El endurecimiento de sanciones contra quienes ejercen como cuidacoches sin habilitación oficial en la ciudad de Buenos Aires se convirtió en realidad con la aprobación de una reforma legislativa que redefine el tratamiento penal de esta práctica. Lo que alguna vez fue considerado un delito menor, pasible de una jornada de trabajo comunitario o multas modestas, ahora enfrenta penas sustancialmente más rigurosas que incluyen prisión. Este giro normativo refleja un cambio profundo en la orientación de las políticas públicas locales, particularmente en lo concerniente a la administración del espacio público y el orden urbano, temas que han cobrado centralidad en la agenda política de la capital nacional.
La iniciativa legislativa obtuvo 36 votos favorables contra 18 adversos en el recinto de la Legislatura porteña, consolidando un frente amplio de apoyo político. Aunque formalmente fue presentada por el Poder Ejecutivo local, su tramitación incorporó modificaciones significativas sugeridas por sectores del espacio libertario, particularmente el bloque conducido por Pilar Ramírez, figura influyente dentro de la estructura de La Libertad Avanza en el distrito. Esta colaboración entre la administración gubernamental tradicional y el sector libertario resultó determinante en la configuración final del texto, demostrando capacidad de negociación entre espacios que, aunque compiten electoralmente, encuentran puntos de convergencia en ciertos temas de agenda.
Penas que se multiplican: de la advertencia al encarcelamiento
El régimen sancionatorio anterior permitía la imposición de uno o dos días de labor comunitaria, o bien multas que oscilaban entre 50 y 300 unidades fijas, montos que resultaban disuasivos en términos relativos pero que no representaban grandes obstáculos económicos. Con la nueva normativa, esta realidad cambió de forma radical. Quienes sean sorprendidos ejerciendo esta actividad sin autorización podrán enfrentar entre 10 y 30 días de arresto o alternativamente entre 20 y 45 días de trabajos de utilidad pública. En lo que respecta a las sanciones pecuniarias, estas se incrementaron significativamente a entre 1.200 y 7.000 unidades fijas, lo que a valores vigentes representa multas que oscilan aproximadamente entre $300.000 y $6.649.930.
Pero las disposiciones no se detienen en estos parámetros. La normativa prevé agravamientos específicos cuando concurran circunstancias que califiquen como tales, tales como amenazas dirigidas a automovilistas, conductas intimidatorias o la existencia de una estructura organizacional previa orquestando la actividad. Ante la concurrencia de estos elementos, las penalidades pueden duplicarse, llevando el potencial sancionatorio a niveles sensiblemente superiores. Asimismo, existe una cláusula específica dirigida a contextos de concentraciones masivas: cuando la actividad ocurra en zonas adyacentes a estadios deportivos, los responsables de la organización del evento deportivo pueden ser multados con entre 10.000 y 40.000 unidades fijas, cifra que en términos monetarios equivale a sumas entre $9,5 millones y $38 millones, transformando el ordenamiento en una herramienta dirigida también a los actores que organizan actividades de convocatoria masiva.
Confluencia política y búsqueda de posicionamiento
La amplitud de la coalición que votó favorablemente la medida resulta reveladora de su carácter transversal. Además de la bancada oficialista —integrada por Pro, la Coalición Cívica y Republicanos Unidos— y los legisladores libertarios, el proyecto contó con el respaldo de la Unión Cívica Radical, histórico socio político del oficialismo porteño en el recinto legislativo, y también de Confianza y Desarrollo, el bloque conducido por Emmanuel Ferrario que mantiene vinculaciones con la gestión anterior de Horacio Rodríguez Larreta. Este alineamiento multicolor sugiere que el tema del control del espacio público y la represión de ciertas prácticas urbanas trasciende las divisiones partidarias tradicionales, al menos en el contexto porteño.
Sin embargo, detrás de esta convergencia legislativa subyace una dinámica política más compleja. En los comicios locales de mayo de 2025, el espacio libertario se impuso con aproximadamente el 30% de los sufragios, relegando a Pro a la tercera posición, por debajo del peronismo. Este resultado electoral representó un cuestionamiento al liderazgo del jefe de gobierno local, quien desde entonces ha buscado reposicionarse enfatizando un perfil más confrontacional y centrado en cuestiones de orden y seguridad. La nueva ley puede interpretarse como parte de una estrategia de diferenciación y demostración de capacidad de gestión frente a un rival político que ha crecido electoralmente. En los círculos cercanos a la administración local se argumenta que no existe un cambio sustancial de dirección, sino una profundización de orientaciones que ya caracterizaban la gestión durante sus primeros dos años, cuando el énfasis recaía en políticas de desregulación económica.
Paralelamente a la aprobación de esta reforma normativa, la gestión local ha intensificado la comunicación pública de operativos de recuperación de propiedades ocupadas, difundiendo a través de redes sociales el desalojo de inmuebles tomados y su devolución a los propietarios. Esta narrativa de "recuperación" y "orden" se complementa con la nueva ley anti-trapitos, configurando una agenda integral centrada en la restitución del control del espacio público y la propiedad privada. Esta combinación de políticas responde a una concepción particular de lo que constituye un problema urbano prioritario y cómo abordarlo.
Implicancias futuras y perspectivas divergentes
La entrada en vigencia de esta normativa abre interrogantes respecto a sus impactos prácticos y sus consecuencias no previstas. Desde una perspectiva de orden público, los impulsores de la medida esperan que la severidad de las sanciones actúe como elemento disuasivo, reduciendo la prevalencia de estas prácticas en las calles porteñas. Otros analistas plantean interrogantes sobre la efectividad de tales mecanismos punitivos cuando se aplican a poblaciones en situación de vulnerabilidad económica, para quienes estas actividades representan fuentes de ingresos en contextos de escasas oportunidades laborales formales. La tensión entre estas perspectivas —seguridad urbana versus inclusión social— permanecerá como eje de debate en los próximos meses. Del mismo modo, resta observar cómo operará la aplicación práctica de estas normas: si las autoridades de control ejecutarán estas facultades de forma consistente o si su implementación variará según contextos territoriales y políticos específicos. La historia de las reformas legislativas en materia contravencional sugiere que las disposiciones normativas no siempre se traducen en práctica uniforme.



