En el corazón de la administración municipal de San Isidro permanece un caso que desafía las certezas sobre qué puede resolverse mediante acuerdos económicos y qué trasciende esos límites. Un funcionario electo, Alberto Montes, integrante de la bancada libertaria en el Concejo Deliberante, grabado por sistemas de vigilancia mientras ejecutaba un tocamiento sin consentimiento sobre una compañera de trabajo, hoy se debate entre dos frentes judiciales simultáneos: uno civil, aparentemente "cerrado" mediante un resarcimiento de doce millones de pesos, y otro penal que avanza inexorablemente hacia un juicio oral pautado para octubre próximo. La divergencia entre ambos procesos revela una tensión profunda en torno a si ciertos hechos pueden considerarse zanjados mediante el dinero o si, al contrario, representan afrentas que la ley penal debe perseguir más allá de cualquier arreglo civil.

El video que lo incriminó y la defensa que generó más polémica

La grabación de las cámaras de seguridad que registró el incidente no deja margen para interpretaciones ambiguas: Montes ingresó a una oficina de la dirección de Tránsito municipal, se acercó por detrás a una empleada que realizaba sus tareas y le propinó una palmada en la zona de las glúteos. El hecho ocurrió sin mediar consentimiento, sin acuerdo previo, sin contexto que justificara la conducta. La reacción de la víctima fue defensiva: golpeó al funcionario con el puño en respuesta inmediata al contacto no deseado. Sin embargo, la explicación que posteriormente brindó Montes ante los micrófonos redimensionó completamente los términos del debate. "Lo que intentó ser un chiste derivó en una denuncia", expresó el concejal, intentando convertir un acto de contacto físico no consensuado en un malentendido de tono, una cuestión de sensibilidades divergentes o de humor mal calibrado. Esta caracterización del tocamiento como "broma" no sólo falló en captar la gravedad del gesto, sino que generó una reacción de repudio aún mayor en ámbitos políticos y sociales que vieron en la respuesta una trivialización inaceptable de conductas que vulneran la integridad corporal de otro ser.

La estrategia discursiva del funcionario incluyó además una dimensión política inusitada. Montes argumentó que la "difusión política" del caso respondía a su entonces condición de candidato, sugiriendo que el escándalo formaba parte de una maniobra electoral en su contra. Esta lectura buscaba despersonalizar el hecho, desvincularlo de su responsabilidad individual y reposicionarlo como una jugada de contrincantes políticos. Dicha caracterización resultó particularmente problemática porque, lejos de exculparlo o de instalar dudas sobre la intención de sus críticos, enfatizó la paradoja: un funcionario que comete un acto registrado por cámaras intenta deslegitimar la indignación pública apelando a conspiraciones electorales.

El acuerdo civil que no cierra la puerta penal

Frente a la presión judicial y mediática, Montes optó por negociar en el ámbito civil. El resultado fue un pacto de resarcimiento por doce millones de pesos, cifra que según reportes provenientes de fuentes judiciales ha experimentado atrasos en su cronograma de pago. El arreglo se estructura en cuotas variables, que oscilan entre un millón y tres millones de pesos, configurando un plan que se extiende en el tiempo. El concejal pretendió que este acuerdo funcionara como un cierre simbólico y práctico de la controversia. "Hubo un pedido de disculpas y de acuerdo", afirmó escuetamente ante consultas de medios, intentando instalar la narrativa de que el conflicto había sido resuelto y que las partes habían llegado a un entendimiento satisfactorio.

Sin embargo, la realidad procesal es más compleja. El acuerdo civil no extingue ni suspende la acción penal. El Juzgado Correccional Número 5 mantiene activa una causa caratulada como "Abuso Sexual", ajena a cualquier negociación económica. Los fiscales y querellantes han rechazado desistir de la persecución, interpretando que el material probatorio —la grabación de vigilancia— es inequívoco y suficiente. La Justicia ya rechazó un pedido anterior del concejal para que la causa fuera sobreseída, argumentando precisamente que las pruebas resultan "elocuentes" y no dejan espacio para dudas sobre lo ocurrido. Esto significa que Montes deberá presentarse ante un tribunal, que escuchará los testimonios de la víctima, los peritos, los testigos, y que emitirá una sentencia tras evaluar en profundidad la legalidad y responsabilidad penal de sus actos. No hay acuerdo económico que pueda abortar ese proceso.

Las sombras de una capacidad financiera cuestionada

Un detalle económico ha despertado interrogantes entre sectores de la oposición municipal: Montes percibe un sueldo neto de dos millones de pesos en su carácter de concejal, cifra que resulta inferior a las cuotas máximas pautadas en el acuerdo resarcitorio. Además, existe una prohibición legal que le impide desarrollar otras actividades económicas o comerciales que pudieran complementar sus ingresos. Esta combinación genera un escenario paradójico: un funcionario que acometió contra alguien que se presume vulnerable —una empleada municipal— ahora enfrenta dificultades para financiar las reparaciones que la justicia civil le impuso. Desde el bloque opositor de Fuerza Patria, la concejal Estefanía Rivadulla no dudó en cuestionar la situación desde una perspectiva ética: "No podemos hablar de valores y respeto mientras elegimos el silencio frente a hechos que conmocionan a la comunidad". Su declaración apuntó directamente a lo que percibe como una normalización de conductas que debería ser inaceptable en la administración pública.

La imposibilidad de que Montes pueda cubrir completamente sus obligaciones resarcitorias con su salario público plantea interrogantes sobre cómo procederá: si recurriría a préstamos, si su familia financiaría las cuotas, o si eventualmente incumpliría el acuerdo, lo que generaría nuevas complicaciones legales. Por mientras, mantiene su cargo en el Concejo Deliberante, asistiendo a sesiones y participando en deliberaciones sobre políticas municipales, mientras el cronograma de pagos acumula atrasos según las fuentes judiciales consultadas.

La persistencia de la acción penal y el juicio que se aproxima

El eje fundamental que distingue este caso de otros conflictos de similar naturaleza radica en que la acción penal no ha sido negociada, suspendida ni archivada. El juicio oral está pautado para octubre, lo que significa que en cuestión de meses Montes deberá enfrentarse a un debate contradictorio donde la Fiscalía y la querella expondrán su teoría del caso, presentarán pruebas, examinarán testigos, y buscarán demostrar ante un tribunal que su conducta se enmarca en la tipificación de abuso sexual. La defensa, por su parte, contará con la oportunidad de argumentar su versión, cuestionar las pruebas y solicitar la absolución. La grabación de seguridad, clave en el expediente, será reproducida y analizada en ese contexto judicial. La Justicia habrá de determinar si lo ocurrido constituye un delito o si, como intenta argumentar Montes, se trató de una broma mal interpretada cuyas consecuencias fueron amplificadas por consideraciones políticas. Esta incertidumbre jurídica contrasta con la certeza que emana del registro visual del hecho.

Es notable que la estrategia de defensa que Montes desplegó públicamente —presentar el tocamiento como una broma, atribuir la denuncia a maniobras electorales, cerrar el capítulo mediante un acuerdo civil— no ha tenido efecto alguno en la esfera penal. Los jueces han permanecido impermeables a estos argumentos. El sobreseimiento que solicitó fue rechazado. La causa avanza. El calendario se aproxima al momento en que la verdad procesal deberá establecerse en audiencia pública, en un contexto donde los abogados de ambas partes cruzarán argumentos y donde los magistrados evaluarán, más allá de acuerdos o desacuerdos civiles, si la conducta tipifica un delito.

Perspectivas abiertas y consecuencias futuras

Las derivaciones de este caso se despliegan en múltiples direcciones, cada una con implicancias distintas. Si el tribunal declara culpable a Montes en octubre, la condena penal podría incluir penas de libertad condicional, restricciones de derechos, antecedentes penales y reputacionales que marcarían su trayectoria política. Las normas de ética pública y los protocolos municipales podrían activarse para evaluar su continuidad en el cargo. Por el contrario, si la sentencia lo absuelve, Montes recuperaría una legitimidad que por ahora permanece debilitada, aunque el acuerdo civil ya suscrito mantendría en pie sus obligaciones resarcitorias. En cualquier escenario, la víctima habrá de enfrentar el proceso penal como querellante, reviviendo el episodio traumático durante los alegatos y el juicio, lo que plantea interrogantes sobre el costo emocional de la persecución penal incluso cuando existe un acuerdo compensatorio. La municipalidad de San Isidro, por su parte, deberá reflexionar sobre qué mensajes institucionales emanan de que un funcionario en ejercicio sea juzgado por conductas de esta índole. La comunidad electoral santarroyense seguirá el proceso con atención, calibrando en función de los resultados judiciales su evaluación de la calidad ética de sus representantes. El caso, lejos de estar cerrado por el acuerdo civil, inaugura un nuevo capítulo en la esfera penal donde las incertidumbres prevalecen.