Un proyecto de magnitud legislativa poco común llegó esta semana a los debates parlamentarios con un objetivo que desafía décadas de tradición legal argentina: permitir la constitución de empresas que funcionen sin participación humana alguna, operadas exclusivamente por sistemas de inteligencia artificial y protocolos digitales automatizados. La iniciativa, presentada por Federico Sturzenegger, titular de la cartera de Desregulación y Transformación del Estado, generó inmediatamente tensiones políticas en la Comisión de Legislación General del Senado, donde el funcionario debió defender la viabilidad jurídica y económica de estas nuevas figuras societarias frente a cuestionamientos de sectores opositores que ven en el proyecto una amenaza para el empleo y la estabilidad regulatoria del país.
La propuesta trasciende la simple incorporación de tecnología a procesos administrativos conocidos. Se trata de una reformulación integral del régimen de sociedades mercantiles que busca, según la postura oficial, atraer inversiones de empresas tecnológicas globales mediante la creación de marcos legales flexibles y modernos. Entre sus componentes más controversiales figuran la Sociedad Automatizada de Inteligencia Artificial, que permitiría que algoritmos tomen decisiones operativas y estratégicas sin mediación de personas físicas, y la Sociedad Descentralizada Autónoma Operativa (DAO), basada íntegramente en contratos inteligentes y protocolos blockchain que funcionarían de manera autónoma del factor humano. Además, el proyecto incorpora otras figuras como la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), ya experimentada durante gobiernos anteriores, y expande la posibilidad de constituir negocios unipersonales con requisitos mínimos de trámite registral.
La defensa oficial y el argumento de la responsabilidad legal
Sturzenegger, acompañado en la presentación por la subsecretaria Paula Taddei y el jefe de la Inspección General de Justicia Alejandro Ramírez, enfatizó durante su intervención que la creación de estas organizaciones automatizadas no implica la evasión de responsabilidades civiles ni legales. El ministro recurrió a un símil cotidiano para ilustrar su posición: comparó la confianza requerida para usar sistemas de inteligencia artificial en estas estructuras empresariales con la que millones de personas depositan diariamente en aplicaciones de navegación satelital de amplio uso global. Según esta lógica, si la tecnología algorítmica es suficientemente confiable para guiar vehículos por las calles de ciudades enteras, también lo sería para administrar patrimonios y tomar decisiones comerciales dentro de un marco regulatorio definido.
En cuanto al mecanismo de responsabilidad, Sturzenegger aclaró que las organizaciones automatizadas operarían bajo el mismo esquema que las sociedades anónimas tradicionales: el patrimonio social respaldaría cualquier obligación o daño generado por sus operaciones. Es decir, acreedores y terceros afectados tendrían acceso a los bienes de la empresa para recuperar sus derechos, independientemente de que la toma de decisiones sea humana o automatizada. El funcionario también adelantó una postura flexible respecto a futuras modificaciones, reconociendo que a medida que estas nuevas figuras se desplieguen en la práctica, probablemente surgirán situaciones imprevistas que exigirán ajustes normativos. Esta apertura a la revisión continua fue presentada como un mecanismo de adaptación permanente, no como una limitación grave del proyecto.
Paralelamente, Sturzenegger subrayó el propósito económico central de la reforma: convertir a Argentina en una jurisdicción atractiva para la radicación de empresas tecnológicas internacionales. Enfatizó que estas compañías pagarían impuesto a las ganancias en territorio nacional, generando ingresos fiscales que, desde la perspectiva del gobierno, contribuirían a la recuperación económica. Esta promesa de captación de divisas y recaudación tributaria constituye uno de los pilares argumentativos del proyecto, presentado como herramienta de modernización regulatoria que busca competir con otras jurisdicciones latinoamericanas e internacionales en la atracción de inversión en el sector tecnológico.
Las objeciones y el debate de fondo sobre empleo y seguridad jurídica
La bancada kirchnerista no tardó en articular una respuesta contundente. Martín Soria, senador por Río Negro, cuestionó el proyecto en términos que trascienden la discusión técnica. Para Soria, la iniciativa representa un eslabón más en una cadena de políticas públicas orientadas a erosionar la matriz de empleo y protección laboral construida durante décadas. Utilizó el concepto de "industricidio" para describir el efecto acumulativo que, a su juicio, generan las medidas de gobierno, y formuló un interrogante específico sobre cómo organismos internacionales de control, como el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), encargado de supervisar mecanismos de prevención de lavado de activos, evaluarían una reforma que permite la constitución de entidades prácticamente intangibles desde el punto de vista de la supervisión humana.
La crítica de Soria aborda dos dimensiones distintas pero complementarias. Por un lado, la preocupación inmediata sobre el impacto en el mercado laboral: si las empresas pueden operar sin empleados directos, ¿cuál es el aporte al desarrollo productivo de un país con tasas históricamente altas de desempleo e informalidad? Por otro, la inquietud regulatoria y de cumplimiento normativo: ¿qué capacidad de supervisión y control tiene el Estado sobre estructuras empresariales que carecen de representantes humanos y cuyas decisiones son tomadas por algoritmos potencialmente opacos? Estas interrogantes sumergen al debate legislativo en territorio más profundo que la mera discusión técnica sobre modernización legal.
El proyecto, en su amplitud, no se agota en las figuras automatizadas. También incorpora transformaciones que afectan el régimen de registros societarios, permitiendo la centralización digital de datos; habilita la operación completamente remota de juntas directivas y asambleas de socios mediante plataformas telemáticas; y expande significativamente las modalidades de aporte de capital, incluyendo activos digitales, criptomonedas y prestaciones en especie. Asimismo, introduce la posibilidad de expresar el capital social en monedas extranjeras, una disposición que apunta directamente a facilitar la radicación de capital internacional sin necesidad de conversión a moneda local. Cada una de estas modificaciones, aisladamente, puede justificarse desde ópticas de eficiencia y modernización; en conjunto, configuran un cambio paradigmático en la estructura legal que regula la vida económica de las personas jurídicas.
La continuación de estos debates en las comisiones legislativas durante las próximas semanas definirá si Argentina se posiciona en la vanguardia regulatoria del uso de inteligencia artificial en estructuras empresariales, o si opta por incorporar límites y salvaguardas que moderen el alcance de estas nuevas figuras. Las implicancias potenciales son múltiples: por un lado, la posibilidad de atraer inversión tecnológica sin precedentes y consolidar a Argentina como hub de innovación regulatoria en la región; por otro, los riesgos inherentes a permitir la operación económica sin participación humana directa, incluyendo interrogantes sobre gobernanza, supervisión, responsabilidad difusa y el eventual desplazamiento de oportunidades laborales. Distintos sectores de la sociedad civil, empresarios, laboralistas y académicos del derecho comercial observan atentamente cómo se resuelve esta tensión fundamental entre modernización y protección.



