La marcha judicial en torno al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino y la institución que comanda avanzó sin cortapisas esta semana cuando el máximo tribunal penal del país cerró definitivamente una de las últimas compuertas procesales disponibles para intentar dilatar o revertir su situación legal. La Cámara de Casación Penal desestimó un recurso tardío que ambas partes —el dirigente y la entidad—habían elevado buscando reabrir el debate sobre sus procesamientos en la investigación vinculada a la retención indebida de miles de millones en contribuciones previsionales de empleados. Lo que parecía un movimiento técnico en los expedientes se traduce ahora en una realidad mucho más concreta: ya no hay escalones institucionales disponibles para frenar la continuidad del caso hacia sus fases posteriores.
El recorrido que terminó en este rechazo comenzó semanas atrás, cuando la defensa de ambos imputados debía comparecer ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico en una audiencia programada para el 24 de abril. Esa cita resultaba determinante en la estrategia procesal, puesto que representaba la oportunidad de exponer oralmente o mediante argumentación escrita los fundamentos para revocar la decisión que ya los había procesado. Sin embargo, ese día pasó sin que se presentaran. Solo cuatro jornadas después, el abogado defensor apareció en los tribunales solicitando una nueva oportunidad: o bien una audiencia reprogramada, o en su defecto, más tiempo para presentar los escritos correspondientes. La solicitud resultaría infructuosa. Los magistrados Roberto Hornos y Carolina Robiglio, integrantes de ese tribunal de alzada, consideraron que la inasistencia equivalía a un abandono del recurso y rechazaron la petición tardía.
El cierre de compuertas procesales
Ante este nuevo tropiezo, Tapia y la AFA llevaron el conflicto hasta el peldaño más alto del sistema penal: la Casación. Era su último intento por revertir la situación antes de que la causa avanzara hacia territorios más profundos del proceso criminal. El tribunal supremo en materia penal analiza los recursos con criterios particularmente estrictos, enfocados en garantizar que se respeten los procedimientos establecidos y los plazos fijados. En su análisis, el camarista Gustavo Hornos —quien rubricó el fallo— fue contundente en sus argumentaciones. Señaló que la ausencia del recurrente en la audiencia citada conforme a los protocolos procesales, sumada a la falta de presentación de un memorial escrito como alternativa a esa comparecencia oral, constituía una figura procesal equiparable a la deserción directa del recurso.
La decisión se sustentó en un principio jurídico de larga data en la jurisprudencia argentina: el cumplimiento riguroso de los términos, formas y procedimientos que establece el código procesal penal funciona como garantía elemental para todas las partes involucradas en un litigio. Cada uno de estos requisitos existe, en última instancia, para asegurar que los derechos defensivos de cualquier acusado se mantengan intactos y que nadie sea juzgado sin antes haber contado con oportunidades reales de presentar sus argumentos. Cuando una parte no respeta estos tiempos y modalidades, paradójicamente, lo que se ve comprometido es su propio derecho a ejercer una defensa efectiva. Esta interpretación, lejos de ser novedosa, refleja décadas de construcción jurisprudencial en los tribunales superiores argentinos, donde se ha priorizando consistentemente la previsibilidad y la igualdad de armas procesales por encima de cualquier otra consideración.
El avance hacia el juicio oral
Con este rechazo de la Casación, el procesamiento de Claudio "Chiqui" Tapia y la AFA queda firme en los términos en que fue dictado. Esto significa que ninguna instancia superior podrá ya intervenir para modificar esa decisión inicial. Los jueces de la cámara apelada ahora solo tendrán ante sí la posibilidad de evaluar si confirman o revocan el procesamiento de los demás acusados que sí comparecieron en la audiencia o que tramitaron correctamente sus postergaciones, pero respecto del dirigente y la institución que encabeza, el margen de maniobra desapareció. Una vez que todos los demás recursos se agoten y los procesamientos queden confirmados, el expediente transitará hacia el juez de primera instancia, Diego Amarante, quien podrá entonces emitir la elevación a juicio. En ese momento, la causa ingresará a su fase más pública y potencialmente más perjudicial: el juicio oral y público donde se ventilará toda la prueba ante un tribunal de enjuiciamiento.
La investigación que originó todo este entramado comenzó cuando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) detectó irregularidades en el manejo de fondos que, en teoría, debían ser derivados automáticamente a las cuentas previstas para aportes de seguridad social. Según el análisis de los organismos de control, la AFA había percibido en su rol de agente de retención la suma de 19.000 millones de pesos, pero no los transfirió hacia donde correspondía. Esos fondos, que jurídicamente funcionan como dinero en custodia temporal antes de llegar a sus destinos finales, permanecieron bajo el control de la entidad. El tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, fue procesado junto a Tapia por esta retención indebida. Como medida de aseguramiento, el juez Amarante dispuso un embargo de 350 millones de pesos sobre bienes personales de cada uno y les prohibió abandonar el territorio nacional.
Lo que sucederá a partir de ahora dependerá en gran medida de cómo se desarrolle ese juicio oral que se aproxima. Los datos que obren en la causa, la documentación que obre en los expedientes administrativos y las pruebas que logren desplegar tanto la acusación como la defensa determinarán el resultado final. Algunos analistas consideran que el cierre de estas compuertas procesales representa una victoria para la estructura acusatoria, al eliminar opciones dilatorias que podrían haber extendido indefinidamente los plazos. Otros señalan que la rapidez con que avanza el caso podría no permitir una defensa completamente exhaustiva. Lo cierto es que la AFA y su presidente han visto reducirse sustancialmente sus opciones para evitar ser juzgados en un tribunal oral, donde el proceso adquirirá dimensiones públicas y mediáticas muy distintas a las que caracterizaron las fases previas.



