Casi nueve años después del hundimiento del submarino ARA San Juan, la batalla legal por la tragedia que costó la vida a 44 tripulantes ingresa en una nueva fase donde la exigencia de las familias se centra en garantizar que las penas dictadas se ejecuten de verdad. El caso que movilizó a la opinión pública nacional durante meses y que derivó en un juicio histórico de más de cuatro meses de duración ahora se encuentra bajo escrutinio de la Cámara Nacional de Casación Penal, instancia que deberá analizar los planteos presentados por distintos sectores querellantes que buscan maneras diferentes de avanzar. Lo que está en juego no es solo la responsabilidad individual de quienes ocuparon posiciones de mando, sino también la necesidad de garantizar que un desastre de tal envergadura dentro de las instituciones militares no vuelva a ocurrir en el futuro.

Durante el desarrollo del juicio oral que se extendió a lo largo de treinta audiencias en el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, quedaron expuestos hechos que permanecieron velados durante años. El 8 de julio pasado, el tribunal condenó al excapitán de navío Claudio Javier Villamide a tres años de prisión de ejecución condicional, lo que significa que su castigo no será cumplido en una celda sino bajo ciertos condicionamientos. Villamide ejercía funciones como comandante de la Fuerza de Submarinos al momento de la tragedia. La sentencia lo declaró responsable por incumplimiento de los deberes inherentes a su cargo público, además de participación en un acto de estrago culposo que resultó agravado por la muerte múltiple de la tripulación. Sin embargo, para numerosos sectores querellantes, esta ejecución condicional representa un punto de inflexión insuficiente y generó la necesidad de que la máxima instancia penal se pronuncie sobre si la pena debe cumplirse de manera efectiva, es decir, privando de libertad al condenado.

El camino del submarino hacia el desastre

Conforme a lo establecido en el veredicto de primera instancia, los jueces llegaron a la conclusión de que Villamide autorizó que la nave zarpara del puerto conociendo plenamente las deficiencias técnicas que presentaba. Entre las más graves se hallaban el vencimiento del carenado —la estructura externa protectora— y complicaciones vinculadas a la estanqueidad del casco, particularmente en la denominada válvula E19, componente crítico para mantener la integridad estructural bajo presión en las profundidades del océano. El 15 de noviembre de 2017, el submarino transmitió varios reportes alarmantes simultáneamente: ingreso de agua de mar al interior del casco, un cortocircuito eléctrico y un principio de incendio. Los jueces determinaron que Villamide no ejecutó medidas adecuadas para enfrentar esa situación de emergencia extrema. Un día después, la nave dejó de emitir cualquier comunicación. Los restos fueron localizados más de un año después en el fondo del Atlántico Sur, sumergidos a profundidades superiores a 900 metros, donde las condiciones de presión y frío imposibilitaron cualquier labor de rescate de los tripulantes.

Las abogadas que representan a 34 familiares de los fallecidos, Valeria Carreras y Lorena Arias, emitieron un comunicado subrayando que el proceso judicial que acaba de concluir su etapa inicial constituyó un logro trascendental para quienes demandaban justicia. Según su perspectiva, el juicio permitió que saliera a la luz información que durante años fue objeto de intentos sistemáticos de ocultamiento. Ambas profesionales argumentan que quedó documentado en el expediente y en el registro oral del debate que el submarino se encontraba en condiciones técnicas que lo hacían inviable para cumplir su misión de patrullaje. Desde esta óptica, el desenlace fatal no era inevitable sino consecuencia directa de decisiones y omisiones evitables. La condena de primera instancia, pese a ser de ejecución condicional, reconoció por primera vez que alguien ocupando un cargo público fue responsable penalmente por la catástrofe, algo que nunca había ocurrido en la historia de este caso.

Divergencias en la querella y reclamos en disputa

No obstante, la unidad de criterio entre los distintos sectores querellantes se resquebraja cuando se analiza en detalle los planteos que llevan ante Casación. Mientras que Carreras y Arias solicitan explícitamente que la pena impuesta sea ejecutada de manera efectiva —permitiendo que Villamide cumpla cárcel en persona—, otra querella encabezada por Luis Tagliapietra, padre de uno de los submarinistas fallecidos, adoptó una estrategia radicalmente distinta. Tagliapietra presentó un planteo demandando la nulidad de todo el procedimiento y pidiendo que se realice un nuevo juicio, esta vez en la ciudad de Mar del Plata. Esta divergencia refleja perspectivas contrapuestas sobre la manera adecuada de procesar la responsabilidad penal en casos que involucran tragedias institucionales de magnitud considerable. Por su parte, la defensa de Villamide interpuso un recurso argumentando que después de casi una década no existe certeza absoluta sobre los mecanismos específicos que provocaron la implosión de la nave en aquellas horas críticas previas al hundimiento, y por lo tanto sostiene que la absolución de su cliente fue la decisión correcta.

En el mismo fallo de julio, y por decisión unánime del tribunal, fueron absueltos otros tres oficiales: el contralmirante retirado Luis Enrique López Mazzeo y los capitanes Héctor Aníbal Alonso y Hugo Miguel Correa. Sus absoluciones indicaron que los jueces no encontraron elementos de prueba suficientes que permitieran atribuirles responsabilidad penal por lo ocurrido. El objetivo que persiguen las abogadas Carreras y Arias al impulsar que Casación se pronuncie sobre la ejecución efectiva de la condena no es meramente punitivo en sentido tradicional, sino que responde a una lógica preventiva institucional. Ambas profesionales manifestaron explícitamente que desean evitar que en el futuro hechos de tal magnitud vuelvan a cobrarse vidas de personal perteneciente a las Fuerzas Armadas. Desde esta interpretación, garantizar que la pena se cumpla de modo real constituiría un mensaje disuasivo para quienes en el futuro ocupen posiciones de responsabilidad en la cadena de mando de instituciones militares.

La estructura del procedimiento legal ahora requiere que la Cámara Nacional de Casación Penal analice todos estos planteos contradictorios y determine cuál será el siguiente paso. Casación posee la autoridad para revisar tanto si la sentencia condenatoria fue correctamente fundamentada como si los procedimientos seguidos fueron ajustados a la ley. El tribunal deberá considerar si es procedente transformar la pena de ejecución condicional en cumplimiento efectivo, si corresponde anular el juicio como solicita la querella alternativa, o si los argumentos de la defensa de Villamide poseen el peso suficiente para justificar modificaciones en la sentencia. La decisión de esta instancia superior determinará si el caso continúa siendo considerado cerrado o si se abre nuevamente, con todas las implicancias que esto conlleva para las familias que durante años vieron cómo sus demandas de justicia parecían diluirse en los meandros de la burocracia judicial. Cada escenario posible genera consecuencias distintas no solo para los imputados sino para la manera en que la justicia argentina procesan casos que involucran muertes masivas en contexto institucional.