En las próximas semanas, cuatro ex integrantes de la Policía Federal deberán presentarse ante la Justicia para responder preguntas sobre hechos ocurridos hace casi 50 años en una parroquia del barrio porteño de Belgrano. Se trata de una medida que marca un quiebre en una investigación que ha permanecido estancada durante décadas, enfocándose ahora en la responsabilidad específica de efectivos policiales en facilitar uno de los crímenes más graves cometidos contra religiosos durante el régimen militar que gobernó Argentina entre 1976 y 1983. El hecho que está nuevamente bajo la lupa judicial es la muerte violenta de tres sacerdotes y dos seminaristas asesinados en la madrugada del 4 de julio de 1976, en circunstancias que sugieren una operación coordinada entre fuerzas represivas y funcionarios que debían garantizar el orden público.

Los cuatro efectivos convocados a indagatoria son Miguel Ángel Romano, quien ostentaba el rango de oficial ayudante y actualmente tiene 72 años; Atilio Edgardo Juárez, sargento de entonces, con 81 años en la actualidad; Serafín Losada, que era agente en ese período y hoy cuenta 76 años; y Héctor Roberto Olivetto, oficial principal en aquel momento, ahora con 82 años. La decisión fue tomada por el juez federal Daniel Rafecas, quien dirige el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3. Las declaraciones indagatorias están programadas para desarrollarse durante la última semana de junio y la primera quincena de julio, una temporalidad que no es casual: el calendario judicial se aproxima al aniversario número 50 de la masacre, una fecha que reviste particular significación simbólica para víctimas, familiares y comunidades afectadas.

La noche del crimen y el rol de la policía

Reconstruir lo acontecido en esas primeras horas de la madrugada del 4 de julio requiere examinar los registros que, pese a irregularidades posteriores, permiten establecer una secuencia de eventos. Alrededor de las dos de la madrugada, un vecino de la zona alertó sobre la presencia de dos automóviles Peugeot 504, uno de tonalidad roja y otro claro, estacionados frente a la casa parroquial ubicada en la intersección de calles Estomba y Echeverría. Los vehículos tenían ocupantes dentro, lo que motivó al residente a comunicarse con la comisaría local para reportar el movimiento inusual. En respuesta a esa denuncia, la seccional 37ª despachó un móvil policial con los agentes Romano, Juárez y Losada a bordo. Una vez en el lugar, según consta en los documentos de investigación, Romano se comunicó con los ocupantes de los Peugeot. Estos individuos indicaron que formaban parte de una estructura de seguridad y que procederían a ejecutar un operativo categorizado como "antisubversivo". Lo que ocurrió a continuación resulta determinante para comprender la dinámica que permitió el crimen: en lugar de frenar lo que constituía una actividad sospechosa o irregular, los efectivos presentes tomaron medidas para facilitar el desarrollo de esas acciones.

Bajo el procedimiento conocido como "zona liberada", la policía local aseguró las condiciones necesarias para que el supuesto operativo se llevara a cabo sin obstáculos. Más aún, los agentes advirtieron a un custodio que laboraba en una vivienda próxima que, si escuchaba detonaciones, debía permanecer en el interior de su domicilio, justificando la advertencia con referencias despectivas a los futuros objetivos del operativo. Momentos después, un grupo de personas armadas ingresó a la parroquia. Dentro del edificio se encontraban Alfredo Leaden, delegado provincial de la congregación religiosa; Alfredo Kelly, párroco de San Patricio; Pedro Duffau, sacerdote; y dos seminaristas de la orden, Salvador Barbeito y Emilio Barletti. Estos cinco religiosos fueron acribillados. Sus cuerpos fueron encontrados posteriormente alineados sobre una alfombra roja que portaba inscripciones acusatorias, calificándolos como "adoctrinadores de mentes vírgenes", una frase que refleja la retórica represiva de la época.

Encubrimiento institucional y demoras procesales

Lo que sucedió después del crimen no fue menos relevante que los eventos inmediatos al asesinato. La estructura de comando de la comisaría 37ª, incluyendo al comisario Rafael Fensor y al jefe de servicio Olivetto, omitió consignar en las actas oficiales tanto la denuncia inicial del vecino como la identificación de los vehículos y sus ocupantes realizada esa noche. Esta omisión no puede ser atribuida a descuidos administrativos menores; representa una decisión institucional de no dejar registro de hechos centrales que conectaban directamente a la policía local con un crimen de gravedad extrema. Durante los años posteriores, la investigación de la masacre de San Patricio fue objeto de múltiples irregularidades procesales que obstaculizaron el acceso a la verdad. La escena del crimen no fue preservada adecuadamente, comprometiendo la recolección de evidencia. Aún más grave resultó la demora de siete meses en trasladar el material balístico al tribunal competente, un retraso que en ese contexto histórico no puede interpretarse como un simple fallo administrativo sino como parte de un patrón de obstaculización.

El descubrimiento de los cinco cuerpos fue realizado por Rolando Savino, organista de la parroquia, quien se encontró con la escena de devastación al llegar a la institución religiosa. El hallazgo de los restos alineados de esa manera específica, con la alfombra portadora de acusaciones ideológicas, fue comunicado a las autoridades. Sin embargo, la cadena de custodia de la evidencia, los procedimientos de investigación inicial y la preservación de indicios quedaron marcados por falencias que perseguirían el caso durante décadas. Esta situación no era excepcional en el contexto de entonces: durante la dictadura y en los primeros años posteriores a 1983, numerosas investigaciones sobre crímenes de lesa humanidad sufrieron obstrucciones sistemáticas. Lo inusual es que en este caso, casi cinco décadas después, la Justicia Federal ha decidido reabrir caminos de investigación que parecían cerrados.

El viraje procesal y la búsqueda de responsabilidades diferenciadas

La investigación perteneció durante un tiempo prolongado a lo que se conoce como la megacausa ESMA, un proceso judicial que centraliza numerosos casos de represión durante el régimen dictatorial. Sin embargo, un quiebre significativo ocurrió cuando Víctor Luchina, un testigo clave que posteriormente adoptó una posición colaborativa con la justicia, brindó declaraciones que permitieron reorientar la pesquisa. Su testimonio viabilizó que la investigación se enfocara específicamente en la responsabilidad de dos estructuras: la Coordinación Federal y la propia Comisaría 37ª. Este reenfoque resultó en que el expediente fuera derivado al juzgado de Rafecas, especializado en crímenes federales de naturaleza grave. La decisión de citar a indagatoria a los cuatro ex efectivos responde a una estrategia investigativa que diferencia responsabilidades y nichos de participación dentro de una estructura represiva. Mientras que otros actores pueden estar vinculados a la ejecución material de los asesinatos, estos cuatro policías estarían siendo investigados por dos aspectos cruciales: primero, la facilitación del crimen mediante la "liberación de la zona"; segundo, el encubrimiento posterior del hecho mediante la alteración de registros y la no documentación de información fundamental.

Ramiro Varela, portavoz de la organización Palotinos por la Memoria, la Verdad y la Justicia, ha caracterizado este avance procesal como el más significativo registrado en cuatro décadas. Según sus referencias, los procesamientos del año 1986 representaron hasta hace poco el movimiento judicial más relevante en torno a este caso. La reactivación de la investigación bajo nuevas perspectivas y con profundidad en responsabilidades diferenciadas es interpretada por los sectores vinculados a las víctimas como un cambio fundamental en la búsqueda de accountability. El querellante Pablo Llontes ha señalado la paradoja temporal que reviste este proceso: cuatro policías serán interrogados por un crimen que cumplirá medio siglo sin que anteriormente hubiera habido un llamado a indagatoria por la muerte de cinco religiosos, un delito que ha marcado profundamente tanto a la sociedad argentina como a las instituciones eclesiásticas. Su intervención en ámbitos legislativos ha puesto de relieve la dilación histórica de la Justicia en este asunto específico.

El crimen cometido el 4 de julio de 1976 no fue un hecho aislado. Ocurrió dos días después del atentado registrado en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal, en un contexto donde las fuerzas represivas ejecutaban represalias organizadas contra sectores que consideraban amenazantes. La masacre de San Patricio se inscribió en una serie de operaciones de represión que, aunque perpetradas por distintos agentes, formaban parte de una lógica represiva compartida. El asesinato de cinco miembros de una orden religiosa particular, la congregación de Padres Palotinos, fue el acto represivo de mayor envergadura dirigido contra la Iglesia Católica en Argentina. Este contexto amplificó la resonancia social del crimen y también la complejidad de su investigación, ya que involucraba no solamente cuestiones de seguridad interna sino también dimensiones políticas, religiosas y de derechos humanos fundamentales.

Reconocimiento patrimonial y búsqueda de dignificación de la memoria

En paralelo a los avances judiciales, la comunidad religiosa y los familiares de las víctimas han impulsado iniciativas destinadas a que el lugar del crimen sea reconocido como sitio de importancia histórica y cultural. En diciembre de 2024, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires declaró a la parroquia de San Patricio como Patrimonio Cultural de la Ciudad. Esta designación representa un reconocimiento institucional de que el predio trasciende su función religiosa cotidiana y constituye un espacio donde se concentra una memoria colectiva de injusticia y dolor. Los impulsores de esta iniciativa, especialmente la organización de familiares vinculada a la congregación palotina, han expresado su intención de que esta declaración inicial sea el punto de partida para obtener una categorización aún más abarcativa: la de monumento histórico nacional. Un reconocimiento de esa envergadura significaría que el Estado argentino asume formalmente el carácter paradigmático del crimen y su importancia en la narrativa nacional sobre violaciones de derechos humanos durante el período dictatorial.

Las declaraciones formuladas por voceros de la comunidad palotina subrayan que la tarea de construcción memorial no se agota en la preservación del espacio físico. Más allá de las placas, las designaciones patrimoniales y los reconocimientos administrativos, está la búsqueda sostenida de verdad histórica y de justicia en relación con lo que denominan expresamente como un "crimen de lesa humanidad". La categorización legal es fundamental: los crímenes de lesa humanidad poseen características que los distinguen cualitativamente de otros delitos, entre ellas el ataque sistemático contra población civil y la gravedad de las consecuencias. La masacre de San Patricio, en este marco, representa el ataque más grave perpetrado por fuerzas represivas contra una institución religiosa en la historia argentina contemporánea. Esta clasificación tiene implicancias procesales directas: los crímenes de lesa humanidad no prescriben, no pueden ser sujeto de amnistías y obligan al Estado a investigar, juzgar y sancionar a los responsables.

Perspectivas abiertas y cuestiones pendientes

La citación a indagatoria de estos cuatro ex policías abre interrogantes sobre las direcciones que seguirá la investigación y los posibles alcances de las responsabilidades a determinar. En primer término, está la cuestión de la cadena de mandos: ¿hasta qué nivel de la estructura policial y de las fuerzas represivas se extienden las responsabilidades institucionales en la facilitación del crimen? ¿Existían órdenes superiores que justificaban el procedimiento de "zona liberada", o se trataba de decisiones tomadas en nivel táctico? En segundo lugar, la reactivación judicial plantea expectativas en torno a la posibilidad de que otros actores involucrados en el crimen, particularmente aquellos que perpetraron los asesinatos materiales, sean también identificados y procesados. Algunos de estos perpetradores podrían estar vivos aún, mientras que otros pueden haber fallecido, complicando el panorama en términos de responsabilidad personal.

Desde perspectivas distintas, el avance procesal puede ser interpretado de múltiples maneras. Para los familiares de las víctimas y las organizaciones de derechos humanos, representa una validación tardía pero significativa de sus demandas por justicia y un reconocimiento de que el Estado tiene obligaciones que persisten más allá del paso del tiempo. Para sectores que enfatizan la necesidad de cerrar capítulos históricos y avanzar hacia la reconciliación social, estos procesos pueden ser vistos como reaperturas que mantienen vivas heridas históricas. Para la comunidad religiosa católica, en particular la congregación palotina, constituye un paso hacia la recuperación de la dignidad de sus miembros asesinados y un reconocimiento institucional de que fueron víctimas de una represión desproporcionada. Para la estructura judicial federal, implica la asunción de competencias sobre crímenes que durante muchos años permanecieron en la impunidad, con todo lo que ello supone en términos de recursos, complejidades probatorias y presión mediática. Los próximos meses, culminando en el aniversario del 50 aniversario del crimen, dirán si esta reactivación judicial se consolida en procesos que generen respuestas concretas o si, como ha sucedido en otras oportunidades, enfrenta nuevos obstáculos o demoras.