La investigación sobre presuntas irregularidades en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) experimenta un nuevo compás de espera. El magistrado Ariel Lijo decidió postergar el inicio del trabajo pericial que apuntaría a desentrañar la veracidad de unas grabaciones comprometedoras, cuya difusión en agosto pasado encendió las alarmas en la justicia federal. La causa, que ya cuenta con alrededor de veinte procesados, se ve ahora ralentizada por una cuestión administrativa: los especialistas designados por la acusación se encuentran fuera de sus puestos de trabajo debido al receso judicial invernal que rige en el país durante estos meses.
El aplazamiento fue solicitado por el fiscal federal Franco Picardi, quien argumentó que resulta imprescindible aguardar el retorno de los peritos a sus labores ordinarias para poder avanzar con rigor en el análisis de los registros sonoros. Una vez que se reactive la actividad en los tribunales, será responsabilidad de la Gendarmería Nacional, específicamente su Dirección Criminalística y Estudios Forenses, establecer una fecha definitiva para que arranque efectivamente el trabajo. Se trata de un procedimiento complejo que no se llevará a cabo de manera unilateral: participarán también los peritos designados por los defensores de los imputados y especialistas provenientes de la Dirección General de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) del Ministerio Público Fiscal.
Las grabaciones que iniciaron todo
Los audios en cuestión salieron a la luz durante agosto de 2025, cuando fueron transmitidos a través de una plataforma de streaming. Según la acusación, en esas grabaciones se escucharía la voz de Diego Spagnuolo, quien se desempeñaba como director del organismo de discapacidad, manteniendo conversaciones donde supuestamente haría referencia a modificaciones en porcentajes de sobornos, seguimiento de flujos monetarios irregulares y posibles canalizaciones de esos recursos. El contenido de esos registros funcionó como detonante para abrir un expediente que hoy investiga distintas formas de corrupción vinculadas a las contrataciones y adquisiciones de medicamentos que realizaba la ANDIS.
El mandato judicial para los peritos incluye una batería de tareas específicas. Deberán determinar, en primer término, si las grabaciones contienen modificaciones o alteraciones realizadas después de su captura inicial. También tendrán que explorar la posibilidad de que se haya empleado tecnología de inteligencia artificial para manipular o fabricar parcialmente esos audios. Un tercer aspecto central consiste en elaborar una línea temporal que reconstruya cualquier edición o cambio que pudiera haberse aplicado a los registros. Asimismo, examinarán aspectos técnicos del material para establecer si la voz captada corresponde a una emisión humana auténtica o si fue generada de manera sintética mediante algoritmos computacionales.
El pulso por la muestra de voz
Un punto de fricción importante en el proceso ha sido la negativa de Spagnuolo a proporcionar una muestra de su propia voz para que sea cotejada con los registros disputados. A través de su equipo de defensa, el exfuncionario esgrimió un argumento constitucional: sostiene que obligarlo a generar esa muestra violaría su derecho fundamental a no incriminarse a sí mismo. Los abogados argumentaron que existe una diferencia sustancial entre el suministro de pruebas biológicas estáticas, como huellas dactilares o material genético, y la provisión de una muestra vocal. Según su posición, la voz requiere una participación activa, consciente y voluntaria del individuo, lo que la convertiría en una forma de declaración forzada contra su propia persona.
El magistrado Lijo rechazó ese planteo y resolvió que el peritaje continuará con o sin la cooperación del imputado. En su análisis de la cuestión, el juez encontró una contradicción en la estrategia defensiva: los mismos abogados que se rehúsan a aportar una muestra vocálica, anteriormente habían cuestionado la autenticidad de los audios y presentado su propio perito de parte para cuestionar su validez. Frente a esta situación, la fiscalía sugirió utilizar material alternativo: fragmentos de cuatro entrevistas públicas que Spagnuolo concedió a diferentes medios de comunicación en el pasado. Estos registros audiovisuales, ya públicos y documentados, podrían servir como base comparativa sin que fuera necesaria la participación directa del acusado en la generación de una nueva muestra.
La defensa mantuvo su objeción y llevó el argumento aún más lejos, planteando que la obligación de generar una muestra de voz equivaldría a forzar al imputado a declarar en su contra, transgrediendo así la garantía constitucional que resguarda a toda persona del deber de autoincriminación. Paralelamente, existe una presentación todavía pendiente de resolución que cuestiona la incorporación misma de esos audios como elemento probatorio dentro de la causa, basándose en dudas sobre su autenticidad y en la hipótesis de que podrían haber sido alterados o manipulados mediante técnicas de inteligencia artificial. Este aspecto adicional añade complejidad al panorama procesal, ya que podría implicar la exclusión de las grabaciones antes incluso de que se realice el análisis técnico profundo.
Los hechos que conforman esta investigación abren interrogantes sobre múltiples niveles: la capacidad de las autoridades judiciales para verificar la autenticidad de material audiovisual en una era donde la tecnología permite recreaciones cada vez más sofisticadas, el equilibrio entre los derechos de defensa y la necesidad de esclarecer acusaciones graves de corrupción, y la aplicabilidad de garantías constitucionales pensadas para contextos analógicos en un entorno digital complejo. Mientras la causa aguarda el fin del receso judicial para que los peritos puedan establecer una nueva fecha de inicio, la pregunta sobre qué dicen realmente esas grabaciones —y si efectivamente dicen algo— permanece suspendida en el tiempo.



