La disputa judicial por quién investiga el intrincado entramado de operaciones cambiarias irregulares que permitió a diversos agentes acceder al dólar oficial para luego colocarlo en el mercado paralelo ha escalado a nuevos niveles. El juez Ariel Lijo solicitó formalmente a su colega María Eugenia Capuchetti que se aparte de uno de los expedientes centrales vinculados a esta maniobra, en un movimiento que consolida su estrategia de centralizar bajo su autoridad todos los procesos investigativos relacionados. Este pedido llega en un contexto donde ya había logrado, mediante una intervención previa de la Cámara Federal, unificar dos de los tres expedientes principales. La jugada judicial tiene implicancias profundas: no solo define quién conduce investigaciones de envergadura, sino que también refleja tensiones internas sobre cómo abordar una operatoria que habría perjudicado las reservas de divisas del país y comprometido la estabilidad del mercado cambiario.
El origen del conflicto: una maniobra millonaria que despertó alarmas
El expediente que Lijo pretende adquirir tiene raíces en 2021, cuando el Banco Central interpuso una denuncia contra la agencia de cambios Marvic SA. Esta empresa protagonizó operaciones de compra de moneda extranjera que alcanzaron un volumen equivalente a US$14.601.600 entre mediados de junio y finales de septiembre de ese año. El patrón detectado era inquietante: se trataba de acceso al dólar oficial mediante mecanismos irregulares que luego permitían canalizar esos fondos hacia el mercado negro, donde el billete verde cotizaba a valores sustancialmente superiores. La investigación inicial se circunscribía a esta agencia de cambios específica, pero conforme avanzaron las pesquisas, el panorama se expandió considerablemente: aparecieron otras casas de cambio en el horizonte delictivo, ampliando el alcance territorial y operativo de lo que comenzaba a perfilarse como un esquema sistemático de fraude cambiario.
Lo notable de este expediente es que permaneció prácticamente dormido durante cuatro años. El fiscal Eduardo Taiany era quien tenía el caso bajo su responsabilidad, pero la causa avanzaba al ritmo de una burocracia letárgica. Recién a finales del año pasado la jueza Capuchetti decidió retomar la investigación con un nivel de intensidad completamente diferente, desatando una batería de medidas probatorias destinadas a desentrañar la operatoria completa. Este giro radical marcó un punto de inflexión: lo que había permanecido en la penumbra judicial cobró súbitamente vida, generando un movimiento de fichas en los despachos de magistrados y en los círculos de funcionarios cercanos al gobierno anterior.
El allanamiento simultáneo que encendió las alertas
En los últimos días de diciembre, ocurrió un episodio que ofrecía pistas sobre la magnitud de la operatoria investigada: tres jueces distintos realizaron allanamientos casi de forma coordinada en tiempo. Juan Pablo Casanello (posteriormente reemplazado en su causa por Lijo), Sandra Servini y la propia Capuchetti desplegaron operativos de búsqueda y secuestro de documentación en domicilios y oficinas comerciales. Este triple movimiento no era casual: respondía a la necesidad de obtener prueba directa sobre las maniobras empleadas para desviar divisas oficiales hacia circuitos paralelos. Sin embargo, la superposición de actuaciones de distintos juzgados sobre los mismos espacios físicos comenzó a generar fricciones administrativas y procedimentales que exigían una solución de fondo.
Durante esta fase intensiva de investigación, el expediente asignado a Lijo se expandió significativamente. El contenido del teléfono de Martín Migueles —quien fuera socio y colaborador de Elías Piccirillo— reveló conexiones con operatorias vinculadas al Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA). Este hallazgo multiplicó los tentáculos de la investigación, vinculando el esquema cambiario con mecanismos de importación que permitían justificar legalmente la compra de dólares oficiales. La complejidad creciente del caso comenzó a preocupar a ex funcionarios del gobierno de Alberto Fernández, particularmente a aquellos que habían estado ligados al Ministerio de Economía y a la gestión de Sergio Massa.
La batalla judicial por la concentración de causas
Cuando la investigación alcanzó un punto de ebullición que amenazaba con tocar figuras de relevancia política, Lijo movió su primer peón: reclamó para sí el expediente que llevaba Sandra Servini. La jueza se rehusó a ceder su causa voluntariamente, lo que obligó a que la Cámara Federal interviniera como árbitro. El camarista Roberto Boicosoracionalizó la decisión a favor de Lijo argumentando la existencia de una "dependencia funcional y operativa" entre los sujetos investigados en ambos expedientes. El magistrado subrayó que existían nombres en común entre ambas investigaciones: Arg Exchange SA, Gis Cambio SA, Banco Más Ventas, entre otras entidades que aparecían en múltiples legajos. Además, sostuvo que los riesgos derivados de allanamientos simultáneos y superpuestos sobre las mismas oficinas comerciales justificaban la unificación bajo una sola autoridad judicial.
Armado con este precedente favorable, Lijo now dirigió su atención hacia Capuchetti con argumentos prácticamente idénticos. En su resolución, el magistrado desplegó una argumentación que subrayaba la interconexión entre los sujetos investigados en ambas causas: "Del cotejo del objeto procesal de ambas investigaciones surge la intervención de un conjunto de personas físicas y jurídicas que se encontrarían íntimamente relacionadas y asociadas a una misma operatoria presuntamente destinada a adquirir moneda extranjera al tipo de cambio oficial para luego canalizarla hacia el mercado paralelo". Como ejemplo concreto, mencionó a Maximiliano Ariel Vallejo, propietario de Sur Finanzas, cuyo nombre aparecía tanto en el expediente de Capuchetti como en el propio de Lijo. Esta superposición de actores legitimaba, en su perspectiva, la necesidad de unificar las investigaciones.
Tensiones internas y sospecha sobre la selectividad investigativa
En paralelo a estos movimientos judiciales, surgió un factor que generó desconfianza en ciertos círculos: el financista Francisco Hauque, quien había terminado enfrentado con Elías Piccirillo, concedió varias entrevistas públicas en las que se refirió casi exclusivamente a funcionarios cercanos al ex presidente Fernández. Mencionó especialmente a Miguel Ángel Pesce, que se desempeñaba como titular del Banco Central durante la gestión investigada. Sin embargo, la omisión deliberada de referencias a funcionarios que respondían directamente a Sergio Massa generó sospechas sobre posibles sesgos en el relato público del caso. Este vacío selectivo en las acusaciones llegó a oídos de los magistrados y alimentó reclamaciones cruzadas sobre la imparcialidad de la investigación. Las tensiones internas reflejaban divisiones políticas más amplias que transcendían el ámbito estrictamente judicial.
Lijo justificó su estrategia de centralización apelando a consideraciones de eficiencia procesal. En su resolución, antes de que Argentina disputara su enfrentamiento contra Inglaterra en el torneo de fútbol, argumentó que "existe un riesgo concreto de dispersión investigativa y de adopción de criterios divergentes si las investigaciones continúan ante distintos magistrados, con la consiguiente valoración separada de un mismo acervo probatorio referido a un contexto fáctico común". La lógica era pragmática: una sola autoridad judicial podría evaluar el conjunto de prueba de manera coherente, evitando contradicciones o líneas investigativas paralelas que debilitaran la solidez de las conclusiones finales. La concentración de poder decisorio, en esta perspectiva, era sinónimo de mayor claridad y menor riesgo de errores procedimentales.
Las implicancias de la unificación investigativa
La pretensión de Lijo de concentrar la totalidad de los expedientes del "rulo financiero" plantea interrogantes que trascienden la organización administrativa del Poder Judicial. Por un lado, existe el argumento indiscutible de que una conducción unitaria de investigaciones vinculadas puede reducir redundancias, evitar contradicciones probatorias y acelerar la obtención de conclusiones. La historia judicial argentina cuenta con múltiples ejemplos donde la dispersión de causas relacionadas generó demoras, conflictos de competencia y, ocasionalmente, resultados contradictorios que debilitaban las acusaciones finales. La unificación, bajo esta óptica, representa un avance hacia una investigación más eficiente y coherente.
Por otro lado, la acumulación de poder decisorio en manos de un único magistrado genera potencialmente riesgos de otra naturaleza. La concentración de expedientes implica que una sola persona tendrá autoridad sobre un volumen significativo de prueba, múltiples testigos, y la facultad de decidir qué líneas investigativas merecen profundización y cuáles pueden relegarse a un plano secundario. Esta amplitud de discrecionalidad puede llevar a enfoques investigativos que privileg ien ciertos aspectos de la operatoria en detrimento de otros, o que sigan más de cerca a determinados actores mientras mantienen una vigilancia menos rigurosa sobre otros. El equilibrio entre eficiencia y dispersión de poder constituye una tensión permanente en los sistemas judiciales complejos.
El desenlace de esta batalla por la concentración de causas definirá no solo quién investigará el "rulo financiero" en su totalidad, sino también qué narrativa será la que eventualmente prevalezca sobre cómo operó este esquema, quiénes fueron sus principales beneficiarios y cuáles fueron los eslabones críticos en la cadena de irregularidades. Las decisiones procesales que adopte el magistrado que finalmente concentre los expedientes —sobre qué prueba priorizar, qué testigos convocar, qué períodos comprender en el análisis— moldeará significativamente las conclusiones que emerjan de años de investigación. En un contexto donde existen indicios de selectividad en los relatos públicos sobre la operatoria, la cuestión de quién tiene la autoridad definitiva sobre la investigación adquiere una relevancia que supera las consideraciones técnico-judiciales.



