La tercera vertiente de una monumental investigación sobre presuntos desvíos de dinero estatal destinado a infraestructura vial provincial encalló antes de despegar. En una maniobra que no tiene precedentes recientes, el Tribunal Oral Federal N° 2 cerró abruptamente los portales de la Sala SUM apenas transcurrían cinco minutos desde que comenzara a debatirse el primer caso de ese segmento procesal. La decisión no fue caprichosa: dos abogados defensores brillaban por su ausencia en un juicio donde la garantía del derecho a la defensa constituye un pilar inamovible. Lo inusitado escaló rápidamente cuando los fiscales a cargo de la acusación no solo demandaron un nuevo intento, sino que pidieron abrir investigación penal contra los letrados faltantes. El escenario refleja una dinámica cada vez más tensa alrededor de los procesos que examinan los movimientos financieros ocurridos en Santa Cruz durante la década que va del 2003 al 2015.
Una suspensión sin precedentes en los estrados porteños
Cuando el cuerpo de magistrados integrado por Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Néstor Costabel constató la falta de comparecencia de los defensores asignados al acusado Sandro Férgola, no tuvo alternativa institucional que la de interrumpir la sesión. Los ausentes eran Agustín Gabriel Labombarda y Enrique Alberto Arce, quienes ejercen la defensa del que fuera gerente de Obras y Servicios Viales dependiente de la Dirección Nacional de Vialidad. El mecanismo que utilizaron ambos para comunicar su impedimento resultó cuando menos peculiar: uno de los abogados se valió del propio acusado para transmitir su imposibilidad de concurrir. La justificación ofrecida—la participación simultánea en el debate oral de otra megacausa conocida como Cuadernos—generó inmediatamente un interrogante sobre prioridades judiciales y la gestión de calendarios de profesionales enrolados en procesos de gran envergadura.
Los integrantes del tribunal resolvieron entonces reprogramar la continuación para el 6 de agosto, lo que significa una demora de varios meses respecto de lo programado. Paralelamente, ordenaron a los equipos defensivos que designen un abogado suplente entre el jueves y viernes de esa semana. La decisión, formal y expeditiva, dejaba abierta una pregunta incómoda: ¿cómo es posible que especialistas con responsabilidades de esta envergadura no hubiesen resuelto sus conflictos de agenda con suficiente anticipación? Las causas estructurales detrás de este colapso procesal merecen mayor atención que la meramente administrativa.
Los fiscales reclaman castigo penal para los abogados
Lo que distingue este episodio de otros simple incidentes procedimentales es la reacción de los acusadores. Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola no se conformaron con la postergación consensuada. Presentaron una solicitud formal dirigida a que se extraigan testimonios de lo acaecido y se inicie una investigación penal contra los abogados responsables de la inasistencia. Esta medida, audaz en su formulación, apunta directamente al incumplimiento de obligaciones profesionales y sus potenciales consecuencias penales. Se trata de una bifurcación inusual: mientras se juzga a los acusados de administración fraudulenta, simultáneamente se estaría investigando a los defensores por negligencia o incumplimiento en sus funciones. El precedente, de prosperar, podría modificar las dinámicas de responsabilidad profesional en el ámbito forense.
La carga acusatoria que persiguen Luciani y Mola descansa sobre tres individuos: Sandro Férgola, Gustavo Marcelo Gentili y Fernando Abrate, todos ellos imputados como coautores del delito de defraudación agravada por administración fraudulenta. Su comparecencia en esta etapa oral era, por tanto, crítica. La ausencia de defensores no era un detalle menor sino una fractura en el tejido debido procesal que, según la fiscalía, merecía consecuencias legales para quienes la provocaron.
La trama de 46 mil millones y un monopolio empresarial inquietante
Desentrañar por qué este juicio reviste tanta importancia requiere retrotraerse al núcleo de la acusación. Vialidad III constituye tan solo el tercer acto de una investigación matricial que data de años anteriores, enfocada en cómo fueron adjudicados los contratos de obra vial en la provincia patagónica durante aquella década. Los fiscales sostienen que existió un direccionamiento deliberado de recursos públicos hacia la empresa Austral Construcciones, entidad vinculada al empresario Lázaro Báez. Las cifras son elocuentes: esa firma concentraría aproximadamente el 80% de los contratos viales adjudicados en el territorio santacruceño, por un volumen monetario que supera los 46 mil millones de pesos considerando valores históricos. Tal concentración, en cualquier economía de mercado regulada, resultaría por lo menos sospechosa y ameritaría explicaciones públicas exhaustivas.
El patrón alegado por los acusadores dibuja un esquema donde supuestamente funcionarios provinciales, contratistas y operadores financieros orquestaron mecanismos para canalizar dinero estatal hacia un grupo empresarial específico, en detrimento de competencia leal y eficiencia en la ejecución de obra pública. La provincia de Santa Cruz, históricamente dependiente de ciclos económicos volátiles, requería infraestructura vial moderna y mantenimiento constante de rutas. Si esos fondos fueron desviados o malutilizados, el impacto real no sería meramente contable sino territorial: caminos deficientes, seguridad comprometida, proyectos inconclusos. La ciudadanía santacruceña soportó directamente las consecuencias de decisiones presuntamente irregulares tomadas en despachos ejecutivos.
Antecedentes condenatorios y estrategias de defensa adaptadas
Este tercer segmento procesal no surge en el vacío. La causa Vialidad ya había transitado dos fases anteriores con resoluciones de distinta naturaleza. En el primer tramo, la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner fue hallada culpable y condenada a seis años de prisión con régimen de arresto domiciliario. Igual pena recayó sobre José López, Nelson Periotti y Lázaro Báez. En el segundo segmento, algunos acusados accedieron a mecanismos de suspensión del juicio a prueba bajo el régimen de probation, con acuerdos que fueron validados tanto por el Ministerio Público Fiscal como por la Cámara de Casación Penal. Esas bifurcaciones estratégicas revelan cómo el sistema judicialpermite diversas salidas procesales dependiendo de circunstancias, confesiones, colaboración o acuerdos con la acusación.
La introducción de Vialidad III implica entonces un nuevo conjunto de acusados enfrentando la mecánica del debate oral bajo reglas que ya han sido probadas en segmentos anteriores. Sin embargo, la experiencia acumulada en las etapas previas parecería sugerir que los equipos defensivos conocen los riesgos y desafíos. La ausencia de preparación o coordinación calendárica documentada en esta audiencia inaugural genera interrogantes sobre si existieron cálculos estratégicos subyacentes o simplemente una gestión deficiente de recursos profesionales.
Implicancias futuras y el tejido de la responsabilidad institucional
El comportamiento que ahora se investiga penalmente—la inasistencia de abogados defensores en audiencia judicial—toca fibras sensibles del ordenamiento legal. Si prospera la acusación contra Labombarda y Arce, se establería un precedente donde los profesionales del derecho enfrentan castigos penales por omisiones o incumplimientos en sus obligaciones procesales. Desde una perspectiva institucional, tal medida reforzaría estándares de responsabilidad. Desde otra óptica, podría interpretarse como presión indebida sobre el ejercicio de la defensa, especialmente si quienes defienden están saturados de múltiples causas simultáneas que el sistema judicial no logra descongestionar. La realidad forense argentina evidencia hace años que los profesionales están frecuentemente envueltos en calendarios superpuestos donde cumplir al pie de la letra todas las obligaciones resulta físicamente imposible. La solución sistémica—descongestionar juzgados, ordenar audiencias con más anticipación, limitar la cantidad de procesos simultáneos por abogado—sigue siendo elusiva. Mientras tanto, responsabilizar penalmente a defensores por síntomas de un mal estructural podría trasladar el problema sin resolverlo. El desarrollo de este segundo segmento de investigación sobre los letrados será indicativo de hacia dónde apunta la jurisprudencia en materia de exigencias procesales y liderazgo judicial.



