Un giro inesperado en los tribunales federales podría dejar sin consecuencias penales uno de los casos más polémicos sobre la manipulación económica durante la gestión kirchnerista. La Cámara Federal de Casación Penal, a través de dos de sus tres jueces, determinó que la causa iniciada en 2007 contra Guillermo Moreno, exsecretario de Comercio Interior, y Beatriz Paglieri, exdirectora del Índice de Precios al Consumidor del Indec, habría prescripto. Esta decisión no anula formalmente las condenas que ambos recibieron hace poco más de un año, pero abre un camino procesal que podría terminar con la anulación de toda la acción penal. El caso llega ahora a la Corte Suprema de Justicia, que tendrá la última palabra en una controversia que toca el corazón de cómo se manipuló la información económica más sensible durante una década de gobierno kirchnerista.

Una condena que se tambalea por cuestiones de tiempo

Hace apenas ocho meses, el 7 de agosto de 2024, el Tribunal Oral Federal Número 2 condenó a Moreno y Paglieri a tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para ejercer funciones públicas. Los magistrados los consideraron responsables de los delitos de abuso de autoridad y destrucción de registros públicos, tras determinar que habían alterado deliberadamente los datos del Índice de Precios al Consumidor durante el segundo semestre de 2007, cuando Moreno manejaba la cartera comercial del Estado. Paglieri, como conductora del área estadística del Instituto, fue la responsable técnica de elaborar ese indicador central para la economía nacional. Ambos fueron declarados autores de maniobras que tergiversaron la inflación real que experimentaba la población.

Sin embargo, lo que parecía una resolución firme comenzó a resquebrajarse cuando los defensores de los condenados presentaron argumentos sobre la prescripción de la acción penal. Alejandro Slokar y Mariano Borinsky, dos de los tres camaristas que integran la Sala II de Casación, coincidieron en que el tiempo transcurrido desde los hechos permitía argumentar que el caso había caducado por vencimiento de plazos. El juez Javier Carbajo votó en sentido contrario, negándose a aceptar esta interpretación. Lo relevante de esta sentencia no es que declare formalmente prescripta la causa ni que absuelva a los acusados, sino que ordena al tribunal de origen a que dicte un nuevo fallo "en consecuencia" con este criterio, lo cual abre una brecha significativa en la estructura de la condena.

El debate sobre quién puede suspender el reloj de la prescripción

El corazón del conflicto reside en una interpretación particular del Código Penal argentino. La norma establece que la prescripción se suspende en los delitos cometidos durante el ejercicio de funciones públicas para todos los responsables, mientras que al menos uno de ellos continúe desempeñando un cargo estatal. Esta disposición busca evitar que funcionarios en ejercicio obstaculicen investigaciones sobre sus propios actos ilegales. No obstante, Slokar y Borinsky sostienen una postura minoritaria pero creciente: la suspensión no funciona de manera automática por la sola existencia de un funcionario imputado, sino que requiere un análisis concreto sobre si ese cargo tenía la capacidad real de entorpecer la persecución penal.

En su voto, Slokar argumentó que debe existir "virtualidad concreta" de que la función desempeñada hubiera podido obstaculizar u obstruir la investigación. Apoyó su razonamiento en doctrinas jurídicas complejas y en precedentes internos, incluyendo tesis desarrolladas por el magistrado Eugenio Zaffaroni, reconocido especialista en derecho penal. El tribunal oral original había considerado que Marcela Lucía Filia, una de las imputadas, permaneció en funciones en el Indec hasta julio de 2025, lo cual habría mantenido suspendida la prescripción. Pero los camaristas objetaron esta lógica: Filia fue absuelta en el juicio de fondo y, además, su rol dentro de la institución era el de una empleada administrativa que simplemente ejecutaba directivas recibidas desde niveles superiores, sin autoridad para frenar investigaciones.

Esta interpretación restrictiva abre un debate jurisdiccional profundo sobre los límites del poder estatal para proteger sus propias investigaciones. ¿Basta con que exista formalmente un funcionario imputado en la nómina, o es necesario demostrar que ese funcionario tenía realmente influencia sobre los procesos judiciales? La pregunta no es meramente técnica: puede determinar si Moreno y Paglieri enfrentan consecuencias penales o caminan libres. El tribunal oral deberá ahora evaluar si el cargo específico que Filia ocupaba en el Indec cumplía con los criterios establecidos por Casación. Es un paso procesal que puede parecer menor pero que, en la práctica, podría extinguir toda la acción penal.

Un historial de condenas que no termina de cerrarse

La situación de Moreno no es la de un funcionario sin antecedentes judiciales. Su currículum judicial es extenso y contiene varias sentencias condenatorias que ya han alcanzado estado firme. En 2018, la Corte Suprema de Justicia confirmó una condena de dos años y medio de prisión en suspenso por el delito de peculado, específicamente por haber desviado fondos del Estado Nacional para financiar merchandising político con leyendas anti-Clarín (globos, banderas, stickers y gigantografías) que fueron distribuidos en campañas y actos entre 2011 y 2013. Los magistrados que votaron por mantener esa condena fueron Borinsky y Juan Carlos Gemignani, mientras que Ana María Figueroa disintió. Existe además una segunda condena, también con prisión suspendida, por amenazas ocurridas durante una asamblea de Papel Prensa en agosto de 2010, cuando Moreno irrumpió con guantes de boxeo, impidió que se realizara la votación y amenazó directamente a los accionistas privados presentes.

Hay una cuarta causa relacionada con falsedad de actas en otra asamblea de Papel Prensa que sigue transitando un camino más tortuoso: Moreno fue absuelto originalmente, pero la sentencia fue revocada y ahora la Cámara de Casación ordenó que se realice un nuevo juicio. Adicionalmente, existe un recurso pendiente de resolución ante la Corte Suprema en la causa de las amenazas, lo que impide la unificación de penas. Este laberinto procesal refleja tanto la complejidad de los hechos como la dificultad de sellar definitivamente casos que involucran a personajes claves del kirchnerismo.

Lo que espera en la instancia suprema

A pesar de la reciente decisión de Casación sobre prescripción, la Corte Suprema de Justicia aún debe expedirse sobre el fondo de la condena original. En mayo de 2025, la misma Sala II de Casación, pero con una composición diferente de magistrados, había confirmado la sentencia de tres años de prisión. Las defensas apelaron esa resolución llevando el caso ante la máxima instancia, donde actualmente aguarda pronunciamiento. Será en ese nivel donde se defina si se mantiene la condena de fondo o si prevalece la interpretación sobre prescripción. Técnicamente, son dos cuestiones que pueden resolverse independientemente: la Corte podría mantener la condena de mérito pero aceptar los argumentos de prescripción, resultando en una absolución de facto. O podría rechazar ambas pretensiones de las defensas y mantener toda la condena vigente.

El timing de estas decisiones coincide con transformaciones profundas en la composición de los tribunales federales argentinos y en la orientación política de las decisiones judiciales. Aunque es imposible establecer causalidades directas, los magistrados que votaron por aceptar la prescripción en este caso no son figuras neutrales del sistema: Borinsky ha demostrado preferencias jurídicas particulares en fallos anteriores, y su voto fue determinante aquí. La disidencia de Carbajo, quien argumentó que debe respetarse la letra de la ley sin interpretaciones restrictivas, representa una postura contraria que defenderá la solidez de la condena si el caso llega a instancias superiores.

Implicaciones de que la manipulación estadística quede sin castigo

Las consecuencias de una eventual prescripción trascienden ampliamente la situación individual de Moreno y Paglieri. Durante más de una década, Argentina sufrió una sistemática ocultación de los datos de inflación, que fueron maquillados para que los números oficiales no reflejaran la realidad económica que vivían las personas. Este ocultamiento permitió sostener políticas económicas que, en la práctica, erosionaron los ingresos reales de millones de trabajadores y funcionó como herramienta de manipulación política. Si la justicia no logra sancionar a quienes fueron arquitectos clave de esta estrategia de falsificación, se envía un mensaje sobre la impunidad de ciertos actos de corrupción administrativa.

Desde otra perspectiva, la aplicación rigurosa de reglas procesales como la prescripción también refleja un principio democrático fundamental: que el Estado no puede perseguir indefinidamente a sus ciudadanos, incluso cuando han cometido delitos graves. La tensión entre ambas posiciones es genuina. Si se acepta que cualquier funcionario en ejercicio suspende automáticamente la prescripción sin analizar su rol real, podría abrirse la puerta a persecuciones políticas indefinidas. Pero si se restringe demasiado ese mecanismo, como sugieren Slokar y Borinsky, funcionarios corruptos podrían simplemente ocupar cargos públicos indefinidamente para protegerse de la justicia. El tribunal oral, cuando deba fallar nuevamente, enfrentará ese equilibrio tenso entre seguridad jurídica y castigo de la corrupción de Estado.