Mientras la justicia continúa desplegando investigaciones en torno a un caso que involucra acusaciones de montaje policial orquestado y tráfico de estupefacientes, emerge una voz que hasta ahora no había tomado protagonismo público: la de Florencia Epelbaum, quien mantiene una relación sentimental con Elías Piccirillo, el empresario actualmente bajo restricción de movimiento en la localidad bonaerense de Banfield. Su intervención en los medios genera un nuevo ángulo de lectura sobre un expediente que ha acumulado giros inesperados durante los últimos meses y que involucra a funcionarios de seguridad, dinero en efectivo y testimonios contradictorios.
El punto de quiebre en esta historia se remonta a un incidente que, según las hipótesis investigativas, habría ocurrido tras una comida en el Palacio Duhau. Los registros judiciales sostienen que Piccirillo, en colaboración supuesta con efectivos de la policía metropolitana, habría dispuesto la colocación de un arma de fuego y cocaína en el vehículo de Francisco Hauque, quien fue su socio en negocios hasta que la relación se deterioró. La tesis que maneja la acusación apunta a que el operativo respondería a una venganza económica, derivada de una deuda cuyo monto y naturaleza aún permanecen bajo debate en los expedientes. Lo que comenzó como una denuncia de incriminación falsa derivó en una cadena de procesos que incluye pesquisas sobre transporte de narcóticos agravado, secuestro coercitivo, encubrimiento y portación clandestina de armas.
Un caso que se ramifica en múltiples direcciones
Los detalles del procedimiento que llevó a Piccirillo a la condición actual de confinamiento revelan la complejidad de las acusaciones. El juez Sebastián Casanello fue quien, en una etapa anterior de la causa, dispuso las medidas procesales contra el empresario, fundamentándose en los elementos probatorios disponibles. Sin embargo, meses después, en octubre de 2025, el sistema de apelaciones federales consideró prudente modificar la modalidad de encarcelamiento, sustituyendo la privación de libertad convencional por una prisión que permite al acusado permanecer en su domicilio bajo vigilancia. Este cambio normativo sugiere que el tribunal revisor estimó que, aunque existen indicios de participación, no existía riesgo de entorpecimiento de la investigación o fuga que justificara el encarcelamiento tradicional.
Pero la situación se complejizó aún más cuando, semanas atrás, se produjo un allanamiento en el departamento de Banfield donde Piccirillo cumple su confinamiento. El cateo fue ordenado por el juez Ariel Lijo, quien actualmente dirige la causa, tras una petición del fiscal Franco Picardi motivada en pruebas audiovisuales que generaron nuevas interrogantes. Esas imágenes muestran a la figura mediática Jesica Cirio en aparente proximidad a fajos de dinero en efectivo. La revelación de este material visual abrió una nueva línea de investigación que los magistrados consideraron necesario desarrollar mediante la búsqueda de elementos físicos en la propiedad. Dos efectivos policiales fueron citados posteriormente a declarar sobre el contenido de los videos, pero ambos fueron incapaces de confirmar si el espacio fotografiado correspondía realmente al vestuario mencionado en los registros visuales. Esto genera una capa adicional de incertidumbre sobre la veracidad y el alcance de la documentación que sustenta las nuevas sospechas.
La declaración de la pareja: fe y presencia cotidiana
Es en este contexto de enredo procesal donde Epelbaum decidió presentarse ante el micrófono. Su testimonio, aunque no constituye evidencia legal en el sentido estricto del término, comunica una perspectiva que trasciende los autos judiciales: la de alguien que frecuenta a Piccirillo regularmente y que afirma haber accedido a la documentación íntegra del expediente. "De A a Z vi el expediente y creo en su inocencia", fue su aseveración más contundente. La pareja relata que, a pesar de residir en un barrio diferente, mantiene encuentros periódicos con el empresario detenido en su domicilio de Banfield, lo que le permitiría, según su versión, estar en conocimiento de detalles que no son públicos.
Entre los reclamos que formula está la cuestión de las imágenes de alta definición que circularon en redes sociales y medios, en las cuales aparecería una estructura acuática en la terraza de Piccirillo. Epelbaum rebate esta información afirmando que se trata de artefactos generados mediante técnicas de inteligencia artificial, y precisa que el único objeto presente en el espacio exterior es una estructura inflable deteriorada de dimensiones notablemente menores. También se refiere al tema del dinero visualizado junto a Cirio, pero prefiere eludir un pronunciamiento directo, señalando que esa cuestión debe ser aclarada por el propio Piccirillo cuando corresponda procesualmente. Su postura general enfatiza la distancia entre lo que ella caracteriza como "fabricación mediática" y la realidad que ella alega presenciar directamente.
La declaración de Epelbaum cierra con una manifestación de compromiso personal: afirma que permanecerá junto a Piccirillo durante el transcurso legal, e incluso sugiere que, de prolongarse la medida cautelar, lo recibiría en su propio domicilio para cohabitar. Esta expresión de lealtad contrasta notablemente con la naturaleza adversarial de los procesos penales, donde típicamente los implicados enfrentan aislamiento social además de restricciones legales. Su declaración también contiene críticas globales sobre el rol de la cobertura periodística, argumentando que la información difundida frecuentemente se distancia de los hechos verificables y que existe una predisposición a amplificar lo sensacional por sobre lo preciso.
Las implicancias de una defensa privada en la esfera pública
El acto de comparecer públicamente en defensa de un acusado en un caso de estas características presenta aristas que merecen análisis. Por un lado, refleja el derecho fundamental que toda persona tiene a contar con respaldo afectivo durante procesos legales. Por otro, introduce en la narrativa del caso una voz que, sin ser parte formal de los autos, busca influir sobre la percepción pública de la culpabilidad. Esto plantea interrogantes sobre cómo los sistemas de justicia penal contemporáneos negocian entre la presunción de inocencia, la necesidad de investigación exhaustiva y la capacidad que tienen los actores implicados de moldear la opinión mediante apariciones mediáticas. Epelbaum no actúa como abogada defensora ni como perita, sino como testigo circunstancial y acompañante emocional, lo que sitúa su palabra en una zona gris entre el testimonio relevante y la expresión de solidaridad personal. La pregunta que subyace es si este tipo de intervenciones públicas generan dinámicas que favorecen o dificultan la búsqueda de verdad en expedientes complejos que involucran múltiples líneas de investigación simultáneas.
Mientras tanto, la estructura procesal continúa su marcha. El expediente contra Piccirillo permanece bajo instrucción judicial activa, con nuevas pericias sobre evidencia audiovisual, testimonios de funcionarios públicos cuyo rol aún requiere esclarecimiento, y un repertorio de acusaciones que incluye figuras penales de considerable gravedad. La prisión domiciliaria que cumple en Banfield representa una situación transitoria: ni libertad plena ni encarcelamiento convencional, sino una modalidad intermedia que implica restricción de movimiento pero preservación de ciertos espacios de privacidad y vida cotidiana. Cada desarrollo que emerge en el caso—ya sea la consulta a peritos sobre edición digital de imágenes, las declaraciones de efectivos policiales sobre la ubicación de vestuarios, o las nuevas órdenes de allanamiento—contribuye a un mosaico investigativo que aún no ha alcanzado definición. La intervención de Epelbaum en este panorama añade un elemento narrativo que humaniza al acusado sin resolver ninguna de las interrogantes jurídicas pendientes, pero que sí marca un punto en la batalla por la construcción de sentido público sobre lo que sucedió, cuándo sucedió, y quién es responsable de qué.



