En el corazón de una disputa que sintetiza las tensiones entre el ordenamiento constitucional y la permanencia en cargos públicos, un juez federal se juega su última carta institucional. Martín Irurzun, quien cumplirá 75 años este sábado 18 de julio, presentó un recurso extraordinario ante la máxima instancia judicial nacional en busca de continuar ejerciendo como camarista en la Cámara Federal de Comodoro Py, desafiando así una barrera etaria que la Constitución reformada en 1994 estableció como techo para la magistratura. Lo que comenzó como un pedido administrativo rechazado por el Ejecutivo se transformó en una batalla legal que expone grietas en el diseño institucional argentino y los poderes en juego cuando se disputa la continuidad de un funcionario judicial de tres décadas de antigüedad en los tribunales.

El escenario normativo que rodea este caso tiene raíces hondas. Cuando la Convención Constituyente de 1994 redefinió los términos del ejercicio judicial en Argentina, incluyó una cláusula que fijó en 75 años la edad máxima para que un juez continúe en funciones. Esta decisión no fue caprichosa: respondía a debates sobre la renovación generacional en la magistratura y sobre cómo evitar que magistrados muy avanzados en edad prolongaran indefinidamente su permanencia. Sin embargo, la norma no cerró completamente la puerta: permitió una prórroga de cinco años adicionales bajo condiciones muy específicas: debía ser solicitada por el Poder Ejecutivo y aprobada por el Senado de la Nación. Se trataba, en teoría, de una válvula de escape para casos excepcionales, casos en los que la experiencia acumulada justificara mantener a un magistrado en el cargo más allá del límite inicial.

El rechazo silencioso y la batalla en los tribunales

Irurzun, designado como juez federal por Raúl Alfonsín en 1987 y elevado a la categoría de camarista durante la presidencia de Carlos Menem en 1994, solicitó formalmente el año pasado que se activara esa prórroga constitucional. Su pedido, sin embargo, encontró un muro: el gobierno de Javier Milei simplemente no envió su pliego al Senado. No hubo comunicado oficial, no hubo explicación pública detallada. Solo silencio administrativo, que en los hechos significaba una negativa tácita. Ante esta respuesta, hace aproximadamente un mes, Irurzun hizo lo que quedaba por hacer: llevó su caso ante los tribunales ordinarios.

El argumento que esgrimió el magistrado constituye un desafío teórico de envergadura. Sostuvo que la Convención Constituyente de 1994 no tenía facultades legales para introducir un tope etario como mecanismo para limitar la inamovilidad de los jueces federales. La inamovilidad, en la tradición constitucional argentina, es un principio fundamental: los jueces no pueden ser removidos de sus cargos por caprichos políticos, sino solo mediante el juicio político. Desde esta perspectiva, Irurzun argumentó que alterar ese régimen mediante una barrera de edad constituía una modificación ilegítima de un principio que trasciende las potestades de una convención constituyente. Pidió, entonces, que se suspendieran los efectos de esa cláusula etaria y se le permitiera permanecer en su función. El planteo llegó primero al juzgado federal de Enrique Alonso Regueira, quien lo rechazó. Posteriormente, la Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo también denegó su pretensión días atrás.

Rumbo a la Corte: la apuesta final

Ahora, con el tiempo comprimido a horas, Irurzun apeló nuevamente. Su último recurso extraordinario llegó a manos de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que debe decidir este lunes si remite el expediente a la Corte Suprema, integrada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. La propia Cámara, en una medida que refleja la urgencia del asunto, pidió al gobierno que se expida de manera inmediata sobre la cuestión. Los tiempos están al límite: cada día que pasa acerca más a Irurzun a la fecha en que automáticamente cesará en sus funciones si no obtiene la prórroga. De no elevarse el caso a la Corte mediante esta vía, el magistrado podría intentar un acceso directo, una estrategia de última instancia que permite presentarse ante el máximo tribunal sin pasar por instancias inferiores en ciertos casos de extrema gravedad.

La Corte Suprema, en resoluciones anteriores, ha establecido un criterio claro y firme: si un juez cumple 75 años sin contar con la prórroga constitucional aprobada por el Senado, debe cesar inmediatamente en sus funciones. Esta jurisprudencia forma parte del acervo institucional del tribunal y marca un precedente que pesa sobre el caso de Irurzun. Sin embargo, casos constitucionales de esta envergadura pueden generar replanteamientos, especialmente cuando se cuestiona la competencia originaria de una convención para alterar principios fundamentales del régimen de magistrados. La Corte tiene frente a sí una decisión que irá más allá de la situación individual de un camarista: sentará precedentes sobre qué tan profundamente pueden modificarse instituciones de raigambre constitucional mediante una convención reformadora.

El telón de fondo de este conflicto incluye otro proceso de renovación que ya se encuentra en marcha. La Cámara Federal de Comodoro Py, donde Irurzun ejerce, atraviesa cambios significativos. Junto con la potencial salida del camarista, otros dos magistrados de ese tribunal—Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi—también enfrentan su propio destino. Ambos fueron trasladados durante la administración de Mauricio Macri, y ese carácter de definitivos fue posteriormente cuestionado por la propia Corte Suprema, abriendo debates sobre la legitimidad de sus designaciones. La confluencia de estas situaciones sugiere que el gobierno se encuentra en posición de renovar hasta tres de los cargos en un tribunal que históricamente ha tratado causas de corrupción de alto perfil político. Esta capacidad de renovación otorga al Ejecutivo una influencia considerable sobre uno de los espacios judiciales con mayor peso en términos de causas políticas y de corrupción de funcionarios públicos.

Los próximos días determinarán si la Corte Suprema decide incorporar el caso Irurzun a su docket y, en caso afirmativo, qué criterio adopta. Si falla en favor del magistrado, estaría reconociendo que la cláusula etaria de 1994 excedió las facultades de la convención reformadora. Si lo rechaza, reafirmará que el límite de edad es una regla constitucional vinculante sin excepciones más allá de la prórroga formal que exige actuación del Ejecutivo y aprobación legislativa. En cualquiera de los dos escenarios, las implicancias trascienden el caso particular: definirán cómo se interpreta el alcance del poder constituyente reformador, la inmovilidad judicial como principio fundamental, y el rol del Ejecutivo en la configuración de los tribunales federales. La Cámara Federal de Comodoro Py, espacio donde convergen causas de significación nacional, permanecerá en el centro de estas tensiones mientras se resuelve la suerte de sus magistrados.