para la defensa, su intervención no suspendía la prescripción. Para Capuchetti, la batalla es diferente: ella sostiene que la lógica debe prevenir que un funcionario use su cargo para dilatar procesos, incluso si sus atribuciones parecen limitadas en apariencia. El debate judicial ahora se desplaza entre interpretaciones: ¿basta ser funcionario para que se suspenda la prescripción, o debe demostrarse que ese cargo tuvo poder decisorio sobre el área investigada?

Este conflicto de interpretaciones se despliega en un contexto donde la justicia federal argentina ha mostrado trayectorias complejas. Los tres jueces que integran el Tribunal Oral Criminal Federal 2 —Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini— son los mismos que intervinieron en el caso de Vialidad, el expediente donde se investigó el manejo de fondos en obra pública durante gobiernos anteriores. El fiscal general Diego Luciani, en su alegato, caracterizó la adjudicación de los gasoductos a Odebrecht como un "claro e inadmisible direccionamiento", una maniobra que no dejaba espacio a la casualidad. Las penas que pidió fueron duras: cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, tanto para Cameron como para De Vido. Sin embargo, la sentencia del martes dirá si esa acusación prospera.

La carrera contra el tiempo y sus implicancias futuras

Lo que sucede en estos tribunales durante 2026 define si Argentina tendrá, finalmente, condenados por los sobornos que Odebrecht confesó. Si la acción penal prescribe en la causa paralela de cohecho, algunos imputados quedarían libres de toda persecución penal, aunque sus nombres permanezcan en registros históricos. Si la prescripción se frena argumentando que los cargos públicos de los investigados justifican la suspensión, la causa podría continuar su marcha judicial hacia veredictos futuros. La Sala I de la Cámara Federal de Casación, integrada por Daniel Petrone, Javier Carbajo y Ángela Ledesma (estos dos últimos subrogantes que pronto dejarán sus puestos), será quien resuelva definitivamente si el cargo de Folgar activa o no el mecanismo de suspensión.

La perspectiva histórica no es menor. Dos décadas de investigación, múltiples cambios de jueces, bifurcaciones procesales y debates sobre técnica penal han caracterizado el trayecto de esta causa desde 2007. Mientras tanto, los ejecutivos de Odebrecht ya fueron sobreseídos por prescripción. Los funcionarios argentinos permanecen en una zona de incertidumbre. El dinero de los sobornos, según admisión de la propia empresa, fue pagado. Las obras fueron ejecutadas. Los beneficiarios fueron señalados. Sin embargo, Argentina sigue siendo la excepción en un continente donde la justicia avanzó, con resultados variados pero siempre con movimiento. Lo que ocurra el martes con la sentencia del tribunal oral y lo que resuelva la Cámara de Casación sobre la prescripción definirá si esa excepcionalidad persiste.