La estrategia legal desplegada por los abogados de la expresidenta Cristina Kirchner escaló a instancias internacionales con el aporte de un análisis económico-financiero que busca redimensionar los hechos sobre los cuales descansa la condena dictada en la causa Vialidad. Durante una conferencia de prensa realizada este martes, los representantes legales presentaron conclusiones de una auditoría pericial que, según su interpretación, demuestra que la participación económica de empresas cercanas al empresario Lázaro Báez en el financiamiento de obra pública nacional fue marginal respecto del volumen total de inversión estatal en infraestructura durante los años 2009 a 2015. Este movimiento revela cómo la defensa intenta reposicionar argumentativamente un caso que ha permanecido en el centro del debate público argentino durante más de una década, trasladando ahora la disputa hacia organismos multilaterales de protección de derechos.
El análisis económico y sus cifras centrales
El documento que respalda esta nueva línea argumentativa fue elaborado por el economista brasileño Antonio Corrêa de Lacerda, acompañado por André Paiva Ramos y el contador Roberto Yassuo Shiroma, integrantes de la consultora Specs con domicilio en San Pablo. El informe, fechado el 14 de septiembre de este año, tomó como base una planilla de datos aportada por un testigo de la causa Cuadernos que detallaba la totalidad de proveedores involucrados en proyectos de obra pública durante el período bajo análisis. Los peritos cruzaron esta información con registros de empresas del Grupo Austral, el listado de obras específicamente investigadas en la causa Vialidad, y la evolución de la cotización del dólar entre enero de 2009 y diciembre de 2015.
Los resultados del análisis, según lo expuesto por Alberto Beraldi —abogado titular de la defensa—, arrojan proporciones que contrastan significativamente con la narrativa que fundamentó la sentencia condenatoria. Durante el lapso estudiado, la Fuente 14 del Presupuesto Nacional financió 367 obras ejecutadas por 114 empresas constructoras diferentes, con un total de 3.855 certificados de pago por aproximadamente US$2.200 millones. De este universo, apenas 17 obras vinculadas a la causa Vialidad fueron ejecutadas por cuatro empresas del Grupo Austral —Austral Construcciones, Gotti, Kank y Costilla, más la Sucesión de Adelmo Biancalani—, lo que representa el 4,63% del total de obras financiadas. Aún más elocuente para la defensa es el porcentaje de fondos desembolsados: esas diecisiete obras recibieron 36 certificados de pago —apenas el 0,93% de todos los certificados— por un monto de US$18,66 millones, equivalente al 0,85% de todo lo erogado por esa línea presupuestaria en el período.
La evolución temporal de estos porcentajes agrega otro elemento a la argumentación de los letrados. Según los datos presentados, la participación de las constructoras asociadas a Báez experimentó una contracción consistente año tras año. En 2009 representó el 1,63% de los pagos totales; en 2010 alcanzó el 3,26%, pero a partir de 2011 cayó drásticamente al 0,18%, para desaparecer completamente —0%— en los años 2012, 2013, 2014 y 2015. Esta trayectoria descendente constituye, en la lectura de la defensa, un indicador que contradice la hipótesis de una asociación ilícita permanente y sistemática que habría caracterizado toda la administración durante esos años.
El posicionamiento competitivo en el mercado de la construcción
El informe pericial también incluyó un análisis comparativo de las constructoras que concentraron la mayor proporción de recursos. Cuando se ordenan las empresas por volumen de financiamiento, las compañías del Grupo Austral no aparecen entre los principales beneficiarios de la obra pública nacional. El listado de las quince constructoras que acapararon el 75% de todos los fondos distribuidos por la Fuente 14 está encabezado por IECSA con el 16,36% del total —es decir, aproximadamente US$360 millones—, seguida por JCR con el 10,18%, Benito Roggio e Hijos con 9,55%, José Cartellone Construcciones Civiles con 9%, y Rovella Carranza con 5,92%. La ausencia de las empresas señaladas en la sentencia condenatoria en este ranking de principales beneficiarias refuerza, según la óptica defensista, la tesis de que no existió un esquema de favorecimiento sistemático hacia el entorno de Báez.
Beraldi caracterizó el hallazgo de esta evidencia económica como "monumental", en el sentido de que proporciona dimensiones cuantificables a un debate que hasta entonces se había concentrado principalmente en análisis de conductas individuales, vínculos personales y cadenas de decisiones administrativas. Según su exposición, la expresidenta fue juzgada como "jefa de una supuesta asociación ilícita" fundamentalmente porque suscribió el decreto presidencial 54/2009, acto administrativo que en el esquema acusatorio fue presentado como el punto de partida de un entrampamiento del aparato estatal. Sin embargo, las cifras económicas revelan que el alcance material de ese supuesto direccionamiento fue infinitamente más reducido que lo que la estructura narrativa de la condena parecería sugerir.
La estrategia internacional y las medidas cautelares
Los abogados de Kirchner presentaron estos análisis ante el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas como parte de una estrategia que busca cuestionar no solo la sentencia de fondo, sino también las condiciones materiales en que se ejecuta la pena. El equipo legal, integrado además por el brasileño Rafael Valim —defensor de Lula da Silva en la causa Lava Jato— y el español Javier Borrego, solicitó al organismo multilateral tres medidas cautelares específicas: la suspensión de la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, la revisión de las condiciones de la prisión domiciliaria que cumple Kirchner en su departamento de Constitución, y la recomposición de los miembros de la Corte Suprema de la Nación.
Borrego se detiene especialmente en las condiciones de la ejecución de la condena. Señaló que la expresidenta se encuentra bajo vigilancia policial permanente —con dos efectivos destacados en la puerta de su domicilio—, utiliza una tobillera de monitoreo que periódicamente falla en su funcionamiento, y cuenta con restricciones muy severas para recibir visitas o acceder a espacios como la azotea del edificio. Estos detalles configuran, en la argumentación de los letrados, una situación que excede los parámetros de proporcionalidad en la ejecución de la pena y que ameritaría revisión a la luz de estándares internacionales de derechos humanos.
Valim aclaró que la presentación no constituye "un acto de agresión a la Argentina ni a su sistema judicial", sino un planteo de respeto a los derechos de una ciudadana argentina conforme a obligaciones que el Estado asumió ante Naciones Unidas. Explicó que la documentación presentada es estrictamente "documental" y que no se admiten declaraciones orales en este tipo de procedimientos ante el organismo internacional. Respecto de las eventuales decisiones que pudiera adoptar el Comité, Valim enfatizó que serían "vinculantes" para el Estado argentino, en tanto constituyen parte de sus compromisos en materia de derechos humanos ante la comunidad internacional.
Los abogados indicaron que las observaciones o recomendaciones del Comité respecto de las medidas cautelares podrían conocerse en el término de "algunos meses", mientras que una eventual resolución sobre el fondo de la presentación requeriría un proceso más prolongado de análisis y deliberación que podría extenderse durante "algunos años". La próxima sesión plenaria del Comité de Derechos Humanos de la ONU está programada para el período comprendido entre el 19 de octubre y el 6 de noviembre.
Implicancias y perspectivas abiertas
La presentación de este análisis económico inaugura un nuevo frente en la disputa sobre los hechos juzgados en la causa Vialidad. Mientras que los procesos judiciales domésticos se han concentrado en elementos probatorios de naturaleza documental, testimonial y pericial convencional, la incorporación de auditorías sobre agregados macroeconómicos permite reposicionar el debate en términos de proporcionalidad estadística y participación relativa en mercados. Esta estrategia responde a una lógica defensiva que busca cuestionar, mediante datos, la capacidad explicativa de narrativas construidas alrededor de relaciones interpersonales y decisiones administrativas puntuales.
Desde perspectivas distintas, el movimiento puede interpretarse de formas diversas. Para quienes consideran que la investigación judicial enfatizó excesivamente la responsabilidad de la expresidenta sobre la base de criterios de imputación amplios, el aporte cuantitativo de los peritos brasileños y el contador japonés-argentino proporciona elementos que problematizan aquella construcción. Por otro lado, quienes sostienen la solidez de la condena podrían argumentar que la magnitud numérica de los fondos no necesariamente invalida la existencia de un esquema de favoritismo administrativo ni exonera de responsabilidad a quien ocupaba la posición de máxima autoridad ejecutiva. La circulación de estos datos en foros internacionales también plantea interrogantes sobre cómo los organismos multilaterales evalúan cuestiones que involucran fundamentalmente análisis de hechos nacionales y sistemas judiciales soberanos.
De concretarse alguno de los planteos cautelares, las consecuencias serían de envergadura política y institucional considerable. La suspensión de la inhabilitación abriría la posibilidad de participación en procesos electorales; la revisión de las condiciones de cumplimiento de pena modificaría la situación cotidiana de la condenada; y una eventual recomposición de la Corte Suprema alteraría significativamente la integración del máximo tribunal. Sin embargo, la distancia temporal entre el momento actual y la eventual resolución de fondo del Comité, unida a la circunstancia de que tales decisiones requieren procesos posteriores de implementación doméstica, sugiere que cualquier cambio en estas dimensiones podría demorarse considerablemente. La estrategia internacional, entonces, se inscribe en un horizonte de largo plazo, mientras que las dinámicas políticas y electorales nacionales continúan desarrollándose bajo el marco normativo vigente.



