La sesión que debió suspenderse por falta de quórum terminó siendo un triunfo parlamentario para el oficialismo. Lo que comenzó como una jornada caótica en el Senado de la Nación, con menos de treinta y uno de los treinta y siete legisladores necesarios en sus bancas durante la mañana del jueves, se transformó en una victoria después de que La Libertad Avanza alcanzara un pacto de último momento con sus socios provinciales. El resultado final fue contundente: 44 votos positivos contra 23 negativos permitieron la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal II, una norma que modifica sustancialmente el régimen tributario y amplía el perdón fiscal para contribuyentes que deseen regularizar sus ahorros no declarados.

La negociación que casi no sucede: el quórum como arma política

El panorama durante las primeras horas de la sesión fue desalentador para quienes impulsaban la iniciativa. Mientras el Gobierno esperaba abrir el debate, la mayoría de los senadores aliados de provincias no se presentaba en el recinto. El motivo era claro: desacuerdo sobre modificaciones que se introducirían posteriormente en la Ley de Biocombustibles, una iniciativa que sería votada más tarde en la misma jornada. Los legisladores de fuerzas provinciales —Carolina Moisés por Convicción Federal, Julieta Corroza de la Neuquinidad, Beatriz Ávila del espacio de Independencia y Flavia Royón representando a Salta— utilizaban su ausencia como mecanismo de presión.

La movida resultó efectiva. Funcionarios del Gobierno se encontraron en el Salón Rosado del Senado con el gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, para desbloquear la situación. El acuerdo llegó cuando la tensión alcanzaba su pico: La Libertad Avanza aceptó introducir los cambios que los legisladores provinciales reclamaban sobre la legislación de biocombustibles. Con ese compromiso en la mano, los senadores ingresaron finalmente al recinto, donde ya aguardaban los legisladores libertarios, el bloque PRO y los radicales de la UCR. El quórum quedó configurado y la sesión pudo comenzar.

Qué contiene la norma y qué promete el Gobierno

La Ley de Inocencia Fiscal II representa una expansión significativa del régimen simplificado de tributación que existe desde hace años. La normativa elimina los topes que limitaban el acceso a estos beneficios: desaparece el requisito de que los ingresos anuales declarados no superen mil millones de pesos, así como el límite de patrimonio establecido en diez mil millones. Esto abre la puerta para que personas de mayores recursos económicos accedan a este régimen de regularización.

El concepto de "discrepancia significativa" —aquella que antes justificaba investigaciones por parte de la administración tributaria— fue modificado. Ahora se fija un umbral de tolerancia del 15 por ciento, lo que significa que diferencias de hasta esa proporción entre lo declarado y lo detectado por fiscalización quedarán dentro del margen permitido sin que generen consecuencias. Simultáneamente, se restringe el poder de investigación de la ARCA (Administración Federal de Ingresos Públicos) sobre el incremento patrimonial no declarado de los contribuyentes. El denominado "tapón fiscal" —que presume que los bienes declarados después de cierta fecha fueron adquiridos con fondos legítimos— se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027.

Las proyecciones gubernamentales plantean que este conjunto de medidas permitiría que aproximadamente US$170 mil millones ingresen al sistema financiero formal. Se trata de recursos que, según la argumentación oficial, permanecen "paralizados" fuera de la economía por temor a represalias fiscales. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, explicó que el régimen distingue entre "quienes han ahorrado de buena fe" de aquellos catalogados como "fraudulentos", aunque esa distinción operativa en la práctica resulta de difícil demostración.

Las vallas que se mantienen: funcionarios quedan excluidos

A diferencia de versiones anteriores de estos regímenes de regularización, esta ley incluye restricciones explícitas para funcionarios públicos. La exclusión es total e incondicional: quedan fuera del alcance de los beneficios todos aquellos que ocupen o hayan ocupado cargos de alta responsabilidad pública durante los cinco años previos a la adhesión al régimen, así como quienes ejerzan esas funciones con posterioridad. En el Poder Ejecutivo, la prohibición alcanza a funcionarios y empleados con rango igual o superior al de secretario de Estado, en los niveles nacional, provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires. Los diputados y senadores nacionales, legisladores provinciales y porteños, concejales y parlamentarios del Mercosur tampoco podrán acceder. Los magistrados del Poder Judicial, fiscales y defensores públicos de todas las jurisdicciones quedan igualmente excluidos, junto con autoridades de organismos de control como defensores del Pueblo, miembros del Consejo de la Magistratura y de los Jurados de Enjuiciamiento.

Esta disposición fue presentada como una garantía de equidad: se buscaba evitar acusaciones de que el régimen favorecería a quienes tienen poder político o institucional. Sin embargo, la redacción del articulado levantó observaciones durante el debate. El senador peronista Fernando Salino propuso que la restricción debería enfocarse exclusivamente en "personas políticamente expuestas" y sugerir que los incrementos patrimoniales reportados ante la ARCA deberían incluir no solo a los funcionarios sino también a sus cónyuges, convivientes, ascendientes y descendientes en primero y segundo grado. Estas propuestas no prosperaron en la votación.

El rechazo opositor y la lectura peronista

La bancada del justicialismo marcó posición de manera clara desde el inicio del debate. José Mayans, legislador peronista, afirmó que su bloque votaría en contra porque considera que la ley "se engancha con el programa económico que afecta a los trabajadores, jubilados y pensionados". Desde la perspectiva opositora, la medida forma parte de un conjunto más amplio de políticas que, en su visión, redistribuyen recursos hacia sectores de mayores ingresos mientras se reducen beneficios sociales. La oposición quedó en soledad en la votación: ningún otro bloque acompañó su voto negativo, ya que el PRO, la UCR y las fuerzas provinciales cerraron filas con el Gobierno.

Otras decisiones de la jornada legislativa

Más allá de la Ley de Inocencia Fiscal II, el Senado aprobó en la misma sesión otros asuntos de relevancia. Con un resultado de 44 votos a favor y 21 en contra, se sancionaron los convenios suscritos entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires relativos a la transferencia de competencias en materia penal de menores y de integridad sexual. Este acuerdo transfiere hacia la Ciudad la responsabilidad de investigar y juzgar delitos no federales cometidos por adolescentes de entre catorce y dieciocho años, así como casos de adultos imputados conjuntamente con menores por los mismos hechos o hechos conexos. Para menores de catorce años se mantienen intervenciones judicales de carácter proteccional. Los delitos federales permanecen en la órbita nacional.

Bullrich destacó que esta transferencia "hace treinta años que estamos intentando" concretar y la caracterizó como el cumplimiento de un mandato constitucional, no como una decisión política de un espacio contra otro. La entrada en vigencia está condicionada a que medien ciento veinte días corridos desde la aprobación por parte del Congreso y la Legislatura porteña, además de la suscripción de un acuerdo específico sobre transferencia de recursos. El Senado también confirmó en sus cargos a los jueces Juan Pedro Galván Greenway y Alejandro Catania para la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, así como a Juan Manuel Mejuto para integrar el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 8.

La jornada no estuvo exenta de tensiones internas. A lo largo del debate, el Gobierno enfrentó cuestionamientos por cambios de último momento que incorporó el Presupuesto 2027 en materia de discapacidad, tema que generó fricciones incluso dentro del oficialismo. Más allá de estos roces particulares, la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal II consolidó una mayoría legislativa que permitió al Ejecutivo avanzar en su agenda económica, demostrando capacidad para negociar con los socios provinciales cuando es necesario reconfigurar acuerdos sobre la marcha.

Implicancias y perspectivas de la medida

La aprobación de esta normativa abre múltiples lecturas sobre sus posibles consecuencias. Desde la óptica oficial, se espera que el ingreso de capital no declarado al sistema formal incremente la base tributaria y los recursos disponibles para inversión productiva, con efectos potencialmente expansivos en la economía. Otros observadores sostienen que la medida genera inequidades, dado que quienes lograron mantener recursos fuera del sistema durante años logran regularizarlos con beneficios que no estaban disponibles antes, mientras que contribuyentes que cumplieron formalmente sus obligaciones no acceden a ventajas similares. Existe también una perspectiva que enfatiza los riesgos de que el régimen sea utilizado para lavar dinero proveniente de actividades ilícitas, a pesar de las restricciones para funcionarios públicos. Finalmente, sectores vinculados a la oposición y organizaciones sociales plantean interrogantes sobre si recursos que ingresan mediante estos mecanismos deberían destinarse prioritariamente a financiar políticas de empleo, educación y jubilaciones antes que ser aplicados a otros fines. Lo que es innegable es que la medida cierra una brecha importante en la recaudación fiscal argentina, redistribuyendo la carga tributaria de formas que distintos actores evaluarán de manera muy diferente según sus intereses y visiones sobre equidad económica.