La gobernación porteña se lanza a privatizar la gestión operativa de sus tres señales audiovisuales en medio de una tormenta regulatoria. El jefe de Gobierno, Jorge Macri, confirmó públicamente este martes que no se arredrará ante las objeciones del Ente Nacional de Comunicaciones y proseguirá con el proceso de licitación del Canal de la Ciudad, la AM 1110 y la FM 92.7. La decisión marca un punto de quiebre entre dos interpretaciones legales antagónicas sobre quién tiene autoridad para administrar los medios públicos locales, y abre la puerta a un enfrentamiento judicial de consecuencias impredecibles.

Lo que comenzó como una iniciativa fiscal con intenciones de reducir el gasto público se convirtió en un pulso entre jurisdicciones. El organismo regulador nacional había remitido una comunicación formal a la administración porteña señalando que el esquema de concesión propuesto viola disposiciones de la Ley Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522, específicamente el artículo 44, que establece el principio de indelegabilidad. Esto significa que quienes poseen la titularidad de una licencia audiovisual deben ser quienes la exploten, y no pueden traspasar esa función a terceros. Pero Macri no solo ignoró la advertencia: fue más lejos. En su mensaje por redes sociales, fundamentó la decisión argumentando que no corresponde financiar con tributos municipales lo que el mercado privado podría gestionar sin costo para los vecinos. La lógica económica chocaba frontalmente con las restricciones normativas federales.

El escudo judicial y los márgenes grises de la ley

Para respaldar su avance, el Gobierno porteño se amparó en un fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12, que había rechazado de plano una acción anterior del Enacom por considerar que no existía un "conflicto concreto" que justificara la intervención judicial en ese momento. El tribunal también preservó el principio de división de poderes, evitando inmiscuirse en decisiones administrativas que, en principio, corresponden al poder ejecutivo local. Este respaldo jurisprudencial le dio al gobierno porteño un colchón de legitimidad para continuar. Sin embargo, la interpretación del fallo revela una zona gris: la corte había sostenido que era prematuro intervenir cuando aún no existía un acto consumado, pero la licitación misma era ese acto que faltaba. Ahora que se ha abierto el proceso de ofertas y se han presentado propuestas concretas, el escenario cambió de naturaleza. Ya no se trata de un conflicto teórico, sino de actos administrativos consumados.

En la mañana del martes, tal como estaba programado, se llevó a cabo la apertura de sobres para la concesión del canal televisivo. Dos empresas presentaron propuestas: Cale Group Media S.A. ofreció $50 millones mensuales, mientras que Argentinos Media SA presentó una oferta de $15 millones por mes. Para el caso de las dos emisoras de radio, la primer ronda de licitación quedó desierta, sin que ninguna compañía presentara interés en la actual estructura del llamado. Esto obligará a la administración porteña a convocar a una nueva ronda con posiblemente otras condiciones. El monto total estimado para los cinco años de concesión alcanza los $645.225.000 para el canal y $73.740.000 para las radios. La empresa adjudicataria asumirá las responsabilidades de programación, mantenimiento técnico, pago de derechos de autor y continuidad laboral de los aproximadamente 500 empleados actuales.

Una radio con historia de casi un siglo en juego

Detrás de estos números y trámites administrativos existe una institución con trayectoria. La Radio de la Ciudad —antes conocida como Radio Municipal y renombrada La Once Diez desde 2013— es la emisora pública más antigua del país. En mayo de 2027 cumpliría cien años de existencia. Su herencia audiovisual se remonta a los comienzos de la radiodifusión argentina, cuando los medios públicos eran vehículos para la cultura, la educación y la información cívica. El canal y las radios han sido, durante décadas, espacios de producción independiente de contenidos, con ciclos de periodismo investigativo, programas culturales y educativos que muchas veces los privados no priorizan. La concesión operativa abre interrogantes sobre cómo estos espacios evolucionarán bajo gestión privada durante sesenta meses.

El Enacom, en su rol de organismo de control federal, no dejó lugar a dudas sobre su interpretación de la norma. Su interventor, Juan Martín Ozores, advirtió en la nota enviada a la Ciudad que la delegación total o parcial de la explotación de servicios audiovisuales constituye una falta grave conforme la ley nacional, con consecuencias que pueden ir desde multas hasta la caducidad de la licencia. El organismo aclaró que, si el proceso continúa en los términos propuestos, "se verá obligado a iniciar el correspondiente proceso sancionatorio". Esta no es una advertencia retórica; es una declaración formal de intención de ejercer potestades punitivas. El punto de fricción conceptual gira en torno a qué se entiende por "gerenciamiento operativo". La Ciudad sostiene que conserva la titularidad y solo cede funciones técnicas y comerciales. El Enacom sostiene que la cesión de espacios de programación, los contratos de exclusividad para producción de contenidos o cualquier negocio jurídico que permita al concesionario sustituir al titular en la operación constituye delegación prohibida.

El marco normativo que invoca la administración porteña es la Ley 2095 de Compras y Contrataciones y su decreto reglamentario, normas de alcance local que regulan licitaciones municipales. Pero aquí surge la contradicción: el régimen audiovisual, aunque la Ciudad sea propietaria de las señales, está sujeto a una ley federal de orden público. Las licencias de radio y televisión son materia de jurisdicción nacional, no local. Esta superposición de competencias es el nudo gordiano del conflicto. Un gobierno local puede decidir cómo administra sus recursos, pero la explotación de licencias audiovisuales está reservada por el ordenamiento nacional para su titular exclusivo. Ambas premisas coexisten en un estado de tensión irresuelta.

Hacia una encrucijada judicial inevitable

Hasta el cierre de este análisis, la administración porteña no había respondido públicamente a las observaciones del Enacom ni había anunciado cambios en el cronograma. El silencio administrativo es, en sí mismo, un mensaje: continuidad. Si el proceso avanza en los términos actuales, la confrontación derivará inexorablemente hacia los tribunales federales. El Enacom podría iniciar un proceso administrativo sancionatorio contra el Gobierno de la Ciudad, quien a su vez podría cuestionar la competencia del organismo federal. Los juzgados federales deberían entonces dirimir quién tiene primacía: ¿el derecho de la Ciudad a administrar sus propios medios según normas locales, o el ordenamiento audiovisual nacional que prohíbe delegaciones? Históricamente, los tribunales han tendido a reconocer la supremacía de las leyes federales en materia de comunicación, pero nunca se ha presentado un caso tan claro de un gobierno local desafiando abiertamente esa supremacía. El precedente que se siente es de magnitud considerable.

Lo que sucede en Buenos Aires no es un episodio aislado en la historia de los medios públicos argentinos. Durante décadas, el Estado nacional utilizó las radios y televisoras estatales como herramientas de política pública, con mayor o menor independencia según el contexto político. La Ley 26.522, sancionada en 2009 bajo la gestión de Cristina Fernández de Kirchner, fue concebida como un marco regulatorio que limitara la concentración mediática y protegiera a los medios públicos de ser simples extensiones del poder político. El principio de indelegabilidad respondía a la idea de que los medios públicos debían mantener un control institucional mínimo para garantizar su continuidad y su rol en el espacio público. Ahora, una década y media después, una administración local invoca criterios economicistas para argüir que esa protección normativa no debe aplicarse a sus propios medios. El debate de fondo es sobre qué se entiende por "bien público" en el contexto de la comunicación audiovisual.

Las implicancias de este proceso trascienden lo administrativo. Si la concesión operativa prospera tal como está planteada, otros gobiernos locales o jurisdiccionales podrían seguir el mismo camino, fragmentando aún más el control sobre medios que, aunque de titularidad local, están sujetos a regulación nacional. Por el contrario, si el Enacom logra detener el proceso a través de acciones sancionatorias, se refuerza la centralidad federal en materia audiovisual, pero también se abre el debate sobre si esa centralidad es compatible con gobiernos autónomos. Entre una opción y otra median miles de empleados de medios públicos, audiencias que dependen de esas señales y el sentido mismo de qué es un bien público en una sociedad federal. Los próximos capítulos de este enfrentamiento dirán mucho sobre cómo Argentina resuelve sus tensiones entre autonomía local y regulación nacional en una materia tan sensible como la comunicación.