Tras andadura judicial de una década y media, los últimos compases de un proceso que marcó la administración de viviendas sociales durante los años kirchneristas llegan a su definición. En la jornada de ayer, ante el Tribunal Oral Federal N° 5, se desplegó un combate de argumentaciones entre defensores y acusadores respecto de lo que la fiscalía caracteriza como un mecanismo fraudulento de desmantelamiento de recursos estatales. El imputado Sergio Schoklender, quien ejercía el control administrativo en la Fundación Madres de Plaza de Mayo, solicitó explícitamente su exoneración, negando categóricamente la existencia de irregularidades en la ejecución de las obras que habrían sido financiadas con dinero público federal. La defensa, por su parte, esgrimió argumentos procedimentales que cuestionan la validez misma del prolongado proceso judicial.
Una defensa basada en el tiempo transcurrido y el impacto territorial
Los letrados Hernán Figueroa y Alan Swanston, responsables de la estrategia defensiva de Schoklender, presentaron ante el tribunal dos líneas argumentativas de envergadura distinta. Por un lado, plantearon que el lapso de quince años que median entre el inicio de las investigaciones y el presente constituye una violación flagrante al derecho a ser juzgado dentro de plazos razonables. Esta línea de defensa busca aprovechar estándares internacionales y constitucionales que establecen que la duración excesiva de un proceso puede transformarlo en nulo per se, independientemente de los méritos de fondo. "Vamos a volver a insistir sobre lo que tiene que ver con la duración del proceso, con la cuestión relativa al plazo razonable. Nosotros consideramos que se encuentra violado", manifestó Figueroa durante su intervención oral.
Por otro lado, la defensa propuso una narrativa que exalta los logros concretos del programa Sueños Compartidos, enfatizando que todas las viviendas fueron completadas y que el impacto territorial en los barrios que las recibieron constituyó un beneficio real para miles de familias. Este argumento apunta a desdibujar la caracterización de fraude presentando la obra realizada como prueba de que no existió desviación, sino más bien una gestión alternativa de recursos que, según su perspectiva, alcanzó los objetivos sociales propuestos. La defensa busca así reencuadrar el debate desde lo procesal hacia lo sustancial: si las viviendas se construyeron, entonces el dinero no fue desviado sino empleado.
La acusación: un esquema sistemático de defraudación
Frente a esta batería defensiva, el fiscal Diego Velazco, acompañado por la querella de la Unidad de Información Financiera, presentó una narrativa radicalmente opuesta. Según el relato de la acusación, entre los años 2008 y 2011, durante el mandato presidencial de Cristina Fernández de Kirchner, se articuló un aparato delictivo destinado a extraer recursos públicos mediante mecanismos que eludían los controles convencionales. La fiscalía sostiene que el Estado Nacional giró más de 748 millones de pesos hacia la Fundación Madres de Plaza de Mayo, utilizando como vehículo legal convenios que no fueron sometidos a procesos licitatorios competitivos.
De ese volumen de transferencias, la acusación cuantifica en más de 200 millones de pesos—aproximadamente el 23 por ciento del total—el monto que habría sido sustraído o desviado de su destino original. Velazco construyó su argumento alrededor de la idea de que el mecanismo funcionaba como una pantalla: "nada era gratis. Todo se pagaba, pero nada se cumplía, todo era una pantalla", expresó durante sus alegatos. Esta frase busca condensar la tesis de que mientras en los papeles registraban avances y trabajos realizados, en la realidad los fondos se diseminaban hacia destinos no declarados. La acusación específica que los imputados utilizaron la Fundación para evadir controles estatales normalizados, otorgaron ventajas económicas indebidas a los administradores, realizaron cambios en las especificaciones de obras sin justificación técnica y extendieron artificialmente los tiempos de ejecución.
Geografía del presunto fraude: una red que se extendía por todo el país
Lo que destaca de este caso es su alcance territorial. La estructura fraudulenta, según la fiscalía, no se limitó a un único municipio o provincia, sino que se desplegó como una red que cubría múltiples jurisdicciones. La acusación menciona a la capital federal, los municipios bonaerenses de Tigre, Almirante Brown y Ezeiza, las ciudades de Rosario, Santa Fe y San Carlos de Bariloche, así como las provincias de Chaco, Santiago del Estero y Misiones. Esta distribución geográfica sugiere un grado de coordinación y planificación que iba más allá de irregularidades aisladas, configurando lo que la acusación describe como un "esquema criminal".
En el banco de acusados figuran nombres que resonaron durante la administración kirchnerista. Julio De Vido, quien encabezaba el entonces Ministerio de Planificación, aparece como pieza central del dispositivo, siendo el funcionario responsable de autorizar las transferencias. José López, cuya posterior detención en 2016 cuando transportaba bolsas con dinero en efectivo capturaría la atención mediática nacional, también integra el grupo de imputados. Abel Fatala, exsubsecretario de Obras Públicas, completa el cuarteto. Durante la audiencia anterior, Fatala ya había presentado argumentos prescriptivos, planteando que el tiempo transcurrido habría extinguido la acción penal en su contra según lo dispuesto por el Código Penal.
Las penas solicitadas y la etapa final del proceso
Las penas que la fiscalía solicita reflejan la severidad con que interpreta los hechos. Para Schoklender se pide una condena de hasta seis años de prisión, mientras que para otros imputados se solicitan penas de cuatro años. Estas cifras representan sanciones significativas dentro del espectro penal argentino, aunque no alcanzan los límites máximos previstos para delitos de corrupción administrativa en sus modalidades más graves. El juicio oral comenzó en marzo del presente año, luego de que transcurrieran quince años desde que iniciara la investigación preliminar. Ahora se encuentra en su fase final, donde los alegatos de las defensas constituyen uno de los últimos actos antes de que el tribunal se retire a deliberar y pronuncie sentencia.
La importancia de este caso trasciende los nombres de los imputados o los montos específicos involucrados. Representa un momento de rendición de cuentas respecto de cómo se administraron recursos públicos destinados a una necesidad social fundamental: el acceso a vivienda digna. La duración del proceso judicial—quince años desde su inicio hasta llegar a alegatos—es en sí misma un fenómeno que merece consideración. Algunos observadores podrían ver en esa extensión una garantía de que se han agotado todas las investigaciones posibles; otros, en cambio, podrían argumentar que una justicia que tarda tanto tiempo en resolver casos pierde eficacia disuasoria y capacidad para reparar daños en tiempo presente. Lo cierto es que los argumentos defensivos respecto a la violación del plazo razonable encuentran cierto asidero en estándares internacionales de derechos humanos que exigen que los procesos se resuelvan en tiempos que no excedan considerablemente el parámetro de lo ordinario.
Perspectivas y consecuencias del veredicto pendiente
Cuando el tribunal dicte sentencia, habrá un momento de clarificación sobre cuál fue la verdad de los hechos acaecidos durante ese quinquenio 2008-2011. Si la sentencia acompaña la posición fiscal, establecerá un precedente importante: que los funcionarios de alto nivel no pueden utilizar organizaciones de la sociedad civil como vehículos para desviar fondos destinados a programas sociales. Si, por el contrario, el tribunal otorga prevalencia a los argumentos defensivos—ya sea por las objeciones procedimentales respecto al plazo o por una valoración diferente de las pruebas—enviaría un mensaje distinto sobre los márgenes de discrecionalidad que pueden ejercer las autoridades en la gestión de recursos públicos. En cualquier caso, el resultado del presente proceso tendrá implicaciones que se proyectarán hacia las futuras políticas de vivienda social, los mecanismos de control administrativo y la determinación de responsabilidades en estructuras institucionales complejas donde participan organismos estatales y entidades privadas o de la sociedad civil.


